Page 40 - REVISTA AD MAESTRO N° 27 - abril de 2023
P. 40
dejó de cumplir los objetivos míni-
mos para los cuales se había creado.
TRANSFERENCIA A LOS GREMIOS "DE ESTA FORMA, EN 1984, DURANTE
Casi dos décadas después, los EL SEGUNDO GOBIERNO DE FERNANDO
gremios magisteriales, una vez que BELAÚNDE TERRY, SE TRANSFIERE
fueron reconocidos por el Estado y,
en el marco de las negociaciones de DERRAMA MAGISTERIAL A LOS
los pliegos sindicales, decidieron re- GREMIOS MAGISTERIALES: SINDICATO
flotar a la institución y solicitaron al UNITARIO DE TRABAJADORES EN LA
entonces Ministro de Educación Va-
lentín Paniagua, la transferencia de EDUCACIÓN PERUANA (SUTEP) Y
Derrama Magisterial. De esta forma, SINDICATO DE DOCENTES EN EDUCACIÓN
en 1984, durante el segundo gobier- SUPERIOR DEL PERÚ (SIDESP)..."
no de Fernando Belaúnde Terry, se
transfiere Derrama Magisterial a los
gremios magisteriales: Sindicato Uni-
tario de Trabajadores en la Educación ED, se aprueba el Estatuto de Derra-
Peruana (Sutep) y Sindicato de Docen- ma Magisterial. El Estatuto permitió
tes en Educación Superior del Perú sentar las bases para el inicio de un
(Sidesp). A partir de este momento se proceso de construcción y diseño
da inicio a un proceso de reconstruc- de procesos y servicios que, gracias
ción que, no exento de obstáculos y al esfuerzo colectivo y apoyo de los
dificultades, fue recuperando poco a gremios magisteriales, fue ganando
poco a la entidad hasta convertirla en la experiencia necesaria para garan-
referente de servicios previsionales tizar su óptimo funcionamiento en
de calidad para el magisterio. beneficio de sus asociados. En este
periodo se sumó a los beneficios por
APROBACIÓN DEL ESTATUTO Y retiro, los de invalidez y fallecimien-
REFLOTAMIENTO INSTITUCIONAL to, ampliando de esta manera el ser-
El 13 de septiembre de 1988, me- vicio previsional sin costos adiciona-
diante Decreto Supremo No. 021-88- les para los aportantes y se establece
40