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la Ley Orgánica de Municipalidades. La            el Gobierno Nacional), cuyo régimen                  • Segundo criterio: no hacerlo de
Municipalidad Metropolitana de Lima               especial está por diseñarse.                            manera global, todo directamente
ejerce sus competencias dentro del                                                                        del Ministerio de Educación a la
ámbito de la provincia de Lima.”                  El avance del proceso de                                Municipalidad Metropolitana de
                                               descentralización se ha limitado al                        Lima, sino mediante transferencias
   La Capital de la República, según           segundo nivel, a las transferencias del                    simultáneas a dos niveles, del
el Artículo 49 de la Constitución, es          Gobierno Nacional a la Municipalidad                       Ministerio de Educación: 1. a la
la ciudad de Lima (Metrópoli Nacional          Metropolitana de Lima de competencias,                     Municipalidad Metropolitana de Lima,
que como conurbación trasciende                funciones y recursos como Municipalidad                    y 2. a las municipalidades distritales
el ámbito de la provincia de Lima) y           Provincial. En el tercer nivel, Regional, se               de la provincia de Lima.
carece aún del antes mencionado                ha experimentado algunas transferencias
“régimen especial”, pues solamente             específicas, principalmente en materia                  • Tercer criterio (vinculado al segundo):
se ha normado las transferencias de            de proyectos, obras públicas y                             transferir las competencias y
competencias del Gobierno Nacional             financiamientos; pero en otros grandes                     recursos de la Educación Básica
a la Municipalidad Metropolitana de            sectores de la actividad pública,                          a los Gobiernos Locales Distritales
Lima mediantetres Leyes de desarrollo          particularmente en el caso de los sectores                 (las municipalidades distritales de
constitucional:                                sociales, el proceso de descentralización                  la provincia de Lima), y los de la
• La Ley 27783, de Bases de la                 del Gobierno Nacional al Gobierno                          Educación Superior, al Gobierno Local
                                               Regional se ha estancado, rezagándose                      Provincial (que ejerce la Municipalidad
   Descentralización (en su Artículo 33);      respecto a las experiencias ganadas en                     Metropolitana de Lima).
• La Ley 27867, Orgánica de Gobiernos          los casos cercanos de los Gobiernos
                                               Regionales de Lima Provincias y del                     • Cuarto criterio: transferir no solamente
   Regionales (en su Artículo 65); y           Callao.                                                    las competencias, sino también el
• La Ley 27972, Orgánica de                                                                               personal, los bienes y los recursos
                                                  Los Programas de Gobierno de                            del Ministerio de Educación, que
   Municipalidades (en su Artículo 151).       todos los partidos que han obtenido                        actualmente está a cargo de
                                               representación en el nuevo Gobierno                        la administración de la Dirección
   Dichas Leyes norman la transferencia        de la Municipalidad Metropolitana de                       Regional de Educación de Lima
a la Municipalidad Metropolitana de Lima,      Lima incluyeron la promesa de activar                      Metropolitana y de las UGEL que
de “competencias y funciones específicas       la transferencia de competencias y                         dependen de ella (administran más de
irrestrictas de carácter local, metropolitano  recursos que el Gobierno Nacional no ha                    la cuarta parte del Sistema Educativo
y regional”, incluyendo “la ejecución de       cumplido con entregar a la Municipalidad                   Nacional).
obras de inversión en infraestructura (que)    Metropolitana de Lima. Entre esas
estará a cargo de dicha Municipalidad          competencias destacan dos casos                         • Quinto criterio: transferir la propiedad
o de las municipalidades distritales           emblemáticos: Educación y Salud. Los                       de los terrenos y locales escolares
respectivas, previo convenio con el            ciudadanos hemos convalidado esa                           de la Educación Básica Pública a
sector correspondiente”, y disponen            exigencia con nuestro voto y el Gobierno                   las municipalidades distritales de la
que, además, que “Toda mención                 Nacional tiene la responsabilidad                          provincia de Lima.
contenida en la legislación nacional           democrática de actuar en concordancia.
que haga referencia a los Gobiernos            En este nivel ya se ha iniciado las                     • Sexto criterio: un Ministerio de
Regionales, se entiende también hecha          concertaciones del caso correspondiente                    Educación sin administración directa
a dicha municipalidad, en lo que resulte       a varios campos importantes de la                          de instituciones educativas no requiere
aplicable.”                                    actividad pública; pero la Municipalidad                   los más de mil empleados actuales, ni
                                               Metropolitana de Lima, en vez de iniciar                   un edificio de 12 pisos (ese nuevo
   Como consecuencia de todo lo anterior       el proceso en el Sector Educación                          edificio podría acoger, a la vez, al
puede decirse que la Municipalidad             prefirió dar prioridad al Sector Salud,                    actual Ministerio de Cultura y al futuro
Metropolitana de Lima debe ejercer             en el cual confronta ahora la cerrada                      Ministerio de Ciencia y Tecnología).
funciones gubernamentales de cuatro            oposición de todos los gremios médicos.
niveles:                                                                                                  Finalmente, es urgente que el nuevo
• De Gobierno Distrital, en el Distrito           La transferencia de competencias                     Gobierno derogue el ilegal Decreto
                                               y recursos educativos del Ministerio                    Supremo 007-2007-PCM y reactive,
   de Lima (Cercado), que no tiene             de Educación a la Municipalidad                         igualmente por Decreto Supremo, el
   municipalidad (se proyecta crearla);        Metropolitana de Lima debería planificarse              Consejo Nacional de Descentralización
• De Gobierno Provincial, en la provincia      y organizarse con miras al “régimen                     (CND), con las facultades que le
   de Lima, como instancia superior            especial” que prescribe la Constitución,                otorga la Ley 27783, de Bases de la
   a las municipalidades distritales           formulando y aprobando Decretos                         Descentralización, como “organismo
   respectivas;                                Gubernamentales fundamentados en                        independiente y descentralizado, adscrito
• De Gobierno Regional, similar a los          un conjunto de criterios ordenadores,                   a la Presidencia del Consejo de Ministros,
   demás Gobiernos Regionales del              tales como:                                             y con calidad de Pliego Presupuestario…
   país, función aún por desarrollarse,        • Primer criterio: no hacerlo de manera                 presidido por un representante del
   pues por el momento solamente tiene                                                                 Presidente de la República”… con
   el carácter de un Programa; y                  inmediata sino gradual, en un plazo                  asiento en el Consejo de Ministros, y con
• De Gobierno Metropolitano, de la                de 3 años, por ejemplo.                              un nuevo Reglamento de Organización
   Capital de la República (cuyo ámbito                                                                y Funciones.n
   trasciende a la provincia de Lima y
   debe articularse estrechamente con

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                                                           REVISTA PEDAGÓGICA Y CULTURAL Nº 56 - 2011
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