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ESPECIAL
INNOVAR EL GOBIERNO Y LA
ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA:
LIMITACIONES Y PERSPECTIVAS
iversas inconsistencias e imprecisiones han complicado
y retardado el proceso general de descentralización de la
Educación y lo han perturbado más al tratar de implementar
el Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa,
iniciado por el Ministerio de Educación 2007 generando diversas
críticas. ¿Qué debe hacer el nuevo Gobierno para corregir lo que
según los analistas está mal encaminado? Veamos qué propone Carlos
Malpica, ex ministro del sector y experto en Gestión Educativa.
En el Perú, el actual proceso Gobierno Nacional en materia de La transferencia de competencias y
nacional de descentralización se Educación deben descentralizarse recursos del MED a Lima Metropolitana
inició con la Ley 27680 (publicada en forma “compartida” entre los tres debería planificarse y organizarse con
el 7 de marzo de 2002) de Reforma niveles de Gobierno (Nacional, Regional miras al “régimen especial” que establece
Constitucional. El nuevo Artículo 118 y Local), lo cual obliga al diálogo y la Constitución, formulando y aprobando
de la Constitución señala que: a la concertación, al desarrollo de Decretos Gubernamentales fundamentados,
• “La descentralización es una forma capacidades y a respetar el principio de señala el ex ministro de Educación.
“subsidiaridad”, que en términos simples
de organización democrática y podría enunciarse así: “El Gobierno 18044 General de Educación, Artículo
constituye una política permanente Nacional no debe hacer lo que puede 64 Inciso c), lo que implica transferir a
de Estado, de carácter obligatorio, hacer mejor el Gobierno Regional, y el las redes de instituciones y programas
que tiene como objetivo fundamental Gobierno Regional no debe hacer lo que educativos y sus comunidades
el desarrollo integral del país. puede hacer mejor el Gobierno Local”. educativas (estudiantes, padres de
El proceso de descentralización familia y profesores), el poder de decisión
se realiza por etapas, en forma El Ministerio de Educación no ha hoy altamente concentrado en la red de
progresiva y ordenada, conforme a cumplido a cabalidad con la Ley 28044 oficinas de los tres niveles de Gobierno y
criterios que permitan una adecuada General de Educación (publicada de laAdministración Pública, oficinas que
asignación de competencias y el 29 de julio de 2003), que en sus deberían cumplir una función primordial
transferencia de recursos del Disposiciones Complementarias y de orientación y apoyo al desarrollo y al
Gobierno Nacional hacia los Transitorias establece: funcionamiento de esas redes de centros
Gobiernos Regionales y Locales.” • “Segunda. El Ministerio de y programas educativos.
Como parte de ese proceso, Educación hará entrega al Consejo A fin de impulsar el empoderamiento
las competencias y los recursos del Nacional de Descentralización, la de las Instituciones Educativas como
propuesta de reestructuración de una Política de Estado, considero
✍ las actuales instancias intermedias necesario dictar, como ley de desarrollo
de gestión para adecuarlas constitucional, una “Ley Orgánica de
Carlos Malpica Faustor a la transferencia y recepción Instituciones Educativas Públicas”,
de competencias y funciones teniendo en cuenta que la Constitución:
Ex Ministro de Educación sectoriales en Educación.” …
carlos@malpica.net
http://cnmalpica.wordpress.com/ Tal reestructuración debía asegurar
el creciente empoderamiento de las
Instituciones Educativas y la subordinación
de lo administrativo a lo pedagógico (Ley
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REVISTA PEDAGÓGICA Y CULTURAL Nº 56 - 2011