Seguridad Social: Los derechos de la madre gestante en la legislación peruana
En todas las empresas y centros laborales hay siempre una mujer en gestación. Y las preguntas siempre son las mismas: ¿me darán licencia de maternidad? ¿cómo funciona la licencia pre-natal y la post-natal? Hay mujeres en estado de gestación que suelen trabajar hasta el tope de sus posibilidades físicas (seis o siete meses, dependiendo de cómo se haya desarrollado su embarazo) pero hay casos en los que las dificultades de salud, descompensaciones hormonales y desbalances físicos impiden a la mujer embarazada cumplir con sus funciones desde el tercer mes. En todos los casos, la ley las asiste como prioridad laboral y sus derechos están plenamente identificados y tipificados en la reglamentación vigente de trabajo y seguridad social. Sin embargo hay muchas compañías que buscan no reconocer los derechos de la madre gestante o como a veces ocurre, se abstienen de contratar a mujeres con potenciales posibilidades de quedar embarazadas (recién casadas, mujeres jóvenes por debajo de los 30 años) para evitar las “complicaciones” que esto trae en términos de su ausencia en el puesto por las etapas inevitables del embarazo. Esto, por supuesto, constituye una flagrante discriminación, inaceptable desde todo punto de vista. Aquí dejamos una información pertinente sobre este tema, del portal Tusalario.org:
La Ley 26644 es la que regula el goce del derecho de descanso pre-natal y post-natal de la trabajadora gestante.
Las respuestas a las inquietudes más comunes sobre los derechos por maternidad.
¿Cuántos días corresponden de licencia por maternidad?
Es derecho de la trabajadora gestante gozar de 45 días de descanso pre-natal y 45 días de descanso post-natal. El goce de descanso pre-natal podrá ser diferido, parcial o totalmente, y acumulado por el post-natal, a decisión de la trabajadora gestante. Tal decisión deberá ser comunicada al empleador con una antelación no menor de dos meses a la fecha probable del parto.
¿Corresponde la misma cantidad de días para nacimientos múltiples?
No. En ese caso, el descanso post-natal se extenderá por 30 días naturales adicionales.
¿Qué ocurre si se me adelanta el parto?
En los casos en que se produzca adelanto del alumbramiento respecto de la fecha probable del parto fijada para establecer el inicio del descanso prenatal, los días de adelanto se acumularán al descanso postnatal.
¿Qué ocurre si, por el contrario, se retrasa el parto?
Si el alumbramiento se produjera después de la fecha probable de parto, los días de retraso serán considerados como descanso médico por incapacidad temporal para el trabajo y pagados como tales.
¿Puedo extender al período post-natal mis vacaciones?
Sí. La trabajadora gestante tiene derecho a que el período de descanso vacacional aún pendiente de goce se inicie a partir del día siguiente de vencido el descanso post-natal. Tal voluntad la deberá comunicar al empleador con una anticipación no menor de 15 días calendario al inicio del goce vacacional.
¿Quién paga el salario durante la licencia por maternidad?
La licencia por maternidad se paga completa por la Seguridad Social.
¿Tiene protección laboral la mujer embarazada?
Sí. Una trabajadora no puede ser despedida durante el período de su embarazo o 90 días después del parto. Cualquier acto de despido es nulo si está motivado por el embarazo.
¿Tiene la mujer embarazada derecho a regresar a la misma posición?
No hay ninguna disposición en la ley que dé a una trabajadora el derecho a regresar al mismo puesto después de hacer uso de su licencia de maternidad. Sin embargo, su empleo está protegido durante la vigencia de la licencia.
¿Qué es el permiso por lactancia materna?
Es el derecho de toda madre trabajadora, al término del período postnatal, y consta de una hora diaria de permiso por lactancia materna, hasta que su hijo tenga un año de edad. En caso de parto múltiple, el permiso por lactancia materna se incrementará una hora más al día.
¿Se puede fraccionar el tiempo de lactancia materna?
Sí. Este permiso podrá ser fraccionado en dos tiempos iguales y será otorgado dentro de su jornada laboral, en ningún caso será materia de descuento.
¿Qué atención médica se cubre?
Corresponde servicio médico gratuito: atención médica completa a las mujeres embarazadas durante el prenatal, el parto y período postnatal, así como para los recién nacidos (Decreto Supremo N ° 009-97)
¿Qué dice la ley sobre el trabajo peligroso durante el embarazo?
La trabajadora embarazada puede rechazar tareas que puedan exponer a su bebé a cualquier riesgo. El empleador puede transferir temporalmente a una trabajadora embarazada a otro puesto.
Convenios de la OIT sobre la maternidad y el trabajo
Un convenio de 1952 prescribe al menos 12 semanas la licencia por maternidad, 6 semanas antes y 6 semanas después. Sin embargo, una convención posterior del año 2000 exige que la licencia de maternidad sea de, por lo menos, 14 semanas y que expire en el plazo de seis semanas de licencia obligatoria después del parto.
Servicio médico gratuito
Durante el embarazo y la licencia de maternidad, la trabajadora tiene derecho a la atención médica y a la partera sin ningún coste adicional.
Trabajo peligroso
Durante el embarazo y la lactancia usted debe estar excenta de cualquier trabajo que pueda hacerle daño a usted o a su bebé.
Licencia por maternidad
Su licencia de maternidad debe durar por lo menos 14 semanas.
Salario
Durante la licencia de maternidad, su ingreso debe ser de al menos dos tercios de su salario anterior.
Protección contra despidos
Durante el embarazo y la licencia de maternidad, debe ser protegida contra el despido o cualquier otro trato discriminatorio.
Derecho a regresar a la misma posición
Las trabajadoras tienen el derecho a regresar al mismo puesto o a uno equivalente después de hacer uso de la licencia por maternidad.
Intervalos para la lactancia
Después del nacimiento de su hijo y luego del volver al trabajo, debe permitirse interrupciones pagas para amamantar a su bebé.
Perú no ha ratificado ninguno de los convenios anteriores.
MUCHAS GRACIAS POR LA INFORMACIÓN.
SOLO INCLUIR EL DESCANSO A LOS PADRES PARA APOYAR A SU PAREJA, ESPOSA EN EL CUIDADO Y PROTECCIÓN AL RECIÉN NACIDO PARA SER FAMILIAS FUERTES.
Estimada profesora Gladys Cayetano:
Tambien muchas gracias a usted por su aporte.
Saludos cordiales,
Oficina de Imagen Institucional
Derrama Magisterial
Tengo 5meses y medio de embarazo comense a trabajar un9de octubre y sali embarazada un19del mismo mes no mebquiern dar seguro no me quieren poner en planillabyo trabajo en atencion al clientebde azafata10 horas diarias comse con 1000 y me subieron1200 ;la dueña dice k tengobk ttabajar 8meses y medio y que ne va adar una bonifixacion de medio sueldo de850 solo me va a pagar 15dias de descanzoy despues de dar a luz un mes despues regreso sin que me pague ese mes y me va a poner a prueba tres meses y recien me va a poner en planilla si paso la prueba …que pyedo hacer??
Estimada Noemi
Si Usted no está en planillas, no está aportando, por tanto no tiene derechos en materia de Seguridad Seguridad Social. Si está trabajando de esa manera podría plantear su reclamo ante el Ministerio de Trabajo para solucionar su situación laboral.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
BUENAS NOCHE YO TRANBAJAO EN UNA MUNICIPALIDAD Y ME DIERON UNA CARTA RDE RENUNCIA EL CUAL INDICABAN QUE PRESENDIAN DE MIS SERVISIO SOY GESTANTE DE 3 MESES POR CAS SIGO LABORANDO EN LA MUNICIPALIDAD ELLOS ME PUEDEN DESPEDIR ASI DE ESA MANERA SIN UN PORK ME DESPIDEN
ESTIMADA YURIKO
Sería conveniente que presente su caso al Ministerio de Trabajo en donde le pueden sugerir la solución.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Hola, buenos dias:
Trabaje por dos años en una municipalidad y quede embarazada durante ese tiempo; el problema es que ya habiendo pasado mas de un año de dar a luz dicha entidad aun no me paga el subsidio por maternidad ya que segun me dicen que essalud le declaro improcedente la solicitud por maternidad; pero otras personas me dicen que la entidad debio darme por maternidad despues ellos pedir el reembolso pero a la fecha no lo han hecho; quiero saber que hago? a donde puedo ir para que me ayuden?
Estimada Lina Sedano
En el caso de las entidades públicas, las mismas trabajadoras deben solicitar el subsidio ante el Seguro Social. En otras, el empleador (Municipalidad) está obligado a pagar al empleado y, luego solicitar el rembolso al Seguro Social . En cualquier caso, el trabajador no se puede perjudicar. La Municipalidad debió haberle pagado y después solicitar el rembolso. Si le han denegado, es probable que sea por encontrarse retrasado en el pago de sus aportes, pero, le repito,DEBIÓ PAGARLE EL SUBSIDIO A USTED y el rembolso ellos deben reclamarlo al Seguro Social. Acérquese al Seguro Social para ratificar si el reembolso es por la razón indicada y, además, a la Oficina de Recursos Humanos de la Municipalidad para reclamar e subsidio.
Saludos cordiales.
Oficina de Imagen Institucional
Derrama Magisterial
Buenas Tardes,
Tengo 6 meses de gestación mi contrato termina el 2 de Agosto, probablemente me renueven 4 meses hasta donde se cumple mi postparto (segun lo conversado con el contador) .
La consulta es que.. si terminando este nuevo contrato que acabaria en Diciembre…. la empresa estaria incurriendo en alguna falta al no volverme a renovar?
Estamada CARMEN
El empleador tiene la facultad de renovar, o no, el contrato.
Saludos cordiales,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Trabajo tres años en plaza Vea el mas cercano ami domicilio pero cuando salí embarazada tuve descanso medico de tres días cuando regrese de mi descanso medico m di con la sorpresa que me habían cambiado de tienda muy lejos que ahora m genera mas gastos en pasajes comida y todo lo demás le reclame ala asistenta de tienda y le dije que por mi estado m estaban cambiando pero m respondió que otra opción era que firmara mi renuncia m sentí muy mal hasta el día de hoy m siento discriminada …en la actualidad ya tengo cuatro meses de gestación y hazta hoy no tengo respuesta alguna de que me regresen ala tienda en donde estuve por estos últimos años..
Estimada Yessica Levano Amasifuen
El empleador tiene la facultad de cambiar de puesto al trabajador siempre que no afecte sus derechos ni sea una actitud de hostilización. De considerar que es hostilización, puede acudir al Ministerio de Trabajo a denunciar el hecho.
Saludos cordiales,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Doctora buenos dias. Le quiero hacer una consulta tengo trabajando más de 3 años en la empresa y tengo 5 meses de embarazo he tenido complicaciones en mi primeros meses pero ahora estoy fuera de riesgo… Pero cada ves que tengo cita médica en essalud la señora de recursos humanos me dice q no me van a reconocer mi dia. Yo si voy a las citas medicas pero vuelvo al trabajo… Quiera saber si por las asistencias medicas la empresa me reconoce mis días laborables? Apesar de volver al trabajo . Gracia por su respuesta
Tengo 34 semanas de embarazo en la empresa donde laboro sigo trabajando y me dieron mi licencia de descanso desde 4 de noviembre de 2017 hasta el 9 de febrero del 2018 si voy a seguir trabajando los meses q me dieron de descanso y me sigue pagando la empresa ME CORRESPONDERA MI BENEFICIO DE MATERNIDAD ?? Espero su pronta respuesta gracias
Estimada Beatriz:
No existe ningún inconveniente. Sólo es importante tener en cuenta que el subsidio NO es un pago adicional a la remuneración, es un pago que sustituye la remuneración.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Buenas tardes, mi hija está embarazada de siete meses, y en su trabajo la están obligando que deje un reemplazo. Es obligación de ella dejar el reemplazo u obligación de la empresa.
Gracias por toda la información clara, tengo dos meses de embarazada y un poco delicado por un hematoma, que hacer y donde acudir cuando mi esposo y familia me maltratan verbalmente caudandome malestares emocionales, a parte tengo una niña de 5 años. Ayudenme por favor
Estimada Martha:
Lamentablemente, su caso no puede ser absuelta como una consulta, por nosotros. Tal vez, podría plantear su caso al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
Saludos cordiales.
Oficina de Imagen Institucional
Derrama Magisterial
Mi consulta es….q
Stoy embarazada y estoy asegurada como gestante por mi pareja…..pero estoy trabajanddo para una empresa y ya esty en planilla tres meses quisierA saber si lA empresa me paga mi licencia
Estimada Leydi:
Un poco confusa su explicación. Veamos. Usted está embarazada e inscrita como gestante por su pareja. Además, es trabajadora y en planillas desde hace tres meses. La licencia (o descanso, parece que a eso se refiere) se la darán por su calidad de trabajadora más no por ser pareja de un asegurado.
Saludos,
Oficina de Imagen Institucional
Derrama Magisterial
Estimada, puedes enviarme un correo a [email protected] para poder referirte un lugar de apoyo…saludos
Buenas Tardes , una consulta en el caso de ser extranjera y poseer carnet de extranjeria; podria tener del beneficio de maternidad, claro teniendo encuenta esos requisitos que mencionan?
Estimada DAYANA
Si se encuentra trabajando en el país, está afiliada a Essalud y cumple con los requisitos , tiene pleno derecho a atenderse en Essalud.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
BUENOS DIAS,SOY DOCENTE CONTRATADA,MI CONTRATO ES DE 01 DE MARZO AL 31 DE DICIEMBRE DE ESTE AÑO,MI GESTACION INICIO EL 30 DE MARZO Y A LA FECHA TENGO 5 MESES,Y MI FECHA PROBABLE DE PARTO ES EL 6 DE ENERO DEL 2017.¿QUISIERA SABER SI ME CORRESPONDE AL 6 DE ENERO LA LICENCIA POR MATERNIDAD PRE-NATAL COMO ME PAGARIAN SI TERMINA MI CONTRATO ANTES DE MI PARTO Y EN EL CASO DEL POST-NATAL NO TENDRIA VINCULO LABORAL,PERO SI ME SIGUEN PAGANDO EN ENERO Y FEBRERO MIS VACACIONES TRUNCAS,¿cOMO SERIA EN MI CASO…GRACIAS
Estimada JENY
El subsidio es un reemplazo de la remuneración. Si Usted no está laborando, lamentablemente, no le corresponde percibir el subsidio. Se paga mientras la persona se encuentre con vínculo laboral.
Saludos cordiales,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Que le programen una cesárea electiva la tercera semana de diciembre, el bb tendrá 38 semanas,esta maduro.La masre aun tiene vinculo laboral y tendrá los derechos,pues está dentro del período.
Que le programen una cesárea electiva la tercera semana de diciembre, el bb tendrá 38 semanas,esta maduro.La masre aun tiene vinculo laboral y tendrá los derechos,pues está dentro del período.
Si me atiendo en una clinica privada , me corresponden todos mis beneficios?
Estimada Diana:
No sé a qué tipo de beneficios se refiere. Si se refiere a los subsidios por incapacidad, no hay inconvenientes, sólo tiene que “canjear” los certificados de la clínica particular con los de Essalud.
Saludos cordiales,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Dra. Buenos días, trabajo para un servis ya como 2 años y medio , estoy embarazada de 5 mese y medio. . mi contrato termina el 31 de octubre. Tuve una queja de un cliente en mi centro de atención. ..y ahora el servis m pide q salga de vacaciones del 16 al 31 de octubre, x el problema q pasó, mi temor es q no m renueven mi contrato. O q cesen. .muchas gracias
Como se quien me tiene que pagar el subsidio y quien me otorga el permiso de post natal , tengo 7y medio y no se quien me tiene que generar ese permiso y que sucede con mis dias si no tomo a tiempo mis 45 de póst natal ????
Mi consulta es … la fecha de concepcion de mi hija es el 14 de marzo y mi contrato figura desde el 6 de marzo por ser un embarazo de riego dejo de trabajar en mayo … pero mi esposo empieza aportar en julio .. me cubre o no el parto el seguro? Y tendria derecho al cobro de lactancia??
Estimada Maria Rodriguez
Si su esposo cumple con tener 3 aportaciones consecutivas o 4 no consecutivas en los 6 meses antes del parto, podrá dar a luz en el Seguro Social. Salvo, que se encuentre en período de latencia. El subsidio por lactancia lo tendrá si es que se cumple el primer requisito, por su condición de ser madre de un hijo del asegurado regular.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Soy maestra de un colegio privado, y mi contrato termino en diciembre, pero sin embargo tengo 8 meses de embarazo, daré a luz el 20 de febrero, que hago sobre mi maternidad
MUY BUENAS TARDES QUISIERA QUE ME AYUDARA A ESCLARECER UNA PREOCUPACION.
YO EMPECE A TRABAJAR EN UNA INSTITUCION PUBLICA EN EL MES DE SETIEMBRE DEL 2017 A FEBRERO DEL 2018 (6 meses) por la modalidad de CAS, pero ya estaba embarazada en el mes de mayo. y para gozar mi subsidio ESSALUD me niega pero me informan que la institucion empleadora puede subsidiarme, eso sera factible, por favor informeme
Estimada Mila:
El subsidio que paga el Seguro Social de Salud es para la madre que está trabajando y mientras se encuentre trabajando.
Saludos cordiales,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Podría explicar ahí puesto que yo también horit estoy por licencia de maternidad y soy trabajadora CAS y puetsoq UE usted dice que solo pagan el subsidio d e maternidad si es que se está trabajando peor ocmo se va a seguir trabajando si ya estamos con descanso.??podria explicarse bien porfavor
Estimada Karen Daniela Garcia YACILA:
Si es que continúa con relación laboral, indudablemente no está trabajando físicamente debido al descanso médico que dio lugar al subsidio. Saludos.
Hola una consulta, entre a trabajar con casi un mes de embarazo que me acabo de enterar, me cubrira mi essalud el parto y tengo derecho a mi subcidio
Estimada Milagros:
Tendrá derecho a la atención médica más no al subsidio por maternidad.
Saludos,
Oficina de Imagen Institucional
Derrama Magisterial
Buenas tardes, por que no se podra cobrar el subsidio en este caso ? cuanto tiempo antes se debe tener aportando para que Essalud cubra el subsidio a una madre gestante, o cuanto tiempo antes debo estar en planilla y apareciendo en el sistema de salud.
Estimada Ximena:
Los requisitos para tener derecho al subsidio por maternidad son: tener 3 aportaciones consecutivas o 4 alternadas a la fecha de inicio del derecho; haber estado aportando a la fecha de inicio de la gestación (situación que es verificada por Essalud); estar con vínculo laboral a la fecha del subsidio.
Saludos cordiales,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Gracias por la información es muy importante que personas como usted se tomen su tiempo en responder todas nuestras inquietudes en mi casó yo trabajó de promotora de ventas en una empresa de lima y cada tres meses se forma contrató en mi casó trabajó con una modalidad de contrató part time y en diciembre de este presente año cumpliría cinco meses y quisiera saber si salgo embarazada igual me corresponde todos los beneficios que usted e indica ahí esa es mi duda espero alguien me pueda responder gracias.
Estimada Evelyn:
Para tener derecho a la atención médica el (o la) afiliada regular (y sus derecho habientes) debe acreditar tener 3 aportaciones consecutivas o 4 alternadas en los 6 meses antes de la atención. ¿La empresa se forma cada tres meses?
Saludos cordiales,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Hola, consulta..si una mujer con 5 meses de gestación la empresa no decide renovarla.. porque ya terminó su contrato, eso es posible? O está cometiendo una falta? Quisiera sus comentarios al respecto. Ya que la ley habla de despidos, pero en este caso es de terminó de contrato. Gracias.
Estimada Flor Quintanilla:
Es necesario diferenciar entre despido y finalización de contrato. Sin embargo, podría plantearse el recamo tratándose de un embarazo y teinedo en cuenta el cargo que ejerce se continúa ejerciendo por otra persona.
Saludos,
Es posible pueda hacer uso del pre y post natal antes del parto, si pretento reunciar al dar a luz para dedicarme a mi hijo.
Buenos días Dra. Quisiera saber en la entidad que trabajo y habrá examen de todos cas. Yo ingresaré al concurso ya que tengo un embarazo riesgoso y quise adelantar mi licencia gacias por la respuesta.
cual es la ley que protege a la madre gestante CAS, tengo un caso que la licencia maternidad empieza el 23 de diciembre y su contrato es hasta el 31 de diciembre del mismo año. la entidad ya no le contrata mas por termino de contrato. ES CORRECTO LA DECISIÓN DE LA ENTIDAD O NO?
Alguien podría orientar sobre el caso de los CAS?
Buenas tardes, mi consulta es la siguiente mi esposa salio de su periodo de licencia por maternidad por tres meses, acaba de regresar el 26 de julio pero su contrato se acaba el 30 de julio, en la cual al termino de su licencia o sea el mismo26 que regreso le dicen que no le van a renovar contrato, siendo algo desnaturalizado ya que el puesto que hacia ella lo esta haciendo otra persona, que posibilidades tengo de ganar una demanda por que es casi votarla estando ella embarazada, ante alguna denuncia que empezara que posibilidades tengo de ganar y que sanciones le darian a la empresa.
Estimado Jimmy:
Las posibilidades de ganar o perder un juicio no está dentro de nuestras facultades, como para poder de determinarlo. Eso lo determinará el Poder Judicial.
Saludos cordiales,
Oficina de Imagen Institucional
Derrama Magisterial
La Ley N° 30367 establece la protección de la madre trabajadora contra el despido arbitrario. En el caso del régimen CAS, no se puede hablar de despido, sino de término o finalización del contrato, ya que los contratos son por un periodo determinado. En este caso, lamentblemente la Institución tiene facultad de no renovar el contrato.
Les agradeceria me contestaran…una pregunta..mi hija tiene trabajando 4 meses en una clinica …ella entro ta enbarazada de 3 meses ..digamd tiene derecho alis dias de descanso pre y pos parto pagados???por que le han dicho en su trabajo que le dan los dias de descanso pero sin pago…edo es asi???
Estimada Sra. Nelly Torres:
Para tener derecho al subsidio por maternidad (descanso pagado por Essalud) por los 90 días, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
1. Tener tres meses de aportaciones consecutivas o cuatro no consecutivas en los doces meses anteriores al parto. Sí lo cumpliría si es que sigue trabajando.
2. Estar en período laboral. Sí lo cumple (si es que continúa trabajado hasta la fecha del parto)
3. Haber estado aportando a Essalud a la fecha en que se inicia la gestación. Al parecer NO LO CUMPLE puesto que si ingresó por primera vez a trabajar con tres meses de embarazo, no estaba aportando a la fecha en que se inicia la gestación.
Lamentablemente, al no cumplirse este último requisito, no es posible otorgar el subsidio por maternidad. En efecto, tiene derecho al descanso más no al pago del subsidio.
Atentamente,
Área de Imagen Institucional
Tengo 2 meses trabajando y tengo recien 6 semanas de embarazada, mi contrato es del sector agrario x tres meses. Mi consulta es me pueden despedir y si cuento con los derechos del ssguro
Estimada Flor Saravia:
1. En el Seguro Social de Salud (EsSalud), para tener derecho a la atención médica, en general, debe tener 3 aportaciones consecutivas o 4 no consecutivas anteriores a la fecha en que se desee atender. Si su contrato es por tres meses y no ha trabajado anteriormente, no tendría ese derecho.
2. Para tener derecho a la atención médica por maternidad, es necesario cumplir el requisito anterior y, además, haber estado aportando en el momento en que se inició la gestación. Usted no nos confirma si trabajó antes del período que nos comenta. Si no trabajó antes, tampoco tendría derecho a la atención médica en el Seguro Social.
3. No la podrían despedir, pero si termina su contrato, el empleador no está obligado a renovarlo.
Si Usted desea, puede volver a escribirnos con más datos de su situación y le responderemos con mayor precisión.
Atentamente,
Área de Imagen Institucional
Una consulta. Pero si ge estado aportando en otro trabajo y estoy en otro actualmente pero tngo 4 semanas. Me votarian de este nuevo trabajo o simplemente hasta q concluya el periodo d tres meses d contraro
Estimada Silvana:
La continuación del contrato de trabajo está supeditada a la decisión del empleador pero siempre y cuando no afecte las funciones que venía realizando el trabajador. Es decir, no puede dejarse de renovar el contrato si la función que realiza el trabajador continuará, en la empresa.
Saludos,
Oficina de Imagen Institucional
Derrama Magisterial
Por favor quisiera que responda mi duda,
Mi conjugue esta embarazada tiene actualmente 5 meses, ambos trabajamos en distintas empresas ella va aportando a ESSALUD por mas de 3 años, pero ase unos 3 meses aproximados, me afilie a un seguro de EPS, la cual tambien ella esta asegurada, pero como titular soy yo, el descuento o la aportación se hace de mi remuneración.
Entonces mi duda era si ella al estar atendiendoce por EPS en un clinica particular pierde el subsidio de los tres meses pagados ??.
Espero su pronta respusta por favor
Estimado Sr. Ivan Aguirre:
Si se refiere al subsidio por maternidad, la respuesta es No. No pierde su derecho al subsidio porque el traslado a una EPS es para la atención médica, más no para los derechos del subsidio que continúa a cargo del Seguro Social de Salud, Essalud. Además, de acuerdo a la información que nos brinda, la señora tiene derecho a la atención médica y al subsidio.
Atentamente,
Área de Imagen Institucional
Una consulta ,
Me entere que estaba embarazada cuando tenia 4 meses, yben l barton me mandaron descanso medico por 7 días, presente mi descanso en mi trabajo y al termino del descanso me nadan una carta de despido!! Yo trabajaba en la MUNICIPALIDAD DE LA PERLA EN LA GESTION DE ……!! Me despidieron el 30 de noviembre del 2016
Quiero saber si todavía tengo oportunidad de denunciarlos????
Estimada Helen
Si fue carta de despido, es ilegal; más aun cuando, al parecer, se trata de una causal de maternidad, lo cual no está respaldada por algún dispositivo legal. Es conveniente que se dirija al Ministerio de Trabajo para denunciar el hecho.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Hola y gracias por la informacion. Mi consulta es la siguiente:
Estoy bajo contrato de Regimen Agrario y llevo laborando en esta empresa ya un año renovando contrato cada cierto tiempo por plazo determinado.
Tengo 6 meses aprox de gestacion y mi contrato se termina a finales de Febrero del presente. Mi pregunta es. Pueden no renovarme el contrato?? Y que derechos me corresponden por maternidad en esta modalidad bajo regimem Agrario.
Por otro lado, en el nuevo contrato que recien me han hecho llegar, me vuelven a contratar por un tiempo de seis meses mas, pero por ningun lado y en ninguna de las clausulas esta determinada mi lactancia y otros derechos por embarazo, osea un contrato normal por seis mese mas aproximdamente. Es esto normal??
Por ultimo, tengo derecho a ser contratada de nuevo acabada mi licencia en este regimem laboral??
Gracias.
Estimada Amparito Correa:
1. Si Usted (o su esposo) estuvo trabajando desde el tiempo de la gestación (y tiene tres aportaciones consecutivas o cuatro no consecutivas antes de dar a luz), no hay problemas, tiene derecho a la atención médica por maternidad.
2. La renovación del contrato a su finalización, es potestad del empleador.
3. En el contrato no se fijan los derechos por maternidad, simplemente son aplicables a todas las trabajadoras o esposas de los trabajadores.
4. El derecho a ser contratada después de su licencia laboral, es facultad del empleador.
5. El hecho de estar en el régimen agrario le da los mismos derechos de los demás trabajadores.
Saludos cordiales,
Oficina de Imagen Institucional
Derrama Magisterial
buenos dias, mi consulta es si las citas por scoprofilaxis son remuneradas.o hay algunas citas que cubre el empleador y otras no?
esperu su respuestas,
muchas gracias
buenas noches trabajo para una empresa logística mi pregunta es estoy embarazada y tengo 8 semanas de gestación en la empresa renuevan cada 6 meses y ahora mi contrato se acaba este fin de mes de marzo ya llevo 10 meses laborando a la empresa pero fui a recursos humanos de mi empresa y me dijeron que no hay ninguna ley que me ampare por estar embarazada como ya termina mi contrato quisiera que me asesore por favor o donde debo de ir gracias se lo boya agradecer mucho
Estimada Srta. Dayana:
1. Si se refiere a su situación laboral, la empresa hará prevalecer la finalización del contrato. Es decir, se termina el contrato y no hay obligación del empleador en renovarlo. Sin embargo, en los últimos meses ha habido una sentencia del Poder Judicial en el sentido de proteger a la madre trabajadora gestante si la función que realiza es permanente y de la misma situación. Para ello, y si sucede la no renovación del contrato, tendría que iniciar su reclamo a través del Ministerio de Trabajo.
2. En cuanto a su situación en la Seguridad Social, los requisitos para atenderse en el Seguro Social son: haber estado aportando a la fecha de inicio de la gestación y tener tres aportaciones consecutivas o cuatro no consecutivas dentro de los seis meses anteriores a la fecha en que desee atenderse. Si cumple esos requisitos tiene derecho a ser atendida. Pero, algo más, si deja de trabajar, tiene usted su derecho de latencia. Es decir, por cada cinco meses que haya trabajado, le dan derecho a dos meses de atención (incluyendo la atención por maternidad) en su período en que ya no trabaja.
Esperamos haber podido atender su consulta.
Oficina de Imagen Institucional
Derrama Magisterial
hola mi amiga ingreso con 3 meses de embarazo a la empresa pero dicen que no le pagaran en el tiempo de maternidad, puede ayudarme con eso si es posible?
Estimada Sandy, si su amiga ingresó POR PRIMERA VEZ, a trabajar con tres meses de embarazo, no va a tener derecho al subsidio por maternidad que paga Essalud, porque el requisito más importante y esencial es que, a la fecha en que se inicia la gestación, haya estado aportando. El otro requisito es que se encuentre aportando tres meses consecutivos o cuatro no consecutivos en los seis meses anteriores a la fecha del parto.
Si desea podría ampliar su consulta con mayores datos
Oficina de Imagen Institucional
Derrama Magisterial
buenas, tengo mi novia de 3 meses de embarazo, ella aporta a Essalud por su trabajo y yo me afilie a una EPS en el mio, sin embargo solo me afilie yo porque no estamos casados y no convivimos. mi pregunta es si es posible afiliarla a mi EPS como madre gestante cambiando mi plan o seria mejor que ella se afilie a una EPS en su trabajo?
Estimado Jorge: en el caso de su novia hay dos posibilidades a optar, según la que cumpla con los requisitos: a) Usted podría afiliarla como concubina, si es que a la fecha de inicio de la gestación, usted estaba aportando. Para afiliarla, tendría que presentar una Constancia Notarial o Judicial que pruebe que es su concubina. En este caso, ella tendría derecho por ser concubina de un asegurado. b) Si ella está trabajando también desde la fecha de inicio de la gestación, podría tener derecho por su propio trabajo. Se trata de un derecho propio. En cualquiera de los dos casos, podría atenderse en una EPS si están afiliadas a alguna de ellas. Recuerde que siempre los requisitos para atenderse en Essalud por casos de maternidad son dos: 1. Haber estado aportando a la fecha de inicio de la gestación; y 2. Tener tres aportaciones consecutivas o cuatro no consecutivas dentro de los seis meses antes de la fecha del parto.
Saludos cordiales.
Oficina de Imagen Institucional
Derrama Magisterial
TENGO UNA DUDA GRANDE, AYER ME DIJERON QUE TENGO 7 SEMANAS DE GESTACION CON FECHA PROBABLE DE PARTO EL 28 DE OCTUBRE, MI CONTRATO ES POR SERVICIO ESPECIFICO D.LEG.728, TENGO YA CASI TRES AÑOS Y MI CONTRATO VENCE EL 30 DE SETIEMBRE, QUISIERA SABER SI MI EMPLEADOR ESTA OBLIGADO A RENOVAR MI CONTRATO, SIENDO QUE ES UN PUESTO CONTINUO, Y SI ME DEBE RENOVAR, POR CUANTO TIEMPO ESTARIA BAJO ESE AMPAR, TAMBIEN SABER SI NO ME RENUEVA CONTRATO, ¡PIERDO EL SUBSIDIO DE LACTANCIA?? GRACIAS.
Estimada Kattia: si se trata de un contrato laboral, el empleador NO está obligado a renovar el contrato. Sin embargo, si se trata de un trabajo continuo, es decir, un trabajo que se realiza siempre y que debe continuar (no como otros en que el contrato termina porque la función específica, culmina) debe renovarse. Este es un criterio del Poder Judicial porque no hay legislación que lo determine así. En algunos casos, el empleador simplemente no renueva. Si es así, tendría Usted que ir, primero, al Ministerio de Trabajo y, luego, si fuera el caso, plantear una demanda judicial.
En cuanto a su derecho ante el Seguro Social de Salud, Usted tendría derecho a la atención médica mientras esté trabajando y un tiempo posterior a su cese laboral, por derecho de latencia. Lo que no le correspondería -si no está trabajando- sería el subsidio por maternidad ni el subsidio por lactancia porque estos beneficios se pagan mientras la persona esté laborando.
Buena suerte, Kattia.
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hola, soy gestante tengo 4 meses, tuve complicaciones, se vencieron los 20 dias de permiso ahora van 25 dias, pero el problema es que mi contrato es por un año y vence el 01 de mayo del 2016. Soy obstetriz esto contratada por CONTRAO BAJO MODALIDAD : necesidades del mercado… regimen laboral especial de la microempresa: ley D.S 013-2013 PRODUCE … dice en mi contrato…. mi contrato termina en un mes la empresa al parecer NO ME VA renovar … que ago??
Estimada Rosa Vasquez: si Usted está embarazada y termina su contrato, lamentablemente el empleador no está obligado a renovarle. Sin embargo, esta es una regla general. Si su función continúa en la empresa y se contrata a otra persona para realizar lo mismo que Usted realizaba, se considera una “desnaturalización” del contrato y es como si no se le hubiere querido renovar por estar embarazada. Usted tendría la razón y tendría derecho a que se renueve el contrato. El hecho que sea una micro empresa no tiene mayor incidencia en su derecho.
Atentamente,
Área de Imagen Institucional
gracias por su respuesta, ahora le soy sincera yo he tenido en febrero amenaza de aborto tuve varios descansos en total 25 dias sumados todos, volvi al trabajo pero no puedo hacer lo que antes hacia NO me obligan se que no cumplo mi funcion siendo la unica obstetriz del turno, estoy dias otra vez estuve mal y me han dado 4 dias de descanso mas, la clinica ha tomado una obstetra nueva por mi situacion pero ella esta por recibos por honorarios no esta en planilla… me conviene o no denunciar a la clinica o exigir que me renueven?? YA me mandaron una carta en al que me dicen que no van a renovar ni ampliarme contrato por termino de este….
Buen dìa, soy gestante de 32 semanas y el dìa de ayer el seguro me negó sellar mi tarjeta de maternidad pues yo ingresé a laborar exactamente el 7 de setiembre y según mi tarjeta de maternidad mi bebé fue concebido el 20 de agosto. Por lo cual el seguro no cubriría el parto y mi duda es que tal vez no cubriría mi licencia. Por favor si pueden orientarme porque ya falta poquísimo para dar a luz, si el seguro no me acepta tendré que dar en un particular pero me preocupa mi licencia pues realmente contaba con eso para solventar los gastos el tiempo que no trabajaré.
Muchas gracias.
Daniela Vásquez
Estimada Daniela:
Para tener derecho a la atención médica por maternidad y al subsidio por maternidad, es necesario que la persona se encuentre afiliada (o el afiliado regular) y aportando a la fecha en que se inicia la gestación. De acuerdo a lo que indica, lamentablemente NO tendría derecho ya que al 20 de agosto (fecha de la concepción) no estaba laborando. En consecuencia, no le acreditarán el derecho en el Seguro Social de Salud para ninguna de los dos derechos. Si la empresa accede, podría brindarle el descanso pero no dará lugar a ningún pago por el Seguro Social ni reembolso a la empresa.
Atentamente,
Área de Imagen Institucional
Buenas noches , mi esposa tiene 4 meses de embarazo, la supervisora de ella le asigno un turno de 9 am a 2 pm y de 5 pm a 9 pm este horario le esta afectando un poco, hace tres dias le escribio un correo a la supervisora reportando que debia asistir a un control medico y la supervisora no leyo el correo , hoy le han hecho un memorando a mi esposa por que segun ella es abandono de trabajo y la supervisora debia dar el visto bueno(no leyo el correo), aparte de esto tambien solicito sus vacaciones ya que mi esposa se agota mucho debido a su estado, la respuesta fue no tengo mas personal disponible para Mayo te las voy a dar, vale la pena aclarar que las solicito en marzo. Le pido por favor su asesoria como debo actuar en este caso? es considerado como acoso ? es injusto en el estado de mi esposa?
Gracias de antemano.
gracias por su respuesta, ahora le soy sincera yo he tenido en febrero amenaza de aborto tuve varios descansos en total 25 dias sumados todos, volvi al trabajo pero no puedo hacer lo que antes hacia NO me obligan se que no cumplo mi funcion siendo la unica obstetriz del turno, estoy dias otra vez estuve mal y me han dado 4 dias de descanso mas, la clinica ha tomado una obstetra nueva por mi situacion pero ella esta por recibos por honorarios no esta en planilla… me conviene o no denunciar a la clinica o exigir que me renueven?? YA me mandaron una carta en al que me dicen que no van a renovar ni ampliarme contrato por termino de este….
Dra. Buenas tardes. Llevo trabajando en mi empresa 3 años, pero no estoy en planilla y mis pagos son directos,no he hecho aportes a essalud, y estoy embarazada de 5meses. No se si comunicarle a mi empleador y cada vez que pregunto me desvian mas la respuesta. No tendría yo derecho a nada? y cuando quiera descansar por maternidad? estan obligados a pagarme mi descanso? yo trabajo en un comedor como ayudante de cocina, el piso es resbaloso y hay que levantar ollas…por favor su ayuda en la respuesta
Buenos días, el caso es que soy docente contratado de 01 de Marzo 2015 a 31 diciembre de 2015; pero mi señora dió a luz el 23 de enero del 2016, pero a nosotros los docentes también nos pagan los meses de enero y febrero 2016 con los respectivos descuentos de Essalud, sin embargo essalud no reconoce estos aportes ni beneficio de lactancia porque manifiesta que uno de los requisitos generales es tener vinculo laboral al momento del parto, mas no este un requisito especifico, entonces mi duda es porque entonces me descuentan aportes de enero y febrero caso y finalmente es un vacio legal mi caso o no es un vacio legal, podrian ser tan amables de contestar mi pregunta?
previo saludo, y agradezco el servicio atendido: previamente debo señalas que la recurrente es profesora que ha ha sido adjudicada por el plazo de 12 meses correspondiente al mes de diciembre del año 2015 como CONTRATADA, sin embargo encontrandome en gestacion para la nueva convocatoria de adjudicacion de plaza he suscrito el contrato en el mes de febrero del año 2016 pero no he laborado ni un dia en el año 2016, sin embargo no me han reconocido mi licencia por maternidad y lactancia, por tener vinculo laboral con la direccion regional de educacion. por favor le agradeceria que me ayudara que dispositivos legales pueden ampararme. PDTA en mi lugar pusieron a una profesora suplente por 3 meses.
Estimada Katy:
No sabemos si se refiere a los descansos laborales o a los subsidios por maternidad y lactancia. Si se trata de los subsidios, a cargo de Essalud, es requisito indispensable encontrase con “vinculo laboral”. En el caso específico de la lactancia, el vínculo laboral debe ser por parte de la misma madre gestante (si es ella la trabajadora) o de su esposo, si se trata de esposa que no trabaja. En cuanto al caso que plantea -y si se tratara de descanso laboral- tendría que encontrarse con vínculo laboral. Si en enero de 2016, se inicia el descanso y no tiene vínculo laboral, es probable que ello sea el impedimento para que le reconozcan su derecho al mencionado descanso. Además, ¿si ha suscrito contrato, por qué no ha laborado? ¿Porqué ha sido reemplazada por otra persona?
Si la respuesta no es completa, por favor, no dude en ampliarla, para hacerle llegar una contestación más completa.
Saludos cordiales,
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Hola llevo 3años trabajando bajo contrato de gas me renuevan cada 2mesestengo 2meses de gestación aun no saben que estoy gestando quisiera saber si me pueden despedir por termino de contrato??
Estimada Guisella:
El contrato laboral es “ley entre las partes” y el empleador, lamentablemente, no está obligado a renovarlo aun cuando la trabajadora se encuentre gestando. Por ello, no sería despido sino finalización del Contrato. Sin embargo, como hemos indicado en otras oportunidades, si se produce esa situación -es decir, si no le renuevan el contrato- podría plantear un reclamo ante el Ministerio de Trabajo a fin de que se le mantenga en sus labores, siempre que las funciones que realiza sean continuas y Usted no es reemplazad por otra persona.
Saludos cordiales,
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Buenas noches ..trabajo en una botica soy auxiliar de despacho en el cual vengo laborando ya 2 años y 8 meses el cual yo ya no firmo contrato pork soy estable,pero cuando mi jefa se entero de mi enbarazo me felicito y todo lo demas al cabo de poco tiempo me asigno la pesada tarea de almacen chekeo de mercaderia un trabajo k me llevo a descanso medicos continuos por contracciones antes de mi parto osea 4 meses tenia y eso de mis de scansos a mi jefa no le agrado ahora recibo a cambio hostigamiento laboral pueS es obvio pensar k es k Kieren k yo renuncio el cual e dicho yo en mi hogar k hagan lo k hagan no renunciare pork el trabajo lo necesito k puedo hacer puedo denunciar
Estimada señorita Palacios, buenos días:
Si existe hostigamiento laboral debe presentarse urgentemente ante SUNAFIL, Ministerio de Trabajo, en Lima. Si usted vive en provincia, la instancia donde puede denunciar su caso de hostigamiento laboral es la Dirección Regional de Trabajo. De los hechos descritos por usted en su mensaje se configura hostigamiento laboral y tiene todo el derecho a denunciarlo.
Saludos cordiales,
Oficina de Imagen Institucional
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Buenos días:
Tengo 2 años laborando en la empresa, usualmente mis contratos han sido de 6 meses; mi contrato se venció el 30/04 y acabo de firmar contrato x solo 3 meses a pesar de haber comunicado en su oportunidad de mi estado de Gestación a la fecha tengo 5 meses y medio y este nuevo contrato vence afines de Julio , donde se supone que estoy de licencia. La consulta es si la Empresa puede poner fin al contrato estando de Licencia de Maternidad o tendrían que renovarme por lo menos hasta que regrese de la licencia???
Gracias por su atención
Estimada Fiorella:
Legalmente, el empleador puede dar por terminado el contrato. Con ello, se daría por terminado también el período de Licencia y del Subsidio por maternidad, si lo estuviera percibiendo. No existe una norma que le exija al empleador a renovar el contrato. Sin embargo, si se tratara de un trabajo en el que se continúa la función, es decir, que la empresa contratara a otra persona para realizar sus mismas funciones que usted realiza, podría generarse un reclamo ante el Ministerio de Trabajo. Esta última situación no es una norma legal, es una interpretación de los Tribunales de Justicia.
Saludos cordiales,
Oficina de Imagen Institucional
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Hola, presenté mi renuncia en febrero y no sabía que tenía 1 mes y medio de gestación, la pregunta es si omito mi estado de gestación en una nueva empresa que pasaría y por otro lado de ingresar a laborar tengo 4 meses ahora de gestación el es salud cubriría mi parto y demás beneficios anteriormente estuve aportando más de año (de noviembre a febrero)
Estimada Mónica:
Para tener derecho a la atención médica por maternidad y al subsidio por maternidad, en el Seguro Social de Salud, ESSALUD, es necesario cumplir con tres requisitos: 1. Haber estado aportando en el mes en que se inició la gestación; 2. Tener 3 aportaciones consecutivas o 4 no consecutivas en los seis meses anteriores a la fecha en que se va a atender; y, 3. Estar con vínculo laboral en el momento en que va a ejercer esos derechos. Deben cumplirse los tres. El hecho que Usted omita, o no, su estado al momento de ingresar a laborar no es ningún impedimento para ello, es responsabilidad del empleador y no existe norma que prohíba contratar a una persona en estado de gestación. Reiteramos, es responsabilidad del empleador. Debe tratar de calcular, sobre todo, el primer requisito (si estuvo aportando al momento en que se inició la gestación), para ir al Seguro Social y solicitar la prestación.
Saludos cordiales,
Oficina de Imagen Institucional
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Hola una consulta,estoy gestando de 32 semnas,me dieron licencia del 02 junio al 08 de septiembre, mi fecha probable de parto es para el 05-07-2016,sin embargo me renovaron contrato hasta la quincena de Julio,mientras este de licencia la empresa contrato a otra chica para que reliase mis labores,mi pregunta es si me renovarán contrato ya que cuando mi contrato vence yo estaré de licencia,por favor su orientación que debo hacer si no me renuevan contrato?
Estimada María:
La renovación de su contrato es potestad del empleador. Ni el hecho que se encuentre en período de licencia ni que esté percibiendo su subsidio por maternidad, puede ser causal para insistir en renovar el contrato. El empleador puede dar por terminado definitivamente y no renovarlo. Sin embargo, si la nueva señorita que han contratado realiza sus mismas labores, podría Usted plantear un reclamo en base a la interpretación de los órganos jurisdiccionales, entendiendo que, en el fondo, no se desea contar con Usted laboralmente, y ello no está permitido.
Buena suerte en su gestión.
Oficina de Imagen Institucional
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QUE PASA SI UNA TRABAJADORA GESTANTE VENCE SU CONTRATO EN SUS DÍAS PARTO ?
[email protected]:
Si sucede ello, el empleador, legalmente, no tiene obligación de renovarle el contrato. En algunas ocasiones puede interpretarse como que podría estar prescidiendo de la madre gestante si es que, por ejemplo, contrata a otra persona para la misma labor. De producirse esta situación, tendría que plantear un reclamo ante el Ministerio de Trabajo y continuarlo, en otras instancias. Pero, le reiteramos, no existe una norma que obligue a empleador a renovarle el contrato.
Saludos,
Oficina de Imagen Institucional
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Buenas noches trabajo en un calle center estoy trabajando desde octubre del 2015 pero estoy en plantilla desde diciembre.
Que me hicieron firmar un contrato por tres meses los cuales no me han vuelto dar a firmar otro contrato se sobreentiende en este caso q es renovado automáticamente. Quisiera saber si me va a cubrir todo lis beneficio es . tengo 3 meses de gestación
No hay ningún problema si no gw stadl firmando contrato. Gracias
Estimada Gloria:
Si Usted sólo firmó un contrato por tres meses y ha continuado trabajando se entiende que la relación laboral se ha convertido en indeterminada, no hay problemas. Al no haberse disuelto el vínculo laboral tiene todos los derechos en Seguridad Social, tanto en materia de salud como en pensiones; por algo le vienen descontando, seguramente, para ambos beneficios. Incluye, por supuesto, la atención médica por maternidad y el subsidio por esta razón.
Saludos cordiales,
Oficina de Imagen Institucional
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buenas noches soy profesora estoy embaraza y fecha de parto es 26 de mayo he ido a essalud tengo que tener tres mes de aportación mi primer descuento fue el21 de marzo al 21 de mayo ya son tres meses y me han dicho que no tengo derecho a lactancia ni maternidad. porque
Estimada Ingris Cordova Ramos
Tiene derecho a la atención médica mas no a los subsidios por maternidad ni por lactancia, porque para ello se requiere que la titular debió estar aportando a la fecha en que se inicia la gestación, situación que, de acuerdo a lo que indica, no cumple.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
HOLA, MI ESPOSA LABORA DESDE AGOSTO DEL 2012, EL ULTIMO CONTRATO RENOVADO ES DE ENERO A JUNIO DEL PRESENTE, ESTUVO GESTANDO Y EL PARTO FUE 23 DE MARZO, ACTUALMENTE ESTA EN DESCANSO POST PARTO. EL EMPLEADOR PARECE QUE NO RENOVARA EL CONTRATO DEBIDO A LA SITUACIÓN (HORARIO DE LACTANCIA). QUE DEBE HACER SI NO SE RENUEVA EL CONTRATO
Estimado José Manuel:
Si su esposa viene trabajando desde el año 2012 tiene los derechos en materia de Seguridad Social (salud y pensiones). Si el contrato termina en período de descanso post natal, el empleador no tiene la obligación de renovarlo. Sin embargo, si para la realización de su trabajo se contrata a otra persona, a fin de que realice las mismas funciones suyas, Usted puede plantear el reclamo ante el Ministerio de Trabajo a fin de que proceda la renovación. En su caso, la no renovación podría entenderse como una represalia a su situación.
Saludos cordiales,
Oficina de Imagen Institucional
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buenos dias.
Era docente contratada desde 01 de marzo al 31 de diciembre del 2016. solo trabaje hasta el 10 de marzo, al dia siguiente di a luz, me dieron licencia de maternidad por tres meses hasta el 07 de junio, sucede que he sido desplazada por un profesor nombrado. quisiera saber. ¿Cual es mi situación? La resolucion de maternidad lo tengo. AL terminar mi licencia que va a pasar.
espero su pronta respuesta. Gracias
Estimada Judith:
Si su contrato es hasta el 31 de diciembre de 2016, prevalece dicha vigencia. No entendemos cómo puede ser “desplazada” por otro profesor. Su derecho al período de descanso y subsidio -seguramente, lo ha percibido- es legal. Cuando termine su descanso por maternidad Usted deberá volver a su puesto de trabajo, sin problemas, pues su contrato está vigente. En caso que haya inconvenientes deberá plantear su reclamo inmediatamente ante las autoridades del Ministerio de Educación o del Ministerio de Trabajo.
Saludos cordiales,
Quisiera saber si para las mujeres gestantes de una empresa mype los beneficion son iguales el tiempo de licencia es la misma gracias por la respuesta
hola entre a trabajar en enero pero a los tres meses me di cuenta que estaba embaraza y me dicen que mi fecha probable de parto es supuesta mente para quincena o fines de agosto el seguro cubre mi parto y los demás beneficios como la lactancia y el subsidio.
Estimada Nancy:
Los requisitos para la atención por maternidad y el derecho al subsidio son: haber estado aportando a la fecha en que se inicia la gestación y tener tres meses consecutivos o cuatro no consecutivos, en los seis anteriores a la fecha en que se desee atender. Sólo tendría que esperar los tres meses para su atención. En su caso, si la fecha probable del parto es agosto, habría que contabilizar hacia atrás para determinar la fecha en que se inició la gestación y ver si en ese mes estuvo aportando.
Saludos cordiales.
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Buenas noches, trabajo para la ugel 3 desde hace 6 meses en modalidad cas. Nuestros contratos son renovados mes a mes y tenemos entendido que este fin de mes es nuestra última renovación ya que se termina el proyecto en el que estamos trabajando actualmente.
Me dicen que después de fin de mes todos quedaremos despedidos y yo tengo 9 semanas de embarazo. Quisiera que por favor me asesoren por que yo pregunte a conocidos del ministerio de educación y me dicen que debo presentar mis documentos de que me atiendo en el seguro essalud por maternidad. Me dicen que como mi función es de nunca acabar deben mantenerme hasta que de a luz pero no se que hacer estoy contra el tiempo y como cas mis derechos no son respetados. No cumplen lo que dice mi contrato trabajo de 8 am a 7pm de lunes a viernes y ahora los sábados también de 8am a 2pm sin cobro de horas extras. Por favor ayúdenme a saber como debo proceder si es correcto que tengo que presentar la documentación al área de personal y que documentación debo llevar?
tengo los análisis de es salud y ecografia de un consultorio particular. De antemano le agradezco su pronta respuesta.
Gracias.
Estimada Naty:
Son dos aspectos: el laboral y el de Seguridad Social. En lo laboral, no hay despido sino culminación de contrato. Si las labores que dice Usted son permanentes, podría plantear su reclamo para que le renueven el contrato, pero no por estar embarazada sino porque su labor es continua. En cuanto a la Seguridad Social, si Usted ha estado aportando en el momento en que se inicia la gestación y tiene tres meses de aportaciones en los últimos seis meses antes de su atención, la continuarán atendiendo hasta la finalización de la relación laboral. Una vez finalizada, podría continuar su atención por unos meses, por el llamado derecho de latencia y en función a los meses que hubiere aportado antes de su cese laboral.
Saludos cordiales.
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Buenos días
Llevo trabajando para una empresa 2 años con recibo por honorarios por decisión personal. A partir del 1 de mayo acepté un contrato por planilla en la misma empresa. Hace unos días me enteré que estaba embarazada. La fecha de inicio de mi última mestruacion fue 22 de abril fecha de donde los médicos calculan las semanas de embarazo. Pero en realidad la fecha de concepción son 2 semanas después del inicio del último período es decir “6” de mayo. Quisiera saber si el seguro social cubre mi atención de maternidad y subsidio?
Estimada Natalia:
Si Usted ingresó a planillas y coincidentemente salió embarazada ese mismo mes, tiene derecho a la atención médica, incluyendo la maternidad. Los requisitos para la atención por maternidad son: haber estado aportando a la fecha en que se inicia la gestación y tener tres meses consecutivos o cuatro no consecutivos, en los seis anteriores a la fecha en que se desee atender. Sólo tendría que esperar los tres meses para su atención.
Saludos cordiales.
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Buenas noches mi consulta es que durante mi periodo de gestación, mi jefe aprovecho con artimañas y me cambiaron de lugar de trabajo con resolución, fue un ambiente inadecuado para mi salud, e inclusive luego de dar a luz me causa una alergia espantosa, tengo entendido que la ley salvaguarda a la mujer trabajadora gestante y en periodo de lactancia, hay algún articulo donde especifica que no pueden proceder como lo hicieron lo conmigo, me gustaría me ayude para presentar mi carta. Gracias
Estimada María Patricia:
En el Decreto Legislativo 728 se establece que algunos cambios inconvenientes que afecten la salud podrían considerarse como actos de hostilización al trabajador, en general, incluidas las madres gestantes; pero tales cambios y la forma de afectar, deben ser debidamente probados. El reclamo debería hacerse al propio empleador y, luego, si así lo desea el trabajador ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Saludos cordiales,
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Hola, buenas tardes!
Espero pueda ayudarme a resolver mi duda.
Soy maestra en un instituto particular, recién cumpliré un ciclo escolar trabajando ahí y se maneja por contrato, cada ciclo se hace la renovación. Al término de mi contrato tendré 6 meses y medio de embarazo y mi duda es ¿por término de contrato pierdo el seguro? ¿o por estar embarazada debo conservar los beneficios? Eso es por una parte, por otra me han comentado que si no renuevo el contrato para el próximo ciclo escolar aún conservo el derecho a las incapacidades del seguro social, ¿esto es cierto? Espero pueda ayudarme. Gracias!
Estimada Karen:
Si Usted trabaja por contrato, ese contrato se renueva según lo disponga el empleador. El empleador no está obligado a renovar el contrato, salvo que se trate de una actividad continua y en que la contratación de otra persona sea para actividades diferentes a las que Usted venía realizando. En su caso, si se trata de una actividad continua (enseñanza) debería continuar la renovación. En cuanto a su derecho ante Essalud, efectivamente, si no renueva el contrato puede continuar con su derecho de atención médica, a través de un período que se llama Derecho de Latencia y que funciona por un tiempo posterior al cese laboral (máximo 12 meses) si es que Usted ha aportado determinado número de meses, antes del cese. Este derecho incluye, por supuesto, la atención por maternidad.
Saludos cordiales,
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Buenas tardes,
acabo de dar a luz, por conocimiento se que tengo derecho al subsidio por maternidad, mi pregunta es si también tengo derecho a subsidio por Lactancia, ya que soy asegurada como titular, y si mi esposo también tiene derecho a cobrar subsidio por Lactancia ya que también es asegurado regular.
Estimada Fiorella:
Sí, tiene derecho al subsidio por maternidad. Este subsidio se otorga a la madre y por el recién nacido. Su esposo no tiene derecho porque usted ya lo está cobrando. Se paga por el hijo recién nacido y a la madre.
Saludos cordiales,
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Buenas tardes:
Postule a un concurso publico para el estado del regimen laboral 276, terminando todos lo examenes sali ganadora y salio publicado en la pagina web de la entidad, la entidad me pide mis documentos personales correspondientes y me piden mi test de embarazo, el cual di positivo tengo 3 semanas, mi consulta es ¿Es impedimento de contrato?, en las bases d la convocatoria ni en un otro sitio decia que tenia que presentar mi test de embarazo.
Muchas Gracias
Estimada Veky:
El empleador tiene la potestad de determinar las condiciones del contrato laboral. Sin embargo, si ese contrato ha estado supeditado a determinadas reglas previas que se han cumplido, no encontramos impedimento alguno para que se proceda a su suscripción. La maternidad no debe ser impedimento. Y, en caso que se presente, tiene Usted la facultad de plantear su reclamo administrativo o, luego, judicial.
Saludos.
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agradesco de antemano la respuesta.
mi consulta es la siguiente.
soy docente nombrada de la segunda escala y durante mi licencia por maternidad estuve recibiendo un pago de mi ugel menor a la de mi remuneracion, el encargado de remuneraciones me informo q no me pagaban todo lo de mi remuneracion por q essalud me pagaria el restante, asi q al termino de mi licencia tengo q presentar mis 12 ultimas boletas de pago para calcular el total del subsidio por maternidad, lo q lei fue q al llenar el formulario 8002 para el reembolso del subsidio este pago se devolvera al empleador osea a la ugel, entonces a mi se me repondra lo faltante en los 98 dias de mi descanso? y si no sucediera eso a donde puedo acudir ya q en mi ugel no recibo la informacion necesaria, solo la persona encargada del area me dice q terminando mi licencia presente las boletas y q todo lo hacen ellos.
Lo q me informaron en essalud, fue q si la ugel me esta pagando , es como q la ugel estaria prestando ese dinero a essalud y luego ellos recibirian o se les devolveria lo q me habian pagado, mi duda es porq no se me paga el total de mi remuneracion q es 1710 y solo se me paga 1130 el primer mes y 1228 el segundo mes, y ya se culmina la licencia.cuanto deberia recibir en realidad por mi subsidio, por q me dieron 90 dias de descanso mas 8 dias mas q ya se regualrizaron, espero su pronta respuesta
Estimada Pilar:
Las entidades públicas como el Ministerio de Educación no están consideradas para el reembolso por parte de Essalud. Los propios servidores tienen que realizar su gestión para solicitar el pago de los subsidios. Y en cuanto a los pagos, estos son calculados por Essalud en base a los que declara el empleador en su formulario. Es decir, se realizan en base a los montos por los cuales se aporta ante Essalud. Si hubieran algunos conceptos que se pagan al trabajador y no se declaran como sumas asegurables, estos no ingresan al cálculo de los subsidios. Si, por ejemplo, Usted indica que su remuneración es 1710 y sólo recibió 1130, es porque, seguramente, este último monto es lo que se declaró ante Essalud.
Saludos,
Oficina de Imagen Institucional
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quisiera saber si tengo derecho a recibir la bonificacion de fiestas patrias si comienzo a laborar en el sector educacion del 1 de julio ya q estuve con licencia por maternidad.
muchas gracias por su pronta respuesta
Apreciada Luciana:
Si Usted ingresó a laborar el 1 de julio, tal como indica en su consulta, no le corresponde recibir la gratificación por Fiestas Patrias. Este período ingresará al cálculo de la Gratificación por Navidad.
Saludos cordiales,
Oficina de Imagen Institucional
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Soy docente y stoy gestando m correspond todos los beneficios.si doy a luz en clinica perdere mi subsidio post natal?
Estimada Caro:
El hecho de dar a luz en una clínica privada no es impedimento para continuar con su derecho al subsidio por maternidad que abona Essalud. Lo único que tiene que hacer es canjear los certificados médicos de la clínica por los del Seguro Social.
Saludos,
Atentamente,
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Buenas tardes,
si essalud me paga el subsidio por maternidad, la empresa me seguirá abonando mi sueldo como es de costumbre por los 98 días de descanso?
Estimada Angelica:
Es incompatible la percepción del subsidio y la remuneración, simultáneamente. Precisamente, el subsidio es el reemplazo de su remuneración, no es un monto adicional a la remuneración. Si el empleador paga el subsidio al trabajador, posteriormente solicitará, el empleador, el reembolso del monto pagado.
Saludos cordiales,
Oficina de Imagen Institucional
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Buenas noches mi esposa de encuentra con 7 semanas de gestacion tuvo amenaza de aborto y le dieron 5 dias de descanso medico,posterior a ello el embarazo sigue complicado con sintomas del mismo como vomitos fuertes y constantes se acerco a essalud y el medico de turno no le quiso ampliar el descanso medico aduciendo q todos los sintomas y estado son propios del embarazo, por ende sigue con los sintomas quisiera saber cual son los derechos como gestante para poder solicitarlos en la empresa donde labora ya que le estan exigiendo volver a realizar a laborar
Estimado Romario:
Lamentablemente, estos derechos como gestante, están supeditados a la evaluación técnico médica. Los descansos médicos, además de los períodos pre y post natal, son tratados como alguna otra dolencia física y esto lo determina el médico tratante para expedir el descanso correspondiente.
Saludos cordiales,
Oficina de Imagen Institucional
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Otra solución es la se atienda en una clínica , ahi podrían entender mejor ya que en los seguros sin ofender a nadie cuando ya estas en las ultimas recién te hacen caso es penosa la situación pero es la verdad .
Buen día una consulta acabo de enterarme que estoy embarazada hace 3 días pero supuestamente me toca mi renovación a fin de este mes…la verdad no se si comunicar a mi empresa o jefa de mi estado…tengo miedo que no me renueven y simplemente busquen alguna excusa…que seria lo correcto por hacer ???…Le agradezco su respuesta de antemano…Saludos
Estimada Maggie:
En principio, el empleador tiene la facultad de renovar, o no, el contrato de una trabajadora. Sin embargo, si no se renueva por causa, indirecta, de la maternidad, ello no es válido. Además, la no renovación tampoco es válida si es que se trata de una labor continua, es decir, para contratar a otra persona que realice las mismas funciones de la persona a quien no le renovaron el contrato.
Atentamente,
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Una consulta mi señora ah entrado a trabajar pero le están obligando a trabajar 12 horas diarias hasta domingo y mi hijo recién tiene 2 meses de nacido yo por enterado se que por ley es 8 horas pero como es servís le obligan a trabajar 12 horas de mañana y 12 de noche eso pueden hacer las servís de las empresas
Estimado Jhonatan:
La obligación de trabajar 12 horas, se supone que sin pago adicional, no es legal. El permiso por lactancia o hijo recién nacido es de una hora, pero la jornada de 8 horas diarias, sigue vigente.
Atentamente,
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Buenas tarde,,
Mi novia tiene 4 meses de embarazo ella es parte time, y la empresa donde trabaja esta cambiando de administración y derrepente informaron a todos los parttime que firmen su liquidación… eso es legal?… estando ella embarazada?
Hola
Estimado José:
Si se trata de una liquidación para un despido, es totalmente nulo, salvo que halla alguna causal especial que deberá acreditar la empresa. Menos aún cuando se trata de una persona embarazada. Se configura claramente el despido nulo.
Atentamente,
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Buenas noches tengo una consulta muy importante, yo trabajo hace mas de un ano en una empresa de comida rapida, el 28 de agosto del 2015 yo renuncie, luego volvi a la empresa el 19 de octubre del 2015, luego de un mes y medio me entere q estaba barazada y en mi carnet se control aparece como mi ultima fecha de mestruacion el 10 de octubre, en el seguro ya me han dado mi descanso medico pero la empresa me dice q yo ya hice mi reingreso embarazada kisiera saber si me corresponde mi descanso medico pagados? X favor necesito informe xq estoy muy preokupada
Estimada Sara:
El derecho al descanso médico y al subsidio por maternidad se adquiere al cumplirse las siguientes requisitos: a) Haber estado inscrita y aportando en el mes en que se inicia la gestación; y, b) tener 3 aportaciones consecutivas o 4 no consecutivas, dentro de los 6 meses anteriores a la fecha en que se desee atender. En su caso, si el inicio de la gestación fue en agosto o en octubre de 2015 (en que estaba trabajando), cumple con el primer requisito. Si se inició en setiembre de 2015 (en que no estaba trabajando), lamentablemente, no se cumple el requisito.
Atentamente,
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Estoy aportando a Essalud desde febrero del presente año, tengo 3 meses y medio de gestación y ya llevo recibiendo controles. Actualmente mi situación laboral es incierta ya que están existiendo cambios dentro de la empresa, por otro lado en Julio termina mi contrato. Mi duda es que si disuelven mi contrato y postulo a otra empresa, tendré los mismos derechos respecto a la licencia de maternidad, permiso de lactancia y el subsidio.
Por favor agradecería me contesten el mensaje, ya que es de suma importancia saber a lo que me tengo que atener.
Gracias!
Mi duda es que si disuelven mi contrato y postulo a otra empresa, tendré los mismos derechos respecto a la licencia de maternidad, permiso de lactancia y el subsidio en la nueva empresa donde entraría a laborar.
Estimada Joselyn:
Si termina su contrato y pasa a otra empresa, todos sus aportes serán considerados para un posible derecho a la atención médica o a un subsidio por maternidad o por lactancia. Obviamente, si es que cumple con los requisitos para ello, es decir, haber estado aportando a la fecha de inicio de la gestación y tener tres aportaciones consecutivas o cuatro no consecutivas dentro de los seis meses anteriores a la la fecha en que se va a atender.
Atentamente,
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Estimada Joselyn:
No interesa que Usted trabaje en una o en otra empresa, lo que cuenta es que haya estado trabajando y generando los aportes para el Seguro Social de Salud. Todos los períodos son computables, sean para una u otra empresa.
Atentamente,
Área de Imagen Institucional
Tengo una pregunta yo tengo trabajando 2 años en mi empresa y acabo de salir embarazada despues de los dos años , soy primeriza y mi consulta es para las citas prenatales y citas ginecologicas todas pre- natal , tengo que pagar mis horas en las que salgo del trabajo y voy para la clinica , me indican que si no compenso o recupero mis horas , me van a descontar , eso es legal ? favor informenme , porque con el embarazo y enciam descuento , me parece inhumano , y eso de compensar horas tampoco me parece en mi estado , a aprte yo trabajo en una planta quimica . Soy quimica de profesion .
Estimada Giuliana:
Las citas médicas no están sujetas a descuentos ni a recuperaciones.
Atentamente,
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Hay alguna le o norma donde especifique, yo tengo la misma situación
Estimada Ysabel
En este caso, se trata de una disposición de carácter laboral. Le recomendamos solicitar la normatividad exacta en el propio Ministerio de Trabajo.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Buenas tardes, tengo casi 6 meses de embarazo y me encuentro laborando , mi consulta es saber si mi seguro me va cubrir mi parto y mi subsidio por maternidad , lo que pasa es que yo entre en noviembre del 2015 estuve sin planilla , recién en enero de 2016 me pasaron a planilla, y mi ultima regla me vino el 25 de diciembre del 2015 ,pregunte en acreditación y me dijieron que el seguro no me cubre, pero también me dijieron que sacara mi carta de latencia porque anteriormente me encontraba laborando en otra empresa por dos años consecutivos en planilla, luego que sali de trabajar allí me pase medio año sin laborar hasta que volvi a empezar a trabajar donde le comentaba . porfavor quisiera saber si me va cubrir mi seguro , gracias .
Estimada Melissa:
Como en otros casos, le debemos indicar que los requisitos para tener derecho a la atención médica por maternidad, es necesario cumplir con dos requisitos: a) Que el titular hay estado aportando a la fecha del inicio de la gestación; y, b) Tener tres aportaciones consecutivas o cuatro no consecutivas, dentro de los seis meses antes de la fecha del parto. Si a la fecha de inicio de la gestación estuvo trabajando en otra empresa, no hay problemas, Usted podrá acreditar ese trabajo, para su atención por maternidad.
Atentamente,
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hola
buen dia, una consulta por favor ,mi señora cumple el 10 de julio 7 meses de gestacion esta asegurada por mi, y el parto segun los doctores esta programado para la primera semana de setiembre, y ya no estoy laborando y se desactivo el seguro mi ultima aportacion solo fue 4 meses desde diciembre a marzo, mi consulta es voy a tener derecho al subsidio de maternidad o cuantos meses de aportacion me falta para tener derecho y si vuelvo a aportar desde julio el seguro se activa rapido para que mi señora pueda ir a los controles o tengo que esperar nuevamente 3 meses el perido de carencia, muchas gracias.
Estimado Erik:
Para que un titular o sus derecho habientes (en este caso, su esposa), puedan tener derecho a la atención médica por maternidad, es necesario cumplir con dos requisitos: a) Que el titular hay estado aportando a la fecha del inicio de la gestación; y, b) Tener tres aportaciones consecutivas o cuatro no consecutivas, dentro de los seis meses antes de la fecha del parto. No entendemos lo que nos indica de que está trabajando pero su su seguro “se desactivó” o que “se activa rápido”. Si Usted cumple con los requisitos, su esposa tendrá derecho a la atención médica por maternidad. Si no lo cumple podría acogerse al derecho de latencia, es decir que después de haber dejado de trabajar, pueda estar en derecho de continuar con la atención médica según el tiempo que haya aportado antes de dejar de trabajar. En cuanto al subsidio, en ningún caso, Usted tendrá derecho a dicho beneficio puesto que es para la madre trabajadora y no por la esposa del titular.
Saludos cordiales,
Atentamente,
Área de Imagen Institucional
Mi enamorada estuvo trabajando como practicante un año le pagaban seguro particular.cumplió año u recién le pasaron a plantilla un mes pero ella ya estaba embarazada de dos meses no le corresponde descanso preparto y posparto
Estimado Walter:
Uno de los requisitos imprescindibles para tener derecho al subsidio por maternidad es que a la fecha del inicio de la gestación se encuentre afiliada y pagando sus aportaciones. Si no cumple con ese requisito, no va a tener derecho a la atención médica ni al subsidio por maternidad. Si se refiere al descanso de la hora diaria, ello no es problema porque es por el cuidado del niño recién nacido.
Saludos, Walter.
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Quisiera saber si yo no doy a luz en el seguro porque me hicieron cesárea en una clinica, pierdo la lactancia y el subsidio por maternidad, gracias por la respuesta, por favor es urgente.
Estimada Yadira:
Si Usted no da a luz en algún establecimiento del Seguro Social, NO pierde su derecho a percibir el subsidio por maternidad y el subsidio por lactancia. Lo único que tiene que hacer, es canjear los descansos médicos particulares, en Essalud, para hacer valer sus derechos.
Saludos cordiales,
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Mi caso es el siguiente,
Laboré como CAS en una entidad del estado, quedé embarazada y tuve descanso pre y post natal y luego me reincorporé al trabajo y tenía permiso por lactancia. Postulé a otro CAS en otra entidad del estado y gané y este mes empecé a laborar allí. Mi bebe recién tiene 3 meses, la pregunta es ¿Aunque sea nueva trabajadora en la institución me corresponde el permiso por lactancia, dado que mi bebé tiene pocos meses?
Agradeceré me pueda ofrecer una aclaración al respecto, saludos cordiales.
Estimada Silvia:
El descanso por lactancia es por el niño recién nacido hasta que cumpla un año. Si su hijo recién nacido está dentro del término, la nueva entidad del Estado debe otorgarle ese descanso para el cuidado del niño.
Saludos,
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Mi consulta es la siguiente ingrese a laborar el 9 de Mayo y mi ultima regla fue el 31 de Mayo. Me corresponde subsidio por maternidad?, mi contrato vence el 31 de Octubre si no me renuevan puedo poner un reclamo en el Ministerio de Trabajo?, puedo hacer uso de mi latencia? y en el peor de los casos si la latencia se venciera antes de dar a luz puedo atenderme con el seguro de mi conviviente presentando mi declaración notarial de reconocimiento de hijo no nacido?. De antemano gracias por sus respuestas.
Estimada Neka:
Hay varias preguntas y les remitimos las respuestas. 1. Para tener derecho al subsidio por maternidad es necesario acreditar estar trabajando y aportando a la fecha (mes) en que se inicia la concepción, y con tres aportaciones consecutivas o cuatro no consecutivas en los seis meses anteriores a la fecha del parto; 2. Puede plantear su reclamo si es que no le renuevan el contrato siempre que después contratan a otra persona para realizar las mismas labores que Usted realizaba; 3. El derecho de latencia es sólo para atención médica, no para el subsidio por maternidad; para el subsidio por maternidad, se solicita que la madre gestante esté trabajando; 4. Efectivamente, si no estuviera en período de latencia, puede atenderse, siempre que previamente acredite que se trata de una pareja de hecho o concubina. El derecho al subsidio por lactancia se otorga a la madre del niño y no requiere más que la acreditación de que es hijo del asegurado y de la madre gestante.
Saludos,
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estoy trabajando haces unos años, pero recien hace seis meses mi empleador, me puso en planillas, mi contrato de trabajo vence en enero del 2017 pero actualmente tengo 4 semanas de embarazo..tengo derecho a que me renoven contrato, y ‘por lo tanto al derechos de pre y post natal, y al pago de lactancia
Estimada Érika:
Si su contrato vence, el empleador puede, o no, renovar el contrato. Es su facultad. Sin embargo, la interpretación del Poder Judicial es en el sentido de que si el puesto que viene desempeñando corresponde a uno que debe continuar, es decir, que se va a contratar a otra persona para realizar las misma labores, corresponde renovarlo a la persona -como usted- que venía desempeñándolo. Ello le da derecho al subsidio por maternidad. El subsidio por lactancia corresponde a la madre (Usted), esté, o no, trabajando.
Saludos,
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BUENAS UNA CONSULTA MI ESPOSA ESTABA TRABAJANDO EN UNA EMPRESA 2 AÑOS Y EN ESE PERIODO ESTABA EMBARAZADA PERO DECIDIO SALIRSE DE ESA EMPRESA ESTANDO EMBARAZADA DE 5 MESES Y ESTA TRABAJANDO CON OTRA EMPRESA Y NO DEJARON DE APORTAR SU ESSALUD Y YA LLEGO EL PERIODO DE SU DESCANSO PRE Y POS NATAL LE CORRESPONDE EL PAGO Y COMO SERIAN LOS CALCULOS Y SE PRESENTAN FORMULARIOS DE AMBAS EMPRESAS DONDE TRABAJO?
Estimado Luis:
Al parecer, su esposa está cumpliendo los requisitos para tener derecho al subsidio por maternidad, por tanto puede ejercer ese derecho. El cálculo será en base a la remuneración percibida sólo en la última empresa. Los formularios serán de la última empresa.
Saludos,
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Buen dia
Buen dia. Una consulta. Yo trabaje para el minsa por un año desde octubre del @014 al octubre del 2015 como serums finalizafo el contrato me hicirron otro en modalidad clas desde octubre 17 del 2015 fecha en q trrmino mi contrato serums hasta 31 de diciemrew luego con reno vacion hasta marzo y luego nuevamente hasta junio. Mi fecha de ultima regla fue en 21 de abril . con vinculo laboral. Actualmebte trngo 12 semanas de gestacion y mi contrato termino el 30 de junio. La pregunta es q si me embarace en vinculo laboral me pueden ya no renovar el contrato ?
Estimada Roxana:
El problema es que el Sistema de Contrato de Administración de Servicios, CAS, tiene sus propias reglas y se atiene al presupuesto de cada entidad pública. El hecho que se embarace con vínculo laboral no es un factor que puede determinar la renovación del contrato. Es diferente a la renovación del contrato en el Sector Privado. Aún así, podría intentar un reclamo si es que (aplicando lo que sucede en el Sector Privado) la nueva persona que puedan contratar realiza las mismas funciones de las que Usted venía realizando.
Saludos,
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Soy docente y he venido trabajando hasta el día de ayer 22 de julio ya que los niños han salido de vacaciones.Tengo 37 semanas de embarazo y no me habían dado mi licencia por maternidad hasta hoy día 23 de julio. Pero mi licencia aparece con fecha del 03 de julio. Quiere decir que he venido laborando 20 días pudiendo de haber gozado de mi descanso pre y post natal ¿A donde debo recurrir para que me extienda mi licencia por maternidad?¿Y que va a pasar con los días laborados?
Estimada Carmen Luisa:
Si Usted trabajó más allá de la fecha indicada para el descanso, va a ser muy difícil que le reconozcan como días de licencia. Por parte de EsSalud, ellos se van a limitar a aplicar desde la fecha en que Usted dejó de trabajar, salvo que, en base a nuevos criterios técnico médicos, se modifique la fecha indicada (3 de julio).
Saludos,
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Buenos días,actualmente me encuentro con 8 meses de embarazo y estoy siendo atendida con una carta de latencia la cual para el tema de consultorio vence este fin de mes, me brindaron 12 meses de atención quisiera saber si los siguientes 6 meses que continúan como compleja y maternidad cubren mi parto … Muchas gracias
Estimada Ruby:
El período de latencia comprende 12 meses después de haber trabajado (si es tuvo 30 o más meses de aportación), de los cuales 6 son de capa simple y 6 de capa compleja, pero la atención por maternidad dura todo el período. El período total (12 meses) es el máximo.
Saludos cordiales
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Buenas días mi consulta es:La empresa donde trabajo no me renovó contrato por estar gestando y con dicha empresa tenía laborando 1año y medio casi según ellos me dijeron q me iban a colocar en otra área pero hasta el momento no a sido asi. Si no pagan mi seguro de este mes lo puedo ha de yo para no perder mis benecifios de latencia o q puedo hacer? gracias
Estimada Carla:
La renovación del contrato NO está supeditada al estado de gestación, o no. La no renovación debe ser porque la función que se realiza ya no se va a seguir realizando.
Saludos,
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Estimados, agradeceré la consulta, mi hermana estuvo trabajando en un call center todo el año 2015 y en otro call center desde febrero de este año 2016 hasta el 31 de julio 2016 ya no le renovaron para continuar (tal vez por su estado) bueno no están obligados a hacerlo pero la consulta es:
¿tiene derecho a atención medica de essalud hasta el parto o por cuanto tiempo??
¿tiene derecho a subsidios de lactancia??
¿puede ella misma pagar el monto de essalud desde agosto sin dejar de aportar para seguir teniendo atención medica??
Estimada Doris:
De acuerdo a los datos que nos proporciona, tiene expedito su derecho de latencia hasta el 31 de enero de 2017 (6 meses después de haber dejado de laborar). Eso porque ha acreditado 18 meses de aportaciones en los 36 anteriores a la fecha en que dejó de trabajar. Esta atención a la que tiene derecho incluye, por supuesto, su atención por maternidad y si el parto se produce en ese período tiene derecho a dar a luz en el Seguro Social.
No incluye el subsidio por lactancia porque el derecho de latencia es sólo para atención médica.
El pago personal después de haber dejado de trabajar podría hacerse si es que el Plan de Atención que le ofrece el Seguro Social así lo determina.
Saludos cordiales,
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TENGO UNA GRAN DUDA MI SEÑORA ES DOCENTE Y QUEDO EMBARAZADA EN NOVIEMBRE Y ENTRO A TRABAJAR EN MARZO… FUIMOS AL SEGURO Y NOS DIJERON QUE EL SEGURO NO LE CUBRE PORQUE SE EMBARAZO ANTES DE ENTRAR A LABORAR… MI DUDA ES SI ESTO ES CIERTO Y DE SER ASI PORQUE ENTONCES LE DESCUENTAN RELIGIOSAMENTE TODOS LOS MESES SU SUELDO… ADEMAS LE TOCA LACTANCIA??? Y COMO HACEMOS PARA Q TENGA LICENCIA???? DE ANTEMANO MUCHAS GRACIAS… DIOS LOS GUARDE
Estimado Juan:
Efectivamente, para tener derecho a la atención por maternidad es necesario que el asegurado o la propia madre gestante asegurada cumpla con haber estado aportando a la fecha en que se inicia la gestación. Los aportes que viene realizando el empleador -no sé porque indica que le descuentan a su esposa- no sólo son para esa atención es también para otros derechos. El subsidio por lactancia lo percibirá si es sólo acredita tener 3 aportaciones consecutivas o 4 no consecutivas, dentro de los 6 meses antes del nacimiento del niño. La licencia, es otro derecho y le corresponde por su calidad de trabajadora.
Saludos cordiales.
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hola, bueno yo entre a trabajar el 9 de octubre del 2015, y yo quede embarazada el 15 de noviembre, pero la empresa me hizo firmar contrato el 9 de enero del 2016, tampoco cubre el subcidio?
Estimada Judith:
Uno de los requisitos para tener derecho al subsidio por maternidad es haber estado aportando al momento en que se inicia la gestación. Asi lo determina la Ley 26790 y su reglamento.
Saludos cordiales,
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Estimados buena tardes, mi consulta es:
Estoy contratada según el artículo 58 del texto único ordenado de la ley de productividad y competitividad laboral aprobado mediante el decreto supremo N°003-07-TR. donde cada 3 meses renuevo contrato, estoy 2 años y medio trabajando en la empresa y siempre cumplo todas las metas. Actualmente tengo 12 semanas de gestación mi contrato se vence el 31 de octubre. Mis preguntas son:
– La empresa renovará mi contrato ? y cumplirá las obligaciones de pre y post.
– Actualmente cuento con EPS tanto por el trabajo de mi esposo y por mi trabajo que me afilie a la EPS hace 1 año pero me descuentan de mi remuneración el 20%, he empesado atenderme con la EPS de mi esposo porque cubre más, creen que tendré problemas sino NO uso mi EPS.
– Es necesario que ya comunique a mi empleador de mi embarazo (jefe inmediato) Porque gracias a Dios no tengo complicaciones.
Espero sus comentarios al respecto.
Gracias por anticipado en aclara mis dudas.
Saludos,
Estimada Marleny:
– La empresa puede renovar, o no, su contrato. Es su facultad. No obstante, la reciente interpretación, a nivel judicial, es que debe continuar renovándosele mientras exista la función que realizaba el trabajador. Si Usted se encuentra trabajando en los períodos de dar a luz, tendrá derecho al descanso pre y post natal.
– No entendemos el descuento del 20%. ¿A qué se debe? Si utiliza la EPS de su esposo en lugar de Essalud, no hay problemas.
– No hay inconvenientes en que comuique a su empleador su estado de gestación.
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Buena noche quisiera hacerle una consulta yo entre a trabajar para el estado el 1 de marzo de este año y salí embarazada aproximado la 15 de marzo de este año y ya voy aportando 5 meses a EsSalud . Tengo beneficios por maternidad o que beneficios me correspondería espero su respuesta gracias.
Estimada Karen:
Si la gestación se inició cuando estaba trabajando, tendrá los derechos de atención médica mientras se encuentre laborando con el período de latencia, si es que deja de laborar. El derecho al subsidio por maternidad se mantendrá, mientras se encuentra laborando. Recuerde que el subsidio por maternidad reemplaza a la remuneración. Si no hay remuneración, no hay subsidio.
Saludos,
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Buenas tardes doctora..
Requiero su ayuda es muy importante.. Yo estuve en planilla desde el 15 de noviembre al 13 de enero en una empresa.. Luego ingrese a mi actual empresa el dia 26 de enero; en mi tarjeta de control sale que mi ultimo período fue el 11 de enero a mi me dieron el derecho de atención en ginecologia desde el principio ahora me dicen que no cubre mis atenciones, ni licencia ni mi parto. Esto es posible? ya tengo 7meses y medio, ellos se basan sumando el 11 de enero más 7 días (no se porque) sería el dia 18 de enero día en que no tuve vínculo laboral, según las condiciones es que se aporte el MES de la concepción más no el dia.. Podría decirme si es correcto? Para mi es una injusticia.. Por favor aguardo su respuesta querida doctora.
Estimada Johana Alicia:
Si Usted estuvo laborando el mes de gestación estaría cumpliendo con el requisito que se exige para la atención médica. Es probable que, si bien inició las labores a fin de mes, no la hayan incorporado en planillas sino hasta el mes siguiente. En este caso, no se cumpliría el requisito. Solicite una aclaración y, de ser así, presente un reclamo.
Saludos,
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Mil gracias!! Si estoy en planilla desde el 26 de Enero según mi boletas de pago. Por ello el dia de ayer puse un reclamo ante SUSALUD porque no quisieron atenderme ni en emergencia y querían facturar la atención.
agradezco su aclaración, ahora con más fuerza defenderé algo que por ley me corresponde.
Dios la bendiga.
buenas noches señorita,quiero hacerle una consulta con respecto a las gestantes: tengo una amiga que tiene dos meses de embarazo,ella ingreso a trabajar en el mes de marzo y en su trabajo le an dicho que en la empresa no tienen labores para gestantes debido que se termina la cosecha de mandarina y empieza la campaña de aplicación fito sanitarios como aria ella en este caso la empresa le puede sacar? a la espera de su respuesta gracias saludos.
Estimada Yisela Donayre:
Si existe contrato y se dan las condiciones que indica, podría procederse a no renovarlo. Es decir, que termina la función para la cual fue contratada.
Saludos,
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Buenos días, Desde principio de mi embarazo (hace 5 meses) siento un hostigamiento por parte de mi jefe.Hace comentarios delante de mis compañeros acerca de mis descansos médicos como que no ameritan, me pone trabas para los permisos para mis controles prenatales, me pide que los tome fuera de horario de trabajo y a mis compañeros les dice “ok tienes el permiso sin peros”, reconozco que he cometido errores pero por lo mismo que me tiene trabajando asustada, cada vez que me acerco a su sitio me pone mala cara,hace comentarios haciéndome sentir tonta cada vez que cometo un error (errores que también cometen mis compañeros )… llegue a pensar a que tal vez eran cosas mías por lo que una embarazada esta más sensible, sin embargo mis compañeros también se han dado cuenta de eso. He tratado de conversar 2 veces con mi subgerente que viene a ser jefe de el, y “lamentablemente” no puede porque esta ocupado. Que puedo hacer y que tan grave es lo que esta haciendo conmigo? Ya que me encuentro con terapia psicológica porque ha afectado mi salud.
Estimada Carmen:
Si vienen ocurriendo esos hechos se trata de hostilidad laboral. Podría acudir al Ministerio de Trabajo para plantear una denuncia.
Saludos,
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Buen dia
Mi consulta seria la siguiente:
Solicite mi descanso por maternidad y eate salio desde el 19 de julio, sin embargo essalud me indico que los documentos osea el descanso medico firmado y sellado porel doctor auditos me lo estarian entregando el 5 de agosto, segun las politicas de la epresa en la quetrabajo dice que est documento debe ser entregado dentro del mismo mes en el que sale este, es decir mi descanso salio em julio pero el documento me lo entregaron en agosto y no me lo quieren aceptar, hay alguna ley que me ampare ante este caso, ya que de no aceptarme entiendo qe tendria qe renunciar y no gosar de misbeneficios que por ley me correspondenes.
Yo llevo trabajando 1 año y 8 en planilla desde el primer dia.
De antemano agradesco su respuesta
Quedo atenta a sus comentarios
Muchas gracias
Estimada Milagros:
De acuerdo a lo que Usted indica, se trata de una demora burocrática que no puede ser atribuible a su persona. Trate de aclararlo o intente una aclaración por parte de Essalud; de ocurrir alguna sanción por parte de la empresa, tendría que plantear su reclamo ante el Ministerio de Trabajo, de inmediato.
Saludos,
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Hola, quisiera consultar lo siguiente salí de mi trabajo el 7 de agosto y firme contrato para otro trabajo el 1 de agosto… Pero cuando firme contrato a los 3 días me entere que estoy embarazada de un mes y mediO. En mi trabajo anterior he aportado mi seguro y tengo entendido que me corresponde tres meses de seguro después de salir y en este caso empesaria aportar en el nuevo trabajo desde el 1ro de agosto. El tema es el siguente me corresconde por ley no ser despedida? Y me es posible que no me renueven contrato?porque mi parto esta programado para el 25 de marzo y mi fecha de cese de contrato es el 8 de mayo 2017
Estimada Yvet:
La despedida del trabajo es diferente a la renovación del contrato. Si su consulta es por la preocupación de que no quieran renovarle el contrato, se trata de una facultad del empleador, salvo que se trate de una función que se va a seguir realizando. Si es así, la interpretación es que el empleador no podría dejar de renovarle el contrato. La situación del embarazo, no tiene implicancia en si se renueva, o no el contrato.
Saludos cordiales,
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Me olvidaba.¿implica que este en pruheba 6 meses ? Y quisiera saber si me pueden despedir. ?
Entre a uno banco,Disculpe me olvide ese detalle. Ahora estoy preocupada y obvio tengo todas las ganas de trabajar y me sentiría muy afectada si me sacaran del trabajo por este motivo, no tenia conocimiento cuando postule y menos cuando ingrese porque a mi me hicieron exámenes médicos y pensé que ahí hubiese salido.por favor quisiera que me oriente muchas gracias
Soy Docente y mi contrato suele iniciar 1 de marzo y terminar 31 de diciembre 2015, volviendo a trabajar 1 de marzo del 2016 y terminará 31 del presente.Estoy embarazada de 5 meses y medio y en el seguro me dieron la acreditacion diciendome q justo me embarace en el primer dia de inicio de labores según sus cálculos. Me mandaron a gestionar la hoja de latencia, pero no entiendo xq??? Es necesario o entendí mal.Agradeceré su rpta.
Estimada Rosa:
Si Usted salió embarazada el mes en que se inició la gestación habrá cumplido con un requisito esencial. El otro es haber aportado 3 meses consecutivos o 4 no consecutivos en los 6 meses antes de de dar a luz. Si le han encargado la gestión de la hoja de latencia es probable que sea para acreditar algún período en que no estuvo trabajando.
Además, si Usted se está atendiendo en una clínica de una EPS, no es inconveniente para acreditar su posterior derecho al subsidio ante EsSalud. Lo único que tendría que hacer, después, es canjear el certificado médico de la Clínica por uno de EsSalud, en algún establecimiento de EsSalud.
Saludos cordiales,
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X otro lado, hoy en dia deje de atenderme n essalud( xel trato) y me estoy atendiendo n una EPS asegurada x mi esposo. Corro el.riesgo de perde mis beneficios siendo yo la titular en essalud. Como tramito mi periodo de licencia, pre y post parto. Ya q tb daré a luz n una clinica
Buenas noches, mi consulta es la siguiente, he trabajado durante 4años y medio en una empresa. Me renovaban cada año mi contrato y como ya llegaba a los 5 años decidieron no renovarmelo. El problema es q me di cuenta que estaba embarazada después que se terminó mi contrato. Tendría derecho a que me reconozcan el descanso por maternidad?
Estimada Margarita:
Si Usted salió embarazada después de haber dejado de trabajar, lamentablemente no cumple con el requisito esencial para tener derecho a la atención médica.
En cuanto al descanso. Si no está trabajando, no va a atener derecho ni al subsidio por maternidad en EsSalud ni al descanso de una hora por maternidad, en el centro de trabajo, precisamente, porque no está trabajando.
Saludos cordiales,
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Buen dia estimada doctora y de antemano muchas gracias por la respuesta que me pueda brindar.
mi consulta es lo siguiente:
actualmente estoy laborando en planilla desde enero de este año y cuando fui a asegurar por maternidad a mi conviviente que tiene 7 meses de gestacion me negaron la afilacion por la fecha de concepcion que fue en Diciembre por la cual me dieron una constancia que mi conviviente no tiene DERECHO A LAS PRESTANCIONES DE MATERNIDAD. bueno hasta alli entiendo todo este tramite que tiene que dar a luz en el hospital Regional.
la Pregunta es si mi conviviente despues de dar a luz tiene derecho al subsidio por la lactancia del essalud? o que tramite debo hacer para que mi hija recien nacida tenga ese subsidio a lactancia, muchas gracias por su respuesta doctora.
Estimado Jaime:
Sí, el subsidio por lactancia se otorga a la madre del niño que nace. La señora tendrá ese derecho.
Saludos cordiales,
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QUISIERA SABER SI UNA TRABAJADORA QUE TRABAJA 22 HORAS A LA SEMANA , TIENE DERECHO A LA HORA DE LACTANCIA
GRACIAS
Estimada Sara:
Es necesario conocer cómo es su jornada laboral. La Ley no indica estas especificaciones pero si trabaja, por ejemplo, 8 hora el lunes y 8 horas el viernes tendría derecho, a la hora en los días en que trabaja.
Saludos,
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Buenos días,
Mi consulta es la siguiente: Si cambio de empleador durante el periodo de lactancia, aún me corresponde tomar 1hr diaria en el nuevo trabajo?
Estimada Ana cecilia:
Sí, en el nuevo empleador deben otorgarle el descanso. Se trata de un derecho de la madre trabajadora.
Saludos,
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Buenos días:
Estimada mi consulta es la siguiente:
Tengo 4 meses y medio de gestación y tengo fecha probable de parto el 5/01/17, labore 3 meses en una empresa, al segundo mes de haber iniciado mis labores me enteré de mi gestación (tenía 5 semanas) y cuando termino mi contrato (de tres meses) me retiré, claro que mi empleador estuvo haciendo los aportes correspondientes de mi seguro en ese período. Ya no laboro desde hace dos meses y medio, pero mi pareja a entrado a trabajar a una empresa y me ha asegurado en essalud.
También volveré a laborar en otra empresa en la próxima semana y también tendré todos los beneficios correspondientes.
Mi pregunta es la siguiente:
¿me corresponde el subsidio por lactancia?,
En caso no me den el subsidio por el tiempo de aportes de mi pareja, ¿por el tiempo de aportes que yo he tenido en mi periodo laboral Y que seguiré teniendo, ahí sí me corresponderia?
Y ¿essalud cubrirá todo mi parto sin costó alguno?
Espero pueda ayudarme, muchas gracias.
Estimada Emely:
Lamentablemente los datos que nos proporciona no están muy claros. Pero, los requisitos para tener derecho a la atención médica por maternidad y al subsidio por maternidad, son los siguientes: a. haber estado aportando (Usted o su pareja) en el mes en que se inició la gestación; b. Tener 3 meses consecutivos o 4 no consecutivos en los seis meses anteriores a la fecha en que se desea atender.
Ahora bien, si su pareja la ha inscrito como concubina o como madre gestante, Usted tendría derecho, si es que él cumple con los requisitos antes descritos. ¿Qué derechos? Atención médica por maternidad, subsidio por maternidad, subsidio por lactancia (éste último, para la madre del niño recién nacido)
Saludos cordiales,
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BUENAS NOCHES:
TENGO 6 MESES DE GESTACION ,TRABAJO ACTUALMENTE COMO CAJERA POR LAS NOCHES, POR LO MISMO DE MI AVANZADO ESTADO DE GESTACION PUEDO SOLICITAR A MI EMPLEADOR UN CAMBIO DE TURNO. ESTARIA EN TODO EL DERECHO O ELLOS PUEDEN NEGARME ESA SOLICITUD.
GRACIAS
Estimada Eva:
Tiene que conversar con su empleador y demostrar que esas condiciones pueden afectar el embarazo. Por ejemplo, si es que el turno de noche es hasta altas horas. Las condiciones laborales es un derecho del trabajador. Más aún, en el caso de la madre gestante.
Saludos,
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Buenas noches.. mi consulta es la siguiente.
Entre a trabajar en marzo del 2015 y en mayo 2016 salí embarazada para ese entonces estado de vacaciones al regreso de vacaciones me jefe me hace firmar un contrato de tres meses q me pareció raro porque tres meses anteriores yo no había firmado y seguía laborando… por la cual me hace un contrato de tres meses contados desde mi mes de vacaciones mayo_julio…bueno trabajé junio y julio al término de mi contrato me dice q no me renovarían bueno me pareció raro q me dijeran q mis descansos médicos habían afectado y q no había cumplido con el plan cuando durante todo el tiempo q trabaje antes de estar embarazada siempre cumpli objetivos…me dijeron q no me renovarían ,por mi ignorancia no me quejé pero leyendo su blog veo q puedo poner una queja…por otro lado quería saber si yo puedo seguir atendiendome en el seguro durante todo mi embarazo ya que no estaré trabajando y si me corresponde mi lactancia ya q mi fecha de parto probable es el 19 de enero 2017.. necesito una orientación por favor… cabe recalcar q antes de salir embarazada yo ya había aportado más de un año..
Estimada Emilia:
Si las labores que realiza son de naturaleza permanente, es decir, se continúan realizando cuando no le renuevan el contrato, puede plantear su reclamo.
El derecho de latencia se obtiene por haber cumplido, por lo menos con 5 meses de aportaciones antes del cese. Pero, su duración (que puede ser hasta 12 meses) es de acuerdo al tiempo que ha aportado antes de dejar de trabajar. Su atención médica está en función al tiempo de latencia que Usted tenga. Si es así, tiene derecho a la atención por maternidad.
Saludos cordiales.
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Buenas noches, tengo ya 7 meses de embarazo, soy trabajadora tecnica de enfermeria de EsSalud,contratada bajo modalidad CAS, ingresé a trabajar el 20 de agosto del 2015 y quedé embarazada el 31 de enero del 2016, no estoy muy orientada de mis derechos como CAS, quisiera saber si el ser CAS igual me corresponde el pago por los 90 dias de licencia o solo me dan un porcentaje?
Estimada Mery:
Lamentablemente, si Usted ingresó a trabajar después de haberse iniciado la gestación, no tendría derecho a la atención médica ni al subsidio por maternidad.
Saludos cordiales.
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Hola estaba leyendo los comentarios que se han publicado.por tanto entiendo que si yo salgo de licencia de maternidad y mi contrato lo hicieran tipo como hasta el término a mi licencia. Yo me quedaría prácticamente sin empleo pues porque el contrato sólo fue hasta ese tiempo? Y que seguridad nos da el estado. Cual es su posición frente a esto. Dejar a una madre a de familia que han trabajado durante años (quizas) sin un trabajo si consiguieron a alguien para el puesto?sólo el sector privado tiene el beneficio que no sea despedida igual durante mientras por lo menos dure el período de lactancia? Espero si respuesta. Muchas gracias
Estimada Gracelu:
La firma o la renovación del contrato laboral no está en función del estado de gestación en que se pueda encontrar una persona. Es una facultad del empleador, con la salvedad de que no podría dejar de renovarse si es que la función que realiza un trabajador continúa siendo la misma y desempeñada por otra persona.
Saludos cordiales.
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Hola buenas tardes….mi consulta es la sgte:
Mi hijo tiene ya cuatro meses de nacido…yo estoy asegurada…pero m atendí en una clínica particular pq mi embarazo fue de riesgo…tuve mis descansos pre y postnatal… pero recién me reincorpore a mi centro laboral…fui al seguro para ver lo de mi subsidio y m dijeron q no podían pagarme pq ya había vencido el plazo..si cobre la lactancia… pero los 98 días quien me los pagará…la empresa me dijo q yo haga los trámites…pq ellos no lo hicieron…q eso tenía q hacerlo yo…
Estimada Rommy Nola Jara Mendez
En el caso de los empleados público, el subsidio tiene que solicitarlo directamente al Seguro Social, la propia interesada.
En el caso de las empresas privadas, lo paga el empleador y luego le solicita al Seguro Social el reembolso de lo que le ha pagado a su trabajador.
Para todo ello, se debe tener en cuenta el plazo de 6 meses contados a partir de la fecha en que termina el descanso médico, es decir, después de los 98 días.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Buenos dias.
Soy docente y vengo aportando años pero como toda docente en colegio particular de marzo a diciembre del 2015.Paralelamente trabajaba en la Municipalidad de ventanilla como cas en mayo del 2016. Este año no labore y me estuve atendiendo por mi seguro por el periodo de latencia mi parto esta para el día d emañana mi pregunta son las siguientes.
1.cuantos meses más Me pueden atender en mi seguro por q con la latencia ya tengo 4 meses aun tendre otro mes más o ya se culmino?
2. Tengo algún derecho de maternidad mi bb fue concebido cuando aportaba pero desde mayo ya no labor o.
3. Me encuentro en provincia y si me da mi parto me atenderla por emergencia puedo desde provincia cobrar mi latencia si es q tengo ese derecho o q necesito.
4. Quisiera saber por q me atienden mas de 3 meses de latencia si mi contrato en el.colegio culminó en diciembre pero ahi vengo laborando mas de 3 años pero con renovación de contrato cada año. Y en la Municipalidad solo 9 meses.
Por favor ayúdame gracias.
Estimada Karen:
El tiempo del derecho de latencia, es decir, el derecho a ser atendida después de haber dejado de laborar, está en función del número de meses que hubiera aportado en los 36 meses antes del cese laboral. Si, durante ese período, usted aportó sólo 10 meses, tiene derecho a 4 meses de latencia, pero si aportó más, tendrá derecho a un número mayor de meses.
El subsidio por maternidad se otorgaría sólo si Usted continúa laborando.
El subsidio por lactancia se otorgará si al momento en que nace el niño, la madre o el titular, se encontraba trabajando.
Saludos cordiales.
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Dra. estoy muy angustiada soy trabajadora de essalud de Puno y quede embarazada en el mes de octubre del 2015 pero lamentablemente cuando estaba gestando a las 14 semanas me hospitalizaron pq presente sangrado transvaginal abundante y muy doloroso en mi centro laboral quedandome hospitalizada hasta la semana 17 cuando lamentablemente perdi a mi bebe por un Aborto Retenido, quedando muy mal de salud enemica y con sistema inmunologico bajo actualmente sig0 mal con un Dx. VASCULITIS-AR, anemica, presento inflamaciones continuas de los miembros superiores en forma bilateral, presentado sianosis, por tal motivo estuve con continuos descansos medicos. En el mes de Setiembre del año 2015, me presento a un concurso de Promocion y asensos para cubrir una plaza profesional de Ingeniero de Sistemas en Cerro de Pasco quedando como ganadora y publicaron los resultados el 9 de Noviembre del 2015
y es asi que me notifican con resolucion q me vaya a laborar a cerro de pasco el 17 de Febrero del 2016, sin importarle a mi patronal en el mal estado de salud fisico-mentalen el que me encuentro y actualmente me estan dando 3 dias para que pueda ir a laborar a cerro de pasco y es mas me estan amenazando que van ha anular la resolucion donde me reconocen como profesional. Sin importarles el estado de salud en el cual me encuentro, tampoco no les intereza que la ciudad de cerro de pasco es una zona mas contaminada por ser zona minera por mi estado de salud no puedo ir a dicha ciudad, es mas el Gerente Central de Gestion de las Personas al parecer no conoce la geografia de nuestro pais y me da un plazo de tres dias para que me traslade de puno a cerro de pasco es mas soy una madre trabajadora que tengo a mi cargo a mi niña de 10 años de edad que esta ami cargo por ser una Madre trabajadora soltera.
Sin embargo mi institucion que es ESSALUD pregona el año de la humanizacion la cual no lo practica ni siquiera con sus trabajadores y es mas es una entidad que brinda servicios de salus para cuidar la salud de los asegurados pero sin embargo no le importa la salud de sus propios trabajadores.
Estimada Felsi:
Si el concurso terminó en noviembre de 2015, no entiendo cómo no se le solicitó constituirse en su nuevo cargo, anteriormente. Y ahora que Usted se encuentra mal de salud, recién lo hacen. Lo que sucede es que en la adminstración pública se inspecciona cada cierto tiempo la presencia y ubicación de los trabajadores que corresponde a cada puesto. Creo que poniéndose de acuerdo en la fecha en que se puede usted incorporar a su nuevo puesto, ganado en Concurso para Cerro de Pasco -una vez que se recupere en su salud- se puede solucionar el problema.
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Buenas tardes.
Soy docente contrada, actualmente llevo 5 meses de gestación pero con un embarazo complicado, pese a ello asisto a mi centro de labor. Quisiera saber si por ser docente contratada me corresponde Licencia por Maternidad, de ser asi que debo hacer.
Gracias
Estimada Sheila:
Si se refiere al descanso médico por su salud en la gestación, no existe inconvenientes para que lo solicite. Comunique a su empleador y obviamente, luego, tendrá que presentar los descansos médicos para acreditar su inasistencia.
Saludos,
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buenos días, mi pregunta es : empece mi relación laboral el 1 de diciembre del 2015, y salí embarazada en febrero del 2016, mi contrato lo renuevan cada 6 meses, y estoy por salir de descanso pre natal el 30 de setiembre y mi contrato termina el 1 de noviembre, quisiera saber si la empresa me tiene que renovar el contrato para seguir gozando de mi subsidio por maternidad y si terminando el plazo post- natal puedo añadir mis vacaciones. Saludos
Estimada Roxana:
Si ha estado aportando en el mes en que se inicia la gestación, tiene derecho al subsidio por maternidad. La renovación, o no, del contrato, no está supeditada a su condición de embarazada. Es una facultad del empleador. Ahora, esa renovación sólo debe estar supeditada a que la función que realiza, no continúe ni siga siendo realizada por otra persona.
Saludos,
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Hola:
Yo ingrese a trabajar embarazada,y estaba en prueba por 6 meses,gracias a Dios si me renovarón contrato pero no me corresponde los 90 días.
Pero quisiera saber si me corresponde la hora de lactancia,ya que me indican que no.
Estimada Ingrid:
Son dos cosas diferentes, no tiene derecho al subsidio por maternidad pero sí a la hora de descanso. Una es norma de Seguridad Social la otra es norma de legislación laboral.
Saludos,
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Entre a trabajar como contratada cuando tenia 20 semanas de embarzo, osea a partir de julio estoy en planillas, antes estaba en contrato por tercero en la misma empresa.. quisiera saber si tengo derecho al descanso pre y post natal pagadas o se puede solicitar sin pago alguno??
Estimada Keila:
El descanso por maternidad al nacimiento del niño es un derecho de la madre. A lo que no tendrá derecho es a la atención médica ni a los subsidios, si es que no estuvo aportando a la fecha de inicio de la gestación.
Saludos,
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Buenas noches quisierra que me contesten una duda. Yo llevo laburando en una empresa desde el 31 de Julio (cabe resaltar que llevo aportando a essalud desde la fecha en que se produjo el embarazo) pero recién acabo de firmar contrato el 1 de septiembre, y en la segunda semana de agosto me enteré que estaba embarazada de 8 meses, me corresponderia el subsidio y la licencia por maternidad o me pueden botar ya que no he comunicado nada aún sobre mi estado?
Estimada Meryan
Los requisitos para la atención por maternidad son: a) Haber estado aportando a la fecha en que se inicia la gestación; y, b) tener 3 aportaciones consecutivas o 4 no consecutivas en los seis meses antes de la fecha en que se desee atender. De acuerdo a lo que usted indica, tendría derecho a la atención médica.
Si Usted se enteró en agosto que tenía 8 meses de embarazo y recién formalizó su relación laboral, es decir, comenzó a aportar, no tendría derecho a la atención médica, por no cumplir con el primer requisito.
Saludos,
Oficina de Imagen Institucional
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Si me renuevan el contrato cada tres meses, existe protección para mi si estoy embarazada?
Estimada Karina:
Usted tiene derecho a la atención médica mientras se encuentre aportando (laborando) y por el período de latencia, después de haber dejado de laborar.
Saludos,
Oficina de Imagen Institucional
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Bns días :
Estoy embarazada de 17 semanas(4 meses) y el día 22 de Agosto del 2016 presente mi carta de renuncia xq no se me daba las facilidades(hostigamiento laboral) ya que tuve una amenaza de aborto y me internaron de emergencia una semana en el hospital donde estuve internada me dijeron que tenia que ir al policlinico de origen para extender mi descanso médico x más tiempo xq mi embarazo es de alto riesgo ya que es un embarazo gemelar…
En la empresa donde trabaje estuve 5 años 8 meses y 8 días… Mi pregunta es si por el período de latencia me correspondería atención médica(parto o cesárea, hospitalizacion tanto mio como el de mis bbs) … Esperando contar con su pronta respuesta… Grcs…
Estimada Nadia:
Si ha aportado el tiempo que indica, Usted tiene derecho a la atención médica por un período de latencia de 12 meses, desde el día siguiente al último laborado.
Saludos,
Estimado Fer:
Si la Comisión Médica ha determinado que se encuentra en incapacidad permanente, EsSalud ya no le continuará pagando su subsdio y tendrá que solicitar pensión de invalidez, sea en la ONP o en la AFP, donde se encuentre aportando.
Saludos,
Estimada Karina:
Usted tiene derecho a la atención médica mientras se encuentre aportando (laborando) y por el período de latencia, después de haber dejado de laborar.
Saludos,
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Buenaa tardes,
Una consulta yo comencé a trabajar el 9 de mayo y quede embarazada en fines de junio mi contrato vence el 9 de noviembre la pregunta es si me renuevan tengo derecho al periodo de descanso pre y post natal y a la lactancia? Caso contrario pierdo todo tmb el seguro?
Gracias
Estimada Vanessa:
Los requisitos para la atención por maternidad son: a) Haber estado aportando a la fecha en que se inicia la gestación; y, b) tener 3 aportaciones consecutivas o 4 no consecutivas en los seis meses antes de la fecha en que se desee atender. De acuerdo a lo que usted indica, tendría derecho a la atención médica. Indudablemente, si le renuevan el contrato continuará con su derecho. Si no le renuevan, sólo tendrá derecho si se encuentra dentro del período de latencia, más no al subsidio por maternidad.
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Buenas Tardes:
tengo 2 meses y medio de embarazo yo trabajo para un service y ya he cumplido 4 años trabajando se que en la empresa te dejan trabajar 4 años y 11 meses para no pasar a ser estable, pero a mi me cambiaron de tipo de contrato ya que era personal de limpieza a digitadora me liquidaron los años trabajados 2008 al 2012 y empece como digitadora 2012 a la actualidad sigo en la misma empresa mi consulta ya no se cuenta los años en total trabajados o solo los actuales xq ya tendria 9 años trabajando en la misma empresa y me pueden sacar del trabajo antes de q me den mi pre y post x maternidad gracias.
Estimada Amelia:
Así haya tenido períodos interrumpidos de trabajo, todos se cuentan, sobre todo, para los efectos de los regímenes de pensiones. Para la atención médica, también se cuentan. Si le modificaron el tipo de relación laboral a uno de contrato, está supeditada a la decisión del empleador en renovar, o no, el contrato. Pero, el contrato tendrá que ser renovado salvo que la función que realice ya deje de realizarse en la empresa. Si continúa esa función, el empleador deberá renovarle el contrato.
Saludos,
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buenas tardes:
tengo 2 meses y medio ya llevo 4 años trabajando para un service tuve un cambio de contrato a digitadora ya que era personal de limpieza el cual me liquidaron del 2008-2012. del 2012 a la actualidad vengo trabajando en la misma empresa en total ya llevo 9 años trabajando. mi consulta es me pueden despedir o ya soy una persona estable ya que tengo miedo a q me despidan antes de mi pre y post x maternidad.
Estimada Giuliana:
Habría que ver qué tipo de relación laboral tiene Usted. Si es contrato, siempre está supeditado a la decisión del empleador, salvo que la función que realiza haya sido modificada. Si esa función continúa, el empleador no tiene por qué dejar de renovarle el contrato.
Saludos,
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Buenas tardes, mi consulta es: vengo trabajando 4 años para una mype,ya cuento con 36 semanas de gestación, como sería el procedimiento para el pago de subsidio, yo lo tengo que solicitar ante Es Salud o la mype tendría que pagar el subsidio y solicitar el reembolso a EsSalud, por favor agradeceré mucho su respuesta.
Estimada Nahomi:
En ese caso, procede el trámite de reembolso. Es decir, la empresa (MYPE) deberá abonarle su subsidio y luego solicitar el reembolso al Seguro Social de Salud, Essalud.
Saludos,
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Buenos días, Quisiera saber si cambiar de empresa durante el embarazo afecta en algo el cobro de mi pre y post natal?
Sucede que estoy trabajando más de un año para una empresa y estoy pensando cambiar de trabajo a fin de mes (a una micro empresa).
A fines de octubre inicio mi periodo de licencia, cuando realice el trámite del pago podré hacer el cálculo en base a mis ultimas 12 aportaciones a pesar de ser otra empresa?
Hasta el momento cumplo con todos los requisitos para el cobro del subsidio.
Quedo atenta a su respuesta.
Gracias!!
Estimada Verónica:
El derecho al subsidio por maternidad es de la madre, sin interesar si está trabajando en una empresa y así cambie de empresa. El cálculo será en base a lo percibido en la última empresa. No necesariamente, en la empresa anterior. Y el reembolso será sobre lo percibido en la última empresa, según el número de meses que haya trabajado en la última.
Saludos,
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Buenas tardes una consulta soy docente contratada y tengo un hijo menor a un año asi que solicite mi hora de lactancia que segun tengo entendido es cronologica pero la directora del colegio donde trabajo solo me quiere dar una hora pedagogica cual posicion es la correcta?
Estimada Mariela:
De acuerdo a lo que nos indica, la hora de lactancia materna es hora cronológica.
Saludos,
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Hola, pienso empezar a trabajar en una servis y tengo una bebé de 6 meses, yo tengo derecho a tener 1 hora de lactancia? Lo puedo gestionar? O no me puedo acoger a dicho derecho? Porque?
Estimada Sonia:
El derecho al descanso por lactancia es por el niño nacido hasta 1 año de edad, no es indispensable hacerlo en una sola empresa. Puede canbiar de trabajo y el derecho contonúa.
Saludos,
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Quisiera saber si recibes gratificacion de diciemnre , si en ese periodo estas con descanso pre natal
Estimada Dalila:
Le corresponde la gratificación, pagada por el empleador.
Saludos,
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Buenas noches tengo una gran duda estoy embarazada ya de 35 semanas llevo mis controles en essalud mi doctor me a dicho que me programa mi necesaria para la semana 38 que empezaría el 1 de octubre mi esposo tiene 1año y 4 meses en una empresa la cual su contrato vence este 15 de septiembre y no le van a renovar quiero saber si me voy. A poder atender para mi parto y si me correspondería cobrar lactancia
Estimada Nataly:
Si su esposo deja de trabajar, Usted podría atenderse en maternidad durante el período de latencia que le podría corresponder a él.
Saludos,
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una consulta, espero que puedan ayudarme. yo vengo trabajando 2 años y tengo seguro y todo pero nunca me atendi en ningun centro que cubre mi seguro. Mi pareja esta embarazada, mi consulta es si a ella le pueden atender con mi seguro de trabajo. y que cubre este seguro, ella tiene recien 2 meses de embarazo
Estimado Víctor:
El hecho que usted no se haya atendido no es obstáculo para que lo haga en el momento que considere conveniente. Si su pareja (que se supone no es su cónyuge) ha cumplido con los requisitos para la atención médica por maternidad (1. que esté inscrita como concubina; 2 que haya estado usted aportando al momento en que se inicia la gestación; y 3. Que tenga 3 aportaciones consecutivas o 4 no consecutivas en los últimos 6 meses antes de la atención) puede atenderse en el Seguro Social de Salud, Essalud. Indudablemente, una condición indispensable es que esté inscrita como concubina o como madre gestante extramatrimonial.
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Que sucede si no deseo hacer uso del descanso medico por 90 días, si solo deseo hacer uso 20 días.
Estimado Lenin:
No sabemos a qué descanso médico se refiere, si al suyo para percibir el subsidio por incapacidad o al de su derecho habiente por su condición de madre gestante. Por favor, sírvanse ampliar su consulta.
Saludos,
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Buenas tardes,, quería hacerle una pregunta,espero me pueda contestar..tengo un mes y medio de embarazo,,trabajo para una tienda x departamento.. medio tiempo y tengo un contrato ,,pero no tiene un tiempo definido,,es depende como sea mi desempeño en el trabajo ,soy sateadora..me pueden despedir x mi embarazo
Estimada Allison:
Si Usted tiene una relación laboral formalizada no tienen por qué despedirla por su condición del embarazo. El rompimiento del vínculo laboral puede ser por terminación del contrato o por otro motivo pero no por su condición de madre gestante.
Saludos,
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Estimados buenas noches el motivo de mi consulta es soy trabjadora estable de una Ong tengo casi 3 años laborando y actualmente tengo 5 meses de embarazo tengo una Eps, y hasta la actualidad he tenido 25 dias de descanso médico, los cuales los primero 20 dias me los paga la empresa lo último Essalud a travez de un tramite de incapacidad que estoy tramitando.
Las condiciones laborales de mi trabajo me imposibilita realizar esfuerzo fisico del cual alli se requiere Al igual que tambien un gasto físico en exceso lo cual por mi condicion no puede ser posible. Mi empresa me ha comentado que debo de hacer de preferencia un descanso médico hasta que de a luz puesto que si sigo laborando dadas las condiciones laborales es un riesgo para mi salud y la del bebe. si esto procediera ante el seguro social yo como trabajadora estable tendría algun riesgo de perder mi trabajo despúes del post parto?
Muchas gracias.
Estimada Lisbet:
El riesgo de “perder” el trabajo, como Usted indica, no tiene relación alguna con su estado de gestación o de dar a luz. Las condiciones y relaciones laborales están en función, por lo general,del tipo de contrato laboral que tenga con su empleador, pero de ninguna manera por su condición de madre.
Saludos cordiales.
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Una consulta trabaje por dos años en una empresa hasta el mes de mayo , ahora estoy embarazada setiembre , quiero saber si empiezo a trabajar gozaria con beneficios de gestante me refiero al permiso despues del parto , y si no existe ninguna exclusion para contratar mujer embarazada le agradeceria me responda a mi correo
Estimada Jackelin:
Si empieza a trabajar puede tener derecho al descanso pero la atención médica por maternidad sólo si se encuentra dentro del llamado derecho de latencia, es decir, según el tiempo que ha aportado antes de dejar de trabajar. No tendrá derecho al subsidio por maternidad si es que no trabajó en el mes de inicio de la gestación. No existe impedimento legal para contratar a una persona, es potestad del empleador.
Saludos,
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Buenas tardes; yo estoy trabajando mas de 2 años en una municipalidad distrital de ayacucho, mi fecha de parto es 8 de noviembre y pedi licencia solo por un mes y me lo niegan : me dijeron q busque un reemplazo para que tome mi puesto x ese mes y que durante ese mes no me pagaran a mi , sino a mi reemplazo(hace un mes estoy capacitando a la señorita que me va a reemplazar); me dicen que no me corresponde por estar por locación por servicios ,me renovaban mi contratato cada 3 meses, pero ahora se vence el 30 de setiembre(quizas ya no me renueven mi contrato.
Puedo reclamar mi derecho a maternidad o no???
GRACIAS
Estimada Rebeca:
Si su trabajo es por locación de servicios, no le descuenta sus aportes para el Seguro Social de Salud, por tanto, tampoco tiene derechos ni de atención médica ni de subsidios. Los trabajadores por locación de servicios no tienen la calidad de afiliados regulares ante Essalud.
Saludos,
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Buenas tardes una consulta yo entre a trabajar fin de mes de noviembre y estoy gestando desde la quincena de octubre pero igual me están atendiendo en el seguro que es lo k cubre el seguro
Estimada Cynthia
Es correcto porque para la atención médica sólo exigen tener tres aportaciones consecutivas o cuatro no consecutivas en el período de seis meses antes de esa atención. Usted está cumpliendo con ese requisito.
Saludos cordiales.
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
hola q tal buenas tardes queria consultarle sobre mi esposa ella tiene 6 meses de embarazo y en el seguro(ESSALUD) no la atienden porq me dicen que ella a salido gestando cuando no a estado aportando ella ya pierde el seguro o sigue porq antes a estado aportando 3 años a essaludo y solo dejo de trabajar dos meses, queria saber sobre la licencia tbn porq la empresa le dice q no tiene derecho a licencia porque eso lo da el seguro (ESSALUD) o tbambien lo puede dar la empresa un ejemplo ya la empresa que le de la licencia sin que ESSALUD omita ningun carta esa licencia es remunerad o no agradeceria mucho me responda muchas gracias
Estimado Renzo:
Si su esposa no estuvo aportando a la fecha de inicio de la gestación, no tiene derecho ni a la atención médica ni a los subsidios. En cuanto al descanso laboral, no es materia de los derechos de Seguridad Social, sino un derecho del trabajador que debe darlo el empleador.
Saludos,
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Hola y buenas noches gracias x tu respuesta antisipadamente .
Yo ingrese a trabajar embarazada a los 3 meses y medio a 4 meses un 8 de junio 2016 y ahora ya tengo 32 semanas y me dicen q no cubriria nada en essalud y ahora no quieren q regrese a mi trabajo porque dice q me podria pasar cualquier cosa y aparte que no me renovaron contrato firme x 3 meses y trabaje hasta setiembre la cuestion es que me pide un documento en el cual diga que yo puedo seguir lsborando ya que el embarazo no es impedimento ..espero su respuesta en mis beneficios de maternidad y lactancia y otros gracias doctora
Estimada Shari:
Si no estuvo aportando al momento en que se inicia la gestación, no va a tener derecho ni a la atención por maternidad ni al subsidio por maternidad. El descanso médico podría obtenerlo si tiene alguna dolencia que no tenga relación con la maternidad, sino por otra enfermedad. El subsidio por lactancia sí se le otorgará si tiene 3 aportaciones consecutiva o cuatro no consecutivas en el período de seis meses antes del nacimiento del niño. Es por el nacimiento del niño.
Saludos cordiales,
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Mire mi consulta es la siguiente yo estuve trabajando en una empresa desde noviembre del 2015 asta abril del 2016 pero salí embarazada en marzo del 2016 y me quedé sin trabajo y de nuevo empezé a trabajar en Julio del 2016 pero tengo contrato de prueba por tres meses q acaba en octubre me puede contestar si me corresponde el subsido por maternidad mi hijo está programado para noviembre el 30 estuve aportando todo ese tiempo a essalud y bueno la empresa me puede despedir sime dan la licencia del pre espero me respondan gracias
Estimada Viviana:
Si no está trabajando a la fecha en que dá a luz y no se mantiene el vínculo laboral, no tendrá derecho al subsidio por maternidad. Este subsidio reemplaza a la remuneración, simplemente. Es decir, si no está trabajando, no tendrá derecho. No entiendo lo del despido. En todo caso, sería finalización del contrato, puesto que ha sido suscrito hasta el mes de octubre.
Saludos,
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buenos días, una pregunta: si entre a laborar recién a una empresa la semana pasada, y no sabia que estaba embarazada, si me aseguran al entrar, que beneficios tengo?? o no tengo beneficios? por parte de ESSALUd. Me cubre algo? o no?. muchas gracias
Estimada Danitza:
Si se refiere a la atención por maternidad y al subsidio por maternidad, lamentablemente, no tendrá derecho porque no ha estado aportando a la fecha en que se inició la gestación. Este es un requisito indispensable para la obtención de esos derechos por maternidad.
Saludos,
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Hola buenas, mi consulta era sobre mi pareja; trabaja desde el 2015 como profesora en un colegio particular, solo le dan boletas o es registrada en planilla de inicios de marzo a fines de diciembre, trabajo normal el 2015 hasta diciembre aportando al seguro ciertamente, pero quedo embarazada en febrero del 2016 y empieza a trabajar en marzo y a aportar al seguro en el mismo mes, solo por no haber quedado embarazada en el mes siguiente no tiene beneficio ser tratada en el seguro? y ni al descanso con remuneración o existe algún vacío legal para usarlo a nuestro favor.
Estimado Luis:
Es un poco confusa la situación laboral que describe. Al parecer trabaja de marzo a diciembre, todos los años. Bueno, lo cierto es que para tener derecho a la atención médica la ley indica que es necesario haber estado aportando a la fecha en que se inicia la gestación. Si no ha cumplido con ese requisito, no tendrá derecho a la atención médica. Igual, si el nacimiento del niño se produce estando trabajando le darán el descanso.
Saludos,
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Por favor quisiera saber lo siguiente; llevo trabajando casi 3 años como CAS y tengo apenas 1 mes de embarazo, a fines de este mes recortaran personal. Todo el personal tiene contrato de 1 mes, no se si me diran a mi hasta aqui..en ese caso, corre mi despido por termino de contrato (siempre nos contratan cada 3 meses, pero este mes solo el contrato salio de 1 mes para todos..por cambio de directores)- Gracias por la respuesta que puedan brindarme
Estimada Karina:
No lo dice pero, al parecer, usted está consultando si al terminar su Contrato usted continúa con su derecho a la atención médica por maternidad. Usted podría hacer valer su derecho al período de latencia. Si ha trabajado desde hace tres años (36 meses), como indica, tendría derecho a la atención médica por latencia hasta 12 meses más, después de haber dejado de trabajar.
Saludos,
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Firme mi contrato el 4 de mayo e ingrese a trabajar y justo en esta fecha salí gestando. Quisiera saber su me cubre loa subsidios por maternidad.
Estimada Daysi:
Si justo en esa fecha (mes) salió embarazada tiene derecho al subsidio, siempre que acredite tener tres aportaciones consecutivas o 4 alternadas en los 6 meses anteriores a la fecha de dar a luz.
Saludos
Buenas tardes:
tengo una consulta soy profesora contratada y actualmente estoy trabajando por contrato y ya estoy gestando durante mi contrato y dare a luz la primera semana de marzo 2017. Lo que quisiera saber es como los contratos se dan en febrero y accedo a uno me corresponde la licencia iniciando las clases o me niegan el contrato tengo dercho a el o no.muchas gracias.
Estimada Any:
Para tener derecho a la atención médica por maternidad es necesario cumplir con dos requisitos: a) estar aportando a la fecha en que se inicia la gestación; y, b) tener 3 aportaciones consecutivas o 4 alternadas dentro de los 6 meses anteriores a la fecha en que se desee atender. Si a Usted no le renuevna el contrato tendría que ver el número de aportes anteriores que tuvo para tener derecho a esa tención durante el período de latencia, es decir después de haber dejado de trabajar.
Saludos
CONSULTA: MI TIA ENTRO A LABORAR A UNA EMPRESA EN FEBRERO DE ESTE AÑO, LA INGRESARON A PLANILLA EN ABRIL Y EMPEZO A APORTA A ESSALUD EN MAYO, ELLA QUEDO EMBARAZADA A FINALES DE FEBRERO, ESTUVO HACIENDOSE ATENDER NORMAL EN ESSALUD, Y AHORA QUE ESTA A PUNTO DE DAR A LUZ LE RECHAZAN LA ACREDITACIÓN Y QUE AHI NO PUEDE DAR A LUZ NI ATENDERSE NADA RELACIONADO CON EL EMBARAZO, INDICANDO QUE AL MOMENTO DE SALIR EMBARAZADA TENIA QUE ESTAR APOTANDO. HAY ALGUNA MANERA DE SOLUCIONAR PARA QUE ESSALUD CUBRA EL PARTO?? ES VERDAD QUE NO PUEDE SEGUIR ATENDIENDOSE EN SUS CONSULTAS?? RECIBIRA EL BONO DE MATERNIDAD?? SU LICENCIA QUE YA LE DIERON DE PRE Y POST NATAL VALE??
Estimada Karen:
Si su tía no estuvo aportando en el mes en que se inició la gestación lamentablemente no tiene derecho a la atención médica por maternidad ni al subsidio por el mismo motivo. La licencia de descanso sí procede.
Saludos
Muy buenas tarde tengo una duda que espero uds.puedas disipar mi hija esta gestando y tiene 5 meses ingreso a trabajar en marzo de este año hace 2 dias la obligaron a firmar su carta de renuncia y le dijeron eso no era en contra de ella s8no qtambien iban a despedir a otra embaraza de su sala (traga monedas Macao) por su inexperiencia firmo e inmediatamente l3 abonaron su liquidación su contrato terminaba el 31 de este mes y su parto esta programado para el 24 de enero el seguro cubrira su parto ?o q tendria q págar ella al seguro para q continue la filiacion con ellos o q tendria q hacer gracias de antemano por su respuesta ..
Estimada Karen:
Su hija tiene derecho a ser atendida dos meses más después de haber dejado de trabajar, por su derecho de latencia, y de acuerdo a lo que usted indica. Salvo, que plantee una denuncia al Ministerio de Trabajo y pruebe que efectivamente la obligaron a renunciar, lo cual no es aceptado legalmente. Y si se hace prevalecer el contrato, es sólo hasta el 31 de este mes, igualmente no tendría derecho a la atención médica.
Saludos
buenos dias, soy contartada ya por la empresa por 5 años consecutivos y mi contrato vence el 31 de diciembre y doy a luz a fines de noviembre. ¿me corresponde mi pago por 90 días y mi contrato del otro año? o pueden no depender de mis servicios ?
Estimada Carito:
De acuerdo a lo que indica, sí tiene derecho a dar a luz en Essalud y al subsidio por maternidad por 98 días. Se encuentra dentro del cumplimiento de los dos requisitos esenciales: haber estado aportando a la fecha en que se inicia la gestación y haber aportado 3 meses consecutivos o 4 alternados dentro de los 6 anteriores a la fecha en que se desee atender.
Lo de la renovación del contrato es potestad del empleador.
Saludos
Mi consulta es la siguiente, trabajo varios años en una empresa,la cual aporta cada mes a Essalud, estoy embarazada ya de 38 semanas, en el seguro ya me dieron el certificado de licencia por maternidad que empezó el 19 de setiembre de este año, converse con el contador de la empresa y me dijo que recién en la declaracion de octubre presento mi documento, lo que necesito saber como hago yo para cobrar directamente el pago por el subsidio de maternidad que me corresponde, ya que el contador me indica que la empresa es la que tiene que hacer este tramite, pero yo deseo hacerlo directamente ya que no confió que la empresa me reconozca lo que me corresponde. Agradeceré su pronta respuesta, muchas gracias
Estimada Gilda:
Hay dos formas para hacer efectivo el subsidio por maternidad: que el empleador asuma el pago y, después, solicite el reembolso a Essalud; o que el propio asegurado lo reclame directamente a Essalud. Los empleadores privados están obligados al pago de acuerdo a la primera posibilidad; la segunda es sólo para los trabajadores públicos. Si usted es empleada del sector privado, el empleador está obligado a hacerlo, no puede estar esperando el reembolso de Essalud. De no hacerlo puede denunciar el hecho ante Essalud o ante el Ministerio de Trabajo.
Saludos,
Buenas noches y gracias por a atencion prestada mi consulta es que mi esposa esta laborabdo en una empresa ya hace 9 meses y ahora tiene 3 meses de embarazo su jefa la esta hostigando con diferentes cosas x ejemplo le quiere hacer firmar menorandun por faltas realizadas en meses anteriores (junio ) y otra por un pago q no realizo es posible q le puedan hacer un memorandun por algo q ha pasado meses atras y q solo a ella le hagan ese memo ya que hay variar personas que faltan y llegan tarde y no tienen memorandun y por ultimo su contrato termina en noviembre y no sabe si le van a revonar contrato que se puede hacer antes estos casos ya mencionados le agradesco su apoyo
Estimado César:
Su pareja tiene derecho a acudir a las citas médicas sin necesidad de “pagarlas” con otro tiempo laboral. Salvo que entre ambos, trabajador y empleador se pongan de acuerdo. En caso de persistir tendría que acudir al Ministerio de Trabajo para plantear su reclamo.
No existen otros descansos posteriores a los 98 días (antes era 90 días) de pre y post natal.
Saludos
Estimados ,
Una consulta mi pareja tiene 1 año y 5 meses en la empresa , ella tiene 11 semanas de embarazo como es normal el doctor le ha dado una serie de citas para distintos campos en el seguro , con diferentes fechas y horas, Lo que la empresa le está pidiendo a mi pareja es que los días que salga temprano para su atención cita medica , estos sean pagados quedándose más tiempo otros días , esto es legal ??por favor su ayuda ya que en que en todo caso son citas y no descansos médicos
Indicarme si le corresponde algunos días para la atención médica , muy aparte de los 90 días por parto , gracias
Estimado Carlos
Las citas médicas no pueden ser “pagadas” con otros día u horas, no tiene sustento legal. En todo caso, es facultad de la propia embarazada.
Saludos,
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Buenas tardes. Tengo una pregunta . Mire io estoy embarazada recien me entere cuando tenia 5 meses osea en febrero sali 3mbarazada estaba en un trabajo con planilla . Pero me sali de mi trabajo sin saber que estaba embarazada. Y empeze a trabajar y me di cuenta que estoy 3mbarazada y ia voy a cumplir tres meses en mi trabajo ahora io tengo ia casi 8 meses de gestacion quisiera saber si tengo derecho a descanso post _ parto y son pagadas o no .. y el seguro que tanto puede cubrir mi parto gracias
Estimada Maricarmen
Dos son los requisitos para atención médica por maternidad en EsSalud: a) haber estado aportando en el mes que se inició la gestación; y, b) tener aportaciones consecutivas o 4 alternadas al momento en que se desee atender. De cumplir con estos requisitos tendrá derecho a la atención médica y al subsidio por maternidad.
Saludos,
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Buenos dias quisiera volver hacer mi pregunta yo trabaje para una empresa en el 2015 hasta diciembre alli me hicieron mi ultimo pago luego enero y febrero no pagaron el seguro en febrero sali embarazada y el 1 de marzo empece a trabajar de nuevo para otra ugel y sigovtrabajando hasta ahora pero el seguro me dice que no tengo derecho a nada quiero saber si eso es cierto por favor.gracias
Estimada Magda:
Si no estuvo aportando en el mes que se inició la gestación, lamentablemente no tiene derecho a la atención médica por maternidad.
Saludos
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Soy docente contratada salí embarazada en marzo y mi contrato inicio el 1 del mismo mes y termina el 31 d diciembre y mi fecha probable del parto es el 16 d diciembre quisiera saber si me corresponde licencia pre natal y pos natal sabiendo q en diciembre se termina mi contrato. Y como es la situación d pago ?se persibe lo mismo o no en los meses d licencia? Y q pasa si pido solo 15 días por licencia materna . Se puede o no.
Estimada Margot:
Usted cumple con los requisitos para la atención médica por maternidad, en EsSalud. Pero, las licencias o los pagos por subsidios terminan en cuanto termina la relación laboral. No caben licencias ni pagos por períodos en los cuales usted ya no trabaja.
Saludos,
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Hola
Buenos días :
Yo venia laborando en mi empresa 2años y 4 meses, cuando se enteraron de que estaba embarazada me hicieron renunciar, mi contrato se vence el 30 de diciembre del 2016.
Esto ocurrió en setiembre, puedo denunciar?
Estimada Jakeline:
No entiendo aquello de que la hicieron renunciar. Si fue una actitud irregular del empleador usted tiene derecho a denunciar el hecho ante el Ministerio de Trabajo.
Saludos,
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BUENAS TARDES UNA CONSULTA MI SOBRINA ESTA GESTANDO Y TRABAJA EN UNA EMPRESA AHORA ESA EMPRESA LE ESTAN EXIGIENDO QUE RENUNCIE PORQUE DICE QUE HA ELLA NO LE TOCA NINGUN BENEFICIO, IGUALMENTE A ASISTIDO AL SEGURO Y TAMPOCO NO LE RECONOCEN SU PARTO NI LA ATENCION LLEVA LABORANDO 6 MESES.
Estimada Sandra:
La empresa no tiene derecho a exigirle la renuncia a su sobrina ni porque está embarazada ni porque “no tiene derechos”. Su derecho a la atención médica por maternidad se le brindará en EsSalud siempre que hubiere estado aportando a la fecha en que se inició la gestación. Pero, eso no es causal para exigir una supuesta renuncia.
Saludos,
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Buenas Tardes, Gracias por su respuesta.
Tengo contrato desde el 02 de marzo, y como FUR el 23 de Febrero mi pregunta es si me corresponde la atención del parto (FPP 30 Noviembre) y los subsidios. Nuevamente, gracias por su respuesta.
Estimada Jeanne:
Los requisitos para la atención médica y los subsidios por maternidad son: a) haber estado aportando a la fecha en que se inicia la gestación; b) tener 3 aportaciones consecutivas o 4 alternadas en los 6 meses anteriores a la fecha en que se desee atender. Si se cumple con esos requisitos, puede hacer efectivo su derecho.
Saludos,
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Estimados, mi consulta es la siguiente: Entré a laborar para el estado mediante contrato CAS el 05 de setiembre del presente. Entré a laborar con 6 meses de embarazo. Quería saber si mi caso aplica para la licencia de maternidad (beneficios), o en todo caso que requisitos necesito cumplir. El parto es el 10 de diciembre y mi contrato vence el 31 de diciembre. Quisiera saber si cuando finalice mi contrato, cabe la posibilidad de que no lo renueven, entendería que es posible. Gracias.
Estimada Celia:
Si a la fecha de inicio de la gestación, no estaba aportando, lamentablemente, no es posible su atención médica ni el subsidio por maternidad.
En cuanto a la no renovación del contrato, es potestad del empleador hacerlo, o no.
Saludos,
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mi esposa tiene 6 mese de gestación y por distancia al centro de trabajo a decidido trabajar en otra empresa mas cercana a mi casa pierde el descanso medico por maternidad
Estimado José Luis:
Si te refieres al descanso médico por maternidad (más no al subsidio ni a la atención médica), no lo va a perder.
Saludos,
Oficina de Imagen Institucional
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buenas tardes desear saber por ejemplo yo trabajo para el estado ugel pero estoy en una plaza eventualparte administrativa desde el mes de marzo y termina en diciembre. pero ademas estoy gestando tengo cinco meses en diciembre seis pero ya vence mi resolucion este diciembre quisisera saber si la entidad me sacara ya q vence en diciembre o por mi gestacion no me pueden sacar me avala y puedo gozar del mes y medio de post parto y pre parto y si en vez de utilizar ese mes y medio antes y despues lo puedo utilizar despues q nasca mi bebe los tres meses q corresponde.gracias desearia su respuesta lo antes posible.
Estimada Laura:
Si en el mes de inicio de sus gestación Usted o su esposo estaba aportando al Seguro Social y tiene tres meses de aportaciones, tiene derecho a la atención médica y al subsidio por maternidad. Si tiene derecho, puede acumular todos los días del subsidio para la fecha posterior al parto.
En su relación laboral rige el contrato laboral y éste contrato puede, o no, ser renovado. Si no es renovado, lamentablemente, su derecho al subsidio por maternidad y su descanso termina, el día en que deja de trabajar. La renovación no está supeditada a la gestación.
Saludos cordiales,
Oficina de Imagen Institucional
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BUENAS TARDES MI CONSULTA ES LA SGTE:EN JULIO 2016 ME CONTRATAN EN EL SECTOR PUBLICO (LEY 276),YA TENIA 1 MES DE GESTACIÓN,, HASTA DICIEMBRE ESTARIA APORTANDO A ESSALUD, MI PARTO ES PARA EL MES DE FEBRERO,YA RENOVE CONTRATO PARA EL 2017, QUERIA SABER SI ME CORRESPONDE EL SUBSIDIO POR MATERNIDAD, Y EL DERECHO DE PRE Y POST NATAL.., ASIMISMO HASTA DICIEMBRE 2015 ESTUVE LABORANDO COMO CAS EL CUAL HACIA NORMAL MIS APORTES PARA ESSALUD.(ESOS APORTES CORRESPONDERIAN PARA MI SUBSIDIO O YA NO?)..
MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN
Estimada Veky:
Para tener derecho a la atención médica y al subsidio por maternidad es necesario que la madre gestante (o el titular) haya estado aportando en el mes en que se inicia la gestación. Si no se cumple ese requisito, como al parecer es su caso, lamentablemente, no tendrá derecho a ambos beneficios.
Saludos,
Oficina de Imagen Institucional
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Buenas tardes, pero mis derechos por ley por los dias de pre y post,, ¿me corresponderia?
osea me refiero al descanso médico (no el subsidio ni la atención médica)..
Estimada Veky:
Todas las trabajadoras que dan a luz tienen derecho al descanso laboral por maternidad (pre o post), según se pongan de acuerdo con el empleador en cuanto a ser distribuidos o todos, posteriores a la fecha del parto.
Saludos,
Oficina de Imagen Institucional
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Una consulta, si yo inicie en un nuevo trabajao cuando mi bebe tiene tres meses me corresponde el horario de lactancia hasta que mi bebe tenga un año??
Estimada Verónica:
Sí, tiene usted derecho al descanso laboral hasta que el (la) bebé cumpla un año de nacido (a). No hay inconvenientes.
Saludos cordiales,
Oficina de Imagen Institucional
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¿Quién paga el salario durante la licencia por maternidad?
La licencia por maternidad se paga completa por la Seguridad Social.
* Cuales son los requisitos para solicitar esta paga.
* cuanto equivale el monto por por le salario durante la licenc ia por maternidad.
Estimada Magali:
El subsidio por maternidad se paga de la siguiente manera: si es trabajador del sector público lo debe solicitar directamente a Essalud. Si es trabajador del sector privado, lo paga el empleador quien, luego, solicita el reembolso a Essalud. Los requisitos se los entregan en la Oficina de Essaldu y el monto es equivalente al promedio de remuneraciones de los últimos cuatro meses.
Saludos cordiales,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Buenas noches en el mes de agosto salí embarazada me cambié de trabajo por tal motivo mi seguro estuvo activo hasta el mes de Oct Pero en mi nuevo trabajo me pusieron en planilla en el mes de Enero ,todo el mes de febrero se activó a seguro pero este me de Marzo no dicen queme lo activarán lo antes posible. Yo aún sigo laborando mi bebe nace en mayo .tendré descanso por alumbramiento recibirw lactancia materna . Gracias
Estimada María:
Si usted está trabajando tiene los deberes (pago de aportaciones por su empleador) y derechos como todo trabajador. Si su bebé nace en mayo y acredita haber estado aportando al momento de inicio de la gestación y tener tres aportaciones consecutivas o cuatro alternadas al momento en que se produce el derecho, pues le darán ese derecho. No se trata de activar o no, se trata de que todo trabajador tiene la obligación de aportar y recibir derechos.
Saludos cordiales,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Mi novia labora mas de 4 años en su empresa le dan permisos para sus citas medicas pero le descuentan las horas en su sueldo o la ponen a recopemsar esas horas. (segun l dicen xq interfiere en el horario de trabajo)
Aparte abril mayo le an asegurado q tiene q trabajar domingos feriados y una vez ala semana de noche de 1 a 10 pm( justifican diciendoles q otras trabajadoras saldran de vacaviones)Cuando mi novia trabaja de 8 a6pm lunes a sab
Mi novia qiere renunciar por todo estos motivos pero tiene miedo a perder sus permisos x lactancia y su subsidios de maternidad su essalud
Estimado Alexander:
Lo de los permisos laborales es un tema esencialmente con la empresa. Si renuncia, obviamente, no tendrá derecho a los subsidios por incapacidad y maternidad (si se generan después de la renuncia) pero no pierde el subsidio por lactancia.
Saludos cordiales,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Mi empresa no me quiere renovar y estoy embarazada, nose si ellos estan en la obligación de contratarme o no, pero yo tengo 1 año y medio trabajando con ellos
Estimada Karol
La empresa no está obligada a renovar el contrato, salvo que su puesto deba ser cambiado. Si su puesto, continúa y es ocupado por otra persona se estaría yendo contra la ley y usted podría plantear su reclamo.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
quisiera conultar lo siguiente: trabajo desde enero 2016 para un CLAS por contratacion 728, a la fecha tengo un periodo de gestacion de 6 meses, y por las constantes huaycos y fenomenos naturales me produce excesivo dolor imposibilitando el poder caminar. ahora quisiera pedir un mes de licencia sin goce de haber previo a mi periodo de licencia por maternidad que entrara en vigencia desde el 1 de mayo 2017. Mi consulta es si el pedir esta licencia sin goce afectara o anulara mi derecho de licencia por maternidad. Gracias por resolver mi duda.
Estimada Isabel:
La licencia sin goce no interrumpe su derecho ni lo anula.
Saludos cordiales,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Buenas, tengo 3 meses de embarazo y mi empresa no me quiere renovar mi contrato que vence el 21 de marzo, ya me fui al ministerio de trabajo pero nose si la empresa esta en la obligación de volver a contratarme o no, ayudaa
BUENOS DIAS TENGO 3 MESES DE GESTACION Y VENGO TRABAJANDO YA 7 MESES EN UNA EMPRESA PRIVADA MI CONTRATO TERMINA ESTE FIN DE MES PERO EH TENIDO UN INICIO DE EMBARAZO COMPLICADO CON DESCANSOS MEDICOS ME DIJERON QUE ESO INFLUYE EN LA RENOVACION DE MI CONTRATO SE RENUEVA CADA 3 MESES INCLUSO POR MI ESTADO ME BAJARON A UN PUESTO MENOR DEL QUE TENIA ANTERIORMENTE INCLUYEDO QUE LOS TIEMPOS DE GESTION DE LA EMPRESA SON CONTROLADOS GENERANDO INCONVENIENTES PORQUE EN MI ESTADO ES DIFICIL CONTROLAR UN POCO LOS ESFINTERES Y ESO HACE QUE TENGA EXCESO DE TIEMPO EL CUAL TENGO QUE PAGAR FUERA DE MI HORARIO LABORAL ME COMENTARON QUE POR SER UNA EMPRESA PRIVADA Y EL ESTAR EMBARAZADA ESTA INFLUYENDO EN MI GENTION ELLOS ESTAN EN LA FACULTAD DE YA NO RENOVAR MI CONTRATO NO SE SI ESO ESTA BIEN
Estimada Sarai:
La renovación del contrato es una facultad del empleador pero no debe basarse en la gestación. Si considera que es así, puede acudir al Ministerio de Trabajo para denunciar el hecho.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Necesito sabe si tengo los derecho de ley sobre mi embarazo, tengo ya siete meses, y recien desde enero e ingresado a planilla.
Estimada Liliana:
Si no estuvo aportando a la fecha de inicio de la gestación, lamentablemente no va a tener derecho.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Buenos días quisiera consultar. Yo me encuentro gestando de 35 semanas me otorgaron una licencia sin gose ya que no me encuentre laborando nuevamente en la fecha de concepción de mi bb que fue en agosto. Me estoy atendiendo en essalud por el período de latencia ya que trabaje desde octubre 2014 hasta el 18 de abril 2016 renuncie y volví a laborar en septiembre 2016 hasta que me dieron la licencia sin gose. Quiero saber si en este período de licencia la empresa aportará mi essalud? Y si me corresponde el pago de la lactancia 820. 00 actualmente me estoy atendiendo en essalud acreditada como gestante titular. Gracias
Estimada Yosy
Su consulta no es muy clara. En el período de licencia sin goce, no se pagan los aportes porque, precisamente, no goza de remuneración. Si a la fecha de dar a luz cumple con los requisitos, le otorgarán el subsidio por lactancia si es que fue titular o derecho habiente y madre gestante de un asegurado titular.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Tengo 8 +4 y tengo un hematoma la cual el doctor me ha dado reposo absoluto por amenza de que pierda al bebe, trabajo en un contacto center y recién tengo 2 meses de antigüedad tengo los mismos derechos pueden despedirme???
Estimada Mony
Todo depende de tipo de relación laboral que tenga con su empleador. Si es contrato, el empleador tiene la facultad de no renovarle el contrato. Además está en período de prueba y aun no tiene los derechos laborales.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Buenas tardes:
Trabajo como docente a tiempo completo en una universidad y como docente a tiempo parcial en otra. Mi pregunta es que, si me otorgan la licencia y el subsidio en la primera, puedo continuar trabajando a tiempo parcial en la otra. En el lugar donde trabajo a tiempo completo, me han indicado que no. ¿Es así?
Estimada Ángela
Si está percibiendo subsidio por incapacidad, se entiende que es para cualquier trabajo. No podría para uno y para otro, no. Salvo, alguna excepción muy especial.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Buen día, mi consulta es. Yo estuve trabajando desde marzo 2016 hasta diciembre del 2016 modalidad CAS, el 01 de junio quedé embarazada y en diciembre culminó mi contrato y no fui renovada, en marzo del 2017 regresé ah trabajar, el 13 de marzo di a luz, Essalud índica que no puedo pedir licencia que todo mis derechos se extinguieron por dejar de aportar en enero y febrero. Quisiera que dicipe mi duda, si puedo pedir derecho de lactancia y subsidio por maternidad si no pido licencia
Estimada Marlyn Sanchez Campos
Tendría que aclara bien la respuesta de Essalud puesto que los períodos de latencia deben ser considerados para un derecho.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Hola que tal bueno mi consulta es mi esposo es el titular el ha trabajado 2 años y 7 meses en una empresa la fecha del último día es 30 de diciembre 2015. El empezó a trabajar por planilla el 1 de noviembre del 2016 yo quedo embarazada en agosto cuando el no laboraba le corresponde atención por latencia pero quiero saber si también corresponde el derecho de lactancia… Gracias
Estimada Rossmery
No, el derecho de latencia es sólo para la atención médica.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
hola soy ana maria tengo laborando como contratada 3 años y estoy embarazada de 6 meses como y a donde tengo que ir a presentar mi oficio para pedir licencia y si mi licencia sera pagada
Estimada Ana Maria Ibarra Huertas
La licencia la presenta ante su empleador y el pedido del subsidio es al momento previo o posterior a dar a luz. El empleador (si es privado) deberá abonarle el subsidio y, después, solicitar el reembolso al Seguro Social.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Buenas noches:
En mi trabajo, me indicaron que el monto de subsidio es el cálculo que realizan considerando la remuneración de los 12 meses previos a la licencia. Es así?
Por otro lado, me estoy atendiendo en un consultorio de un médico particular. Entonces, debo ir, de todos modos, a una clínica u hospital para la emisión del certificado. Con cuánto tiempo de anticipación debo hacer los trámites en Essalud?
Otra cosa: si salgo de licencia a inicios de julio, igual me corresponde gratificación?
Finalmente, yo trabajo también como freelance para una empresa extranjera que me paga con recibos por honorarios. En los meses de licencia, puedo seguir percibiendo remuneración bajo esta modalidad?
Gracias de antemano
Estimada Angela Trujillo
Sí, el monto de subsidio es el cálculo que realizan considerando la remuneración de los 12 meses previos a la contingencia.
No necesariamente debe atenderse en Essalud. Tendrá que canjear los certificados parasolicitar el subsidio, en Essalud.
Seguramente, recibirá como gratificación, la parte proporcional de los 6 meses al que corresponde.
Si trabaja por honorarios, no está aportando a Essalud, obviamente tampoco tendrá derechos.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Buenos dias,
Mi pregunta es la siguiente:
Estoy gestando de 6 semanas recien y mi embarazo anterior fue un tanto complicado en el hospital Rebagliati, entonces con ese mala experiencia quisiera dar a Luz en un hospital privado pero quisiera saber si puedo reclamar el subsidio por lactancia.
Gracias
Estimada Lily
No hay inconvenientes. Así dé a luz en una clínica privada tendrá derecho al subsidio por lactancia.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Buenas noches: una consulta el día 31 de Marzo se venció mmi contrato, trabaje por 06 meses, y tengo 5 meses de embarazo, ya no me renovaron el contrato, yo he cumplido con mi trabajo, que lo tengo al día, y he hecho horas extras, nadie ha tenido quejas de mi, no he dado problemas, quiero saber si existe alguna Ley que me ampare, soy de Perú. o si se puede despedir por término de contrato a una gestante.
Ana
Es un problema netamente laboral. Se trata de una renovación de contrato (no despido) y si no se renovó por causa de embarazo, podría reclamarse. Mejor dicho la no renovación no debe tener por fundamento el embarazo.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Buenos dias mi esposa tiene 26 semanas de gestacion , tuvo complicaciones y le dieron descanso medico hasta finalizar el embarazo mi pregunta es si se consideraran los 45 dias de pre natal o correra despues de que termine el descanso medico.
Gracias por su respuesta.
Estimado Edgar
El subsidio por maternidad corresponde a los 45 días antes y 45 días después del parto.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
buenas noches ,
acabo de ser aceptada para un puesto laboral, tengo 4 meses de gestación.
despues de haberme aceptado podrian no contratarne por estar gestando?
Estimada Raquel Zam
¿Ha sido aceptada y no la contratan? ¿Podría aclarar la situación, por favor? Todo contrato es potestad del empleador.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
buenos dia tengo 5 meses d embarazo y e entrado a laborar hace 2 meses pero yo nunca e hecho uso del seguro siempre e aportado igual puedo hacer uso del seguro o no???
Estimada Lizeth
Si tiene tres aportaciones consecutivas o cuatro alternadas dentro de los seis meses antes de la fecha en que se desee atender, tiene derecho a esa atención.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Buenas Tardes
Trabajo desde el 05 de Nov. del 2016, estoy en planilla desde el primer dia, mi contrato es por 6 meses, el cual finaliza a fines de este mes, me comunicaron verbalmente que me van a renovar por 6 meses mas,
Tengo una gestación de 5 meses , en mi caso como seria: que beneficios recibiria de la empresa? Sere atendida por Essalud? Recibire pago por Maternidad por Essalud? Deberia comunicar mi gestación al momento de firmar mi renovación? Cual seria el medio de informar mi gestación? Y si no me quieren recibir algun informe? A quien debo informar al Gerente o a Recursos Humanos?
Agradecere cada respuesta.
Hasta Pronto!
Hola
Estimada Delia
Si Usted tiene tres aportaciones o cuatro alternadas antes de la atención médica o el nacimiento del niño, tendrá derecho a la atención médica y a los subsidios. En cuanto a la comunicación a la empresa, es decisión suya ver en qué fecha le comunica.
Oficina de Imagen Institucional
Derrama Magisterial
hola recien tengo un mes trabajando y firme contrato por 6 meses y sali gestando me botan de mi trbajo
Estimada Diana
No hay ninguna norma legal que permita despedir a una persona por estar gestando.
Saludos,
Hola buenos días mi consulta es: yo ingrese a laboral el 14 de diciembre y del mismo mes el 29 de diciembre me dieron la noticia que estoy gestando 8 semanas quiero saber si me cubre mi maternidad de gestación la atención como gestante en el essalud por que me negaron la atención en caso contrario me dijeron que tengo que pagar particular. Yo ingrese a laborar sin saber que ya estaba gestando 8 semanas en mi centro de laboror me han hecho ya el descuento de 4 meses quiero sabes que es lo que solamente me cubre…. gracias
Cintia
A la fecha, sólo le van a exigir como requisito, tener 3 aportaciones consecutivas o 4 alternadas anteriores a la fecha en que se desee atender.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Hola buenas noches, soy docente contratada desde el 01 de marzo hasta el 31 de diciembre 2017 y me encuentro gestando con 24 semanas de embarazo que equivalen casi a 6 meses, llevo un embarazo riesgoso desde el primer mes con amenaza de aborto y estado en tres oportunidades en emergencias de essalud, mi situacion a hora es que presento sintomas de picason en todo mi cuerpo, esto es insoportable y esto es casi todo el dia, no puedo ni dormir y me han detectado que tengo una colestasis, tengo un hijo de 8 años que nacio de siete meses por estos mismos sintomas y no me siento bien, fisica ni emocionalmente para sistir a mi centro de labores, esto me esta afectando en mi trabajo por lo que no puedo concentrarme estoy mas preocupada por lo que le pase a mi bb. en mi trabajo ya no lo ven bien muchos permisos que son justificados y me piden que renuncie por que estoy perjudicando a los chicos , yo no quiero renuciar por que necesito el trabajo pero a la ves tambien me preocupa el estado de salud de mi bb, lo que yo quisiera es un descanso medico por lo menos de 15 dias pero el doctor que me atendio por emergencia la ultima ves me dice que solo se da el descanso medico cuando halla sangrado y lo que yo tengo es perdida de liquido, la colestasis y no me siento predispuesta a trabajar .no se que hacer . espero urgente su respuesta por que siento que si los doctores de essalud no me dan el descanso medico me vere obligada a renunciar por que no estoy haciendo un buen trabajo concientemente, por los sintomas que estoy teniendo, por favor que hago.que me recomienda usted.
Estimada Yanet
Lamentablemente, es una situación eminentemente médica que no la podemos solucionar. Tendría que insistir con su médico tratante.
Saludos cordiales,
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hola
Hola qué tal yo acabo de entrar a trabajar el 7 de abril y tengo 4 meses de embarazo pero tuve seguro EsSalud hasta enero y me lo acaban de activar denuevo pero quería saber si es que me corresponde lactancia el pago por el nacimiento del bebé y si es que me pueden votar en el trabajo
Estimada Guadalupe
Usted tendrá derecho a la atención médica cuando cumple con tres aportaciones consecutivas o cuatro no consecutivas dentro de los seis meses antes de la atención médica. Y el Subsidio por lactancia lo va a tener después del nacimiento del niño o niña.
Saludos cordiales,
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Buenas tardes:
mi consulta es la siguiente, yo vengo laborando bajo contrato CAS (ley 1057) en una I. E con jornada escolar completa, entre a laborar en el mes de febrero, con 4 meses y medio de gestacion, mis contratos son renovados cada 3 meses, mi pregunta es la siguiente: con la renovacion de mi contrato en el mes de mayo, cuantos dias de licencia por maternidad tengo y si tengo algun otro beneficio adicional.
Estimada frecia maryori
No hay diferencias de los trabajadores CAS con otros del régimen laboral general. Tiene derecho al descanso (licencia) pre y post natal. En cuanto al subsidio por parte de Esaslud tiene que cumplirse con los requisitos de las tres aportaciones o cuatro no consecutivas dentro de los seis meses antes de la atención médica.
Saludos,
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Hola tengo una duda mi esposa ya tuvo su hijo y ya termino la suplente él periodo prenatal, ahora le dieron su baja de posnatal pero él suplente ya no quiere firmar él segundo contrato de posnatal, él técnico nos dijo que no se puede regular a otro suplente, tiene que ser él mismo nos dijo, que se aria en este caso. Por favor pueden aconsejarme por favor se les agradecería.
Estimado Rímel Coca Terrazas
No entiendo lo de “suplente” ¿podría aclarar previamente, para dar una opinión completa, por favor?
Saludos,
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Buenas noches, según mi fecha probable de parto salgo de licencia el 3 de mAyo, pero he pedido salir desde el 22 de mAyo. Que pasa si el parto se adelanta antes que salga de licencia? Puedo perder mi subsidio de Essalud?
Estimada Yuri
Las modificaciones en la atención del parto es un asunto netamente médico. Sobre todo, lo del cambio en las fechas , esto tiene que aprobarlo el médico tratante porque es su responsabilidad. Si cuenta con esa aprobación del médico tratante, no habría problemas tampoco para el otorgamiento del subsidio.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Hola , quede embarazada un mes antes de entrar a mi nuevo trabajo pero cuando entre no sabia que estaba embarazada , ahora me dicen que como entre ya embarazada no merezco el gozo de 90 dias pre y post natales eso es correcto? solo quieren adelantar las vacaciones de 1 mes
Estimada Lidia
Las normas de EsSalud han establecido recientemente que para la atención médica por maternidad NO es necesario que haya estado aportando a la feche en que se inicia el embarazo; pero para los subiidios, SÏ se sigue exigiendo. No tendría derecho a los subsidios pre o post natal.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Buenos días estoy laborando en una empresa desde el 20 de febrero pero entre con 2 meses de embarazo ,antes hasta agosto del 2016 estuve trabajando en plaza vea en planilla, mi pregunta es me corresponde la licencia por maternidad o no? Ya que essalud te corta el seguro después de 3 meses de haber renunciado… Gracias.
Estimada Luzbet
Tiene derecho a la atención médica más no al subsidio por maternidad. En este último caso, solicitan que haya estado trabajando a la fecha de inicio de la gestación.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Buenas noches mi consulta es la siguiente :
Yo ya llevo trabajando para una empresa 7 meses incluido este mes ya no me van a renovar contrato y actualmente tengo ya seis meses de gestación, mi consulta es aun podre cobrar la lactancia porque se que si podre atenderme ,muchas gracias
Estimada Violeta
El subsidio por lactancia se paga a las madres que se encuentran trabajando o cuando sus esposos o parejas se encuentran laborando.
Saludos,
Oficina de Marketing, Comunicaciones e Imagen-MCI
Hola, mi nombre es Joselyn
Tengo un contrato de trabajo que rige desde el 01 de marzo hasta el 29 de junio del presente.
Tengo una gestación de 6 meses y 2 semanas , Actualmente estoy afiliada al SIS, en mi caso como seria: que beneficios recibiria de la empresa? Sere atendida por Essalud cuando se active mi seguro? Recibire pago por Maternidad por Essalud?.
Agradecere cada respuesta.
Hasta Pronto!
Estimada Joselyn Arauco Espinal
Si Usted está trabajando debería estar en EsSalud y no en el SIS. Al momento en que deja de trabajar, tendría el derecho de latencia (unosmeses después de haber dejado de trabajar) y si termina ese período podría ser atendida por el SIS. Si cuando dé a luz, se encuentra trabajando tiene derecho al subsidio por maternidad, delo contrario, ya no.
Saludos,
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una consulta, tengo 8 meses de embarazo, pero 3 meses en el essalud, me dicen que quiza no cubra parto, quisiera mas informacion sobre eso
Estimada Dariana yaipen
Si usted no estuvo aportando ala fecha en que se inicia la gestación, SÍ tiene derecho a la atención médica pero NO tiene derecho al subsidio por maternidad.
Saludos,
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BUEN DIA, TENGO 2 MESES DE GESTACION TRABAJO EN EL SECTOR PUBLICO Y MI COSNTRATO ES CAS RENOVABLE CADA MES Y AHORA ESTOY OCULTANDO MI EMBARAZO PORQUE NOSE SI LES DIGO Y ME DESPIDAN O PONGAN FIN A MI TRABAJO Y ME EMBARAZE EN EL PRIMER MES DE APORTE A ESSSALUD ,MI PREGUNTA ES SI CULMINAN MI CONTRATO Y SOLO TENGO 03 APORTACIONES A ES SALUD ,SEGUIRE ATENDIENDOME HASTA DAR A LUZ,PORQUE AHORA NO ME ESTOY HACIENDO CHEQUEAR
QUE HAGO AYUDEME PORFIS
Estimada TERESA
Si Usted ha trabajado por un período menor a 5 meses, NO va a atener derecho de latencia, es decir, a seguir atendiéndose por unos meses después de haber dejado de trabajar.
Saludos,
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Y SABER QUE DERECHOS TENGO
buenos dias, mi consulta es, yo tengo una nena de 6 meses entre a trabajar por CAS en marzo del presente (anteriormente estuve como tercero), quisiera saber si me corresponde el derecho de una hora de lactancia, ya que mi empleaor me comunica que tengo que tener minimo 6 meses en CAS para gozar de ese beneficio.
Estimada Liza
Sí, tiene derecho a la hora de lactancia hasta que cumpla un año de edad.
Saludos,
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Buen día… mi pareja está embarazada de ya 8 meses y días… ella tiene contrato sólo hasta el fin de este mes… el doctor del seguro social ya le extendió la licencia médica por 98 días y el empleador ya no le quiere renovar… las preguntas son las sgtes: ella aún puede cobrar el bono de la lactancia si ya no tiene contrato? Y que pasaría con la licencia por maternidad que emitió el doctor del seguro social que ya se presentó al empleador dentro aún del presente contrato?
Estimado Miguel
Si termina el vínculo laboral, termina su derecho a subsidio por maternidad. Por más que le hayan otorgado ese tiempo de licencia, al romperse el vínculo laboral, los derechos se dejan sin efecto. El subsidio por lactancia, lo puede percibir en su calidad de madre.
Saludos,
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buenos dias mi duda es, llevo trabajando dos meses en una agencia de viajes, mi jefe me dijo el primer dia q iba a ser asegurada, y aun no me asegura, sali embarazada y el me permitio seguir trabajando, pero aun no estoy asegurada, el dice q si me va asegurar pero tengo la duda si pasados mis tres meses de embarazo aun puedo tener la gratuidad del seguro y mis permisos de maternindad y lactancia en el tiempo que ya me toque.,…. o abria algun problema q me aseguren despues de estar embarazada… auqnue como les digo aun nada q me aseguran… ayuda pr favor
Estimada Solange
Todo trabajador que inicia una relación laboral formal, debe ser incorporada a planillas. Con ello, tiene derecho a las atenciones médicas, según los requisitos que se requieran. Y la incorporación debe ser desde el primer día de trabajo. Es conveniente que se dirija al Ministerio de Trabajo para comunicar el hecho.
Saludos,
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Buenas tardes en mi caso ingrese a trabajar al Gobierno Regional en el mes de noviembre en una planilla por contrato temporal de inversion cuya obra aun esta ejecutandose, pero me estan notificando que mi contrato a culminado , y estoy con 5 meses de embarazo, ¡¿ pueden culminar mi contrato estando yo gestando , hay alguna ley en la cual me puedo amparar? ¿ de darse el caso como queda mi atencion el Essalud ya que anterior mente estuve trabajando en otra entidad no dejando de aportar a Essalud? , Espero su guia
Estimada ELIANA
La renovación del contrato es potestad del empleador. Sin embargo, no se puede despedir a una persona por la causal de estar embarazada y si es que el cargo que ocupa no ha sido eliminado. De proceder la finalización del contrato, obviamente ya no tendría derecho a la atención médica, salvo que su período de latencia (derecho a algunos meses de atención después de haber dejado de trabajar) se encuentre vigente.
Saludos,
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Buenas Tardes:
Ingrese a trabajar (por nombramiento) al sector publico en una Direccion Regional de Salud, el día 26 de octubre del 2016, desde dicho mes vengo aportando al essalud (anteriormente mi afiliacion estuvo vigente hasta mayo del 2016). Me embarace en setiembre del 2017, ante lo cual hice la consulta en mi institucion así como en las oficina del asegurado del essalud, donde se me indica que no tengo derecho a la licencia por maternidad ni al subsidio por haberme embarazado un mes antes de empezar a aportar al seguro.
He revisado los requisitos para el pago del subsidio y efectivamente he verificado que no cumplo los requisitios, pero lo que desearía saber es si aun tengo derecho a la licencia, ya que en mi institución asi como en la oficina del asegurado se me sigue informando que tampoco tengo derecho a la licencia por maternidad.
Muchas gracias por su respuesta
Estimada Evelyn Rodríguez
Si Usted (o el titular del derecho) no estuvo aportando al momento de la concepción tendrá derecho a la atención médica más no al subsidio por maternidad. La licencia por maternidad, es decir, el descanso laboral podría darlo el empleador pero sería sin goce de remuneración, precisamente, por no tener derecho al subsidio.
Saludos cordiales.
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Muy buenos días, mi conuslta es la siguiente: ¿Cuándo podrá hacer uso del seguro Essalud mi hija, si ya llevo 1 mes trabajando por el servicio CAS?
Estimado Erick Saldaña
Todo trabajador que recién ingresa a laborar y sus familiares más cercanos (cónyuge o concubina, hijos menores de 18 años e hijos incapacitados para el trabajo), debe acreditar tres meses para tener derecho a la atención médica, salvo que se trate de una atención por una emergencia.
Saludos,
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tengo casi 7 meses de gestacion y mi parto esta programdo pra julio estoy asegrada por mi trabajo en essalud, pero mi contrato termina en junio.
me podran renovar el comntrato? ya no recivire subsidio de lactancia?
Estimada ERIKA
Si termina su contrato en junio podría tener derecho a la atención médica mientras dure su período de latencia. Pero, el subsidio por lactancia sólo le otorgarán si es que sigue con vínculo laboral.
Saludos,
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Buen día. Para q me pueda orientar …Tengo contrato del 1 de marzo hasta 22 diciembre en un colegio privado. En el cual me desempeño como auxiliar ..Tengo 14 semanas de gestación y fui a EsSalud para averiguar sobre la licencia si me corresponde o no.. entonces me dijeron q no xq cuando mi embarazo empezó no tenía vínculo laboral … Cual seria la última instancia …Tengo q trabajar hasta q me den los dolores en mi centro laboral! .. hay una ley q ampare a las gestantes q trabajan pero q lamentablemente no tienen beneficios x no tener vínculo laboral cuando empezaron su embarazo? .. ministerio de trabajo? Algo …Gracias esperaré su respuesta.
Estimada Vanessa
Efectivamente, el pago del subsidio por maternidad se realiza cuando la persona ha estado aportando en la fecha de inicio de la gestación. Puede tener atención médica pero no tiene derecho al subsidio por descanso médico por maternidad.
Saludos,
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buenas tardes, mi esposa tiene 4 meces tiene enbarazo riesgoso,ella no es de llegar tarde asu trabajo pero ultimamente a llegado 4 veces tarde, no seguidas sino esporadicamente por que el enbarazo le chocado mucho, bueno el tema que le andicho que la van cambiar de sede, por sus tardansas y bueno eso le pone mal sulud mental y fisica, deseo un consejo de su parte. gracias
Estimado breintner
Se trata de una decisión de carácter laboral y el empleador puede hacerlo. Sin embargo, ello no puede afectar determinados derechos elementales como lejanía, el propio embarazo, etc.
Saludos,
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son miriam y traabajo en mi empresa trabjaba 8 horas antes ya hace 1 año y ahora en abril termine mi contrato y y volvi a renovar pero con 4 horas , ME ATIENDO en un EPS y bueno queriasaber si tengo derecho a mi maternidad y cuando debo reposar y que documentos debo presentar a RRHH para mi maternidad y mi lactancia porfavr me pueden dar informacion y los requisitos gracias de ante mano.
Estimada Miriam
Si continúa incluida en planillas y le están descontando para las prestaciones de salud, tiene derecho a continuar con su atención médica. Si se atiende en algún centro asistencial diferente al Seguro Social, debe presentar el certificado médico para que sea validado por los médicos del Seguro Social Social de Salud.
Saludos,
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Buen dia,
Di a luz el 3 de Mayo del 2016 y el mes de Marzo del 2017 me contrato una empresa en la que ya habia trabajado antes. El mes de Marzo, Abril y los 3 primeros dias de Mayo me corresponden mi hora de lactancia? ya que mi bb acaba de cumplir un año… algun derecho me asiste segun las leyes peruanas?
Muchas gracias por su amable respuesta
Olvide aclarar que entre a planilla directamente por ello regunto sobre la hora de lactancia.
Gracias
Estimada Juvickza Angeles
El descanso por lactancia en el Perú es por 98 días, consecuentemente, el subsidio por maternidad es por el mismo período.
Saludos cordiales,
Buen día soy docente nombrada mi parto me están programando en enero, fecha en que estaré de vacaciones, como pediría en este caso la licencia por maternidad? Lo puedo hacer octubre, noviembre y diciembre ósea antes del parto?porque estaré de acciones enero y febrero O no se puede, ahora si saco la licencia en esos meses mis pagos vacacionales serán normales? Tendré derecho a aguinaldo?
Estimada Marleny
Mucho depende del tipo de relación laboral que tenga. Si es un contrato permanente, no hay inconvenientes, pero si su contrato es temporal, se debe atener a los derechos de los meses en que está trabajando. Si está de vacaciones significa que se encuentra con relación laboral, en ese caso no habría ningún problema. La licencia por maternidad es por 98 días, después del parto, salvo que el médico tratante autorice que esos días sean distribuido antes y después del parto.
Saludos,
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Soy docente nombrada, mi parto me programaron para el 15 de enero quiero saber si puedo pedir los 90 días de licencia por maternidad pre natal ósea antes del parto porque después del parto yo estoy de vacaciones ósea enero y febrero, y por gusto pediria licencia por esos meses, es posible pedir licencia por maternidad los días completos antes del parto? O solo son 45 antes y 45 después? Yo quiero pedirlo los 90 días antes del parto porque después estoy de vacaciones, ayudarme por favor gracias.
Estimada Marleny
Normalmente, el descanso es los días antes y después del parto. Sin embargo, si existe un respaldo profesional del médico que indica otra cosa, puede tratarlo con su empleador para modificar tales plazos de descanso.
Saludos,
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yo soy trabajadora del sector publico ya tengo mas de 8 años como contratada y aporte al essalud, el medico me dio la licencia el 27 de marzo asta el 3 de julio dia a luz el 16 de abril ahora en essalud me piden la boleta de pago del mes de abril para poder tramitar la lactancia y asegurar a mi menor hijo la entidad donde trabajo me dijo que no hay boleta de pago de abril porque no trabaje y que recien lo hara el tramite el la licencia el 3 de julio cuando retorne a mi centro de trabajo y que recien podre sacar en agosto cuanto tiempo por culpa de eso no puedo asegurar a mi hijo para sacar una cita medica quisiera que me ayude que debo de hacer en este caso
Estimada Maria
Lamentablemente, se trata de un problema con su empleador. En último caso, podría quejarse antes los superiores de la entidad o ante el Ministerio de Trabajo.
Saludos cordiales
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Buenas Noches , una consulta yo empeze a trabajar en Febrero del 2015 y deje de laborar en septiembre del 2016 en Noviembre de ese mismo año salí embarazada y entre otra vez a trabajar en Febrero del 2017 teniendo 2 meses y medio de embarazo , mi pregunta es tengo derecho al subsidio de maternidad pagados?? ya que solo deje de pagar a essalud 4 meses , yo no lo veria justo. Favor su apoyo
Selene Gutierrez
Para el subsidio por maternidad es necesario que la asegurada haya estado aportando a la fecha en que se inicia la gestación. En este caso, de acuerdo a lo que informa, no estuvo aportando a la fecha en que se produce el hecho, por tanto, no tendrá derecho al subsidio.
Saludos cordiales
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Quiero despejar una duda… yo entre a trabajar y entre e planilla el 01 de mayo de 2017 y quede embarazada ese mismo mes… me toca mi licencia por maternidad con pago?
Estimada Gisela
Si tiene 3 aportaciones consecutivas o 4 alternadas en los 6 meses antes de atenderse, además de continuar aportando, tendrá derecho. Y si cumple con los mismos requisitos al momento de dar a luz, tendrá también derecho al subsidio por maternidad.
Saludos,
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Buenas tardes:
Estimada doctora para resumir mi caso mi esposa a tenido un embarazo complicado que la a llevado a estar los casi 8 meses de descanso medico. Ella tienn EPS con lo cual a estado cubierta siempre en lo que es salud.
Mi consulta es yo recien me reintegro a las labores por quitan categoria en otra ciudad, como era de darse me traje a mis esposa a esta cuidad.
Mi consulta es si mi esposa con 32 semanas de embarazo puede tramitar su licencia por maternidad desde arequipa?? ya que ella labora en lima
o por cambio de cuidad pierde todo??
podria afiliarse a una eps independiente??
la cubrira su embarza?
Agradezco su tiempo y respuestas
Gracias
Estimado yunmy
Si Usted tiene derecho a la atención médica, su esposa también la tendrá. Si ella también trabaja, tiene derecho a su licencia y a su subsidio por maternidad. El trámite lo tendrá en el lugar de la empresa, es decir, en Lima. Por el cambio de domicilio no puede perder su derecho.
Saludos,
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Buenas tardes. Yo quiero contar mi caso.
Ingrese a trabajar en sector salud publico en agosto del 2016 con todos de la ley en planilla desde el primer dia de contrato y sali gestando en diciembre del 2016. Mi bb nacera en octubre del 2017 . Mi pregunta es. Yo mismo tramito todo para mi subsidio por maternidad quien me paga el subcidio es essalud? Y si essalud me paga el subsidio yo podre seguir cobrando mi sueldo mes a mes del hospital durante mi licencia.
Otra pregunta puedo juntar mis vacaciones con mi licencia. Es decir mis vacaciones le pedi para setiembre y mi licencia pido para octubre que es el mes que nace mi bb se puede?
Otra pregunta mi subsidio de cuanto seria y en cuantas partes los dan.
La ultima pregunta. Tengo casi 6 meses de gestacion cuando empesaria hacer mis tramites para mi subsidio y licencia por maternidad?
Estimada Maria
Si Usted es trabajadora de una entidad pública tendrá que hacer su gestión del subsidio por maternidad, directamente ante el Seguro Social.
No se puede percibir subsidio y remuneración, son incompatibles porque el subsidio reemplaza a la remuneración.
Si puede juntar vacaciones y licencia depende de su empleador.
El subsidio por maternidad es el promedio de lo percibido en los 12 últimos meses de remuneración.
Los trámites puede empezarlos 45 días antes de dar a luz.
Saludos,
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Si queria consultar siento que en el trabajo me estan aburriendo para que renuncie tengo 6 meses y me ponen a trabajar de amanecida y no me quieren dar permisos paras mis citas me indican que la reprograme no me quieren dar un turno fijo de mañana . y me dijieron que despues de mi lactancia ya no regresaria a trabajar ,que se terminaria mi vinculo laboral es esto discriminacion vomo puedo denunciar por lo no me dan facilidades .
Estimada Esperanza
Se trata de una relación laboral entre Usted y su empresa. Lo que no se puede hacer es hostilizar al trabajador y de suceder eso, se puede denunciar al Ministerio de Trabajo.
Saludos,
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Hola Buenas tardes
Una consulta, actualmente me encuentro en mi periodo post natal el cual culmina el dia 23 de julio, en caso tuviera una propuesta laboral la cual accederia y tengo q renunciar a mi actual empleador para trbajar en la nueva empresa al 01.07, esto es valido? Puedo presentar mi renuncia sin restricción? Si la empresa ya tramito ante essalud mi subsidio por maternidad quiete decir que me pagarian en mi liquidacion los dias restantes? Ya que todavia vence el 23 de julio.
Mi empresa aun no tramita mi lactancia debido a que cambio de razón social y representante legal, si llego a renunciar ese tramite sigue en pie? Q acciones puedo tomar al respecto?
Gracias
Estimada Bel
No existe relación entre el subsidio y su situación laboral. Si tiene derecho al subsidio por maternidad, tendrá derecho a percibirlo. Se supone que está con descanso médico y no podría ingresar a trabajar. Si eso sucede y su empresa ya tramitó el rembolso, le descontará de su liquidación los días no trabajados.
En cuanto a la lactancia, no hay inconvenientes porque se otorga por el nacimiento del niñoy lo paga el Seguro Social de Salud, ESSALUD; directamente.
Saludos,
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que pasa si una trabajadora tiene un mes de gestacion y empieza a trabajar en una empresa e ingresa a planilla , que beneficios le corresponden: le corresponde el subsidio y descanso por maternidad, subsidio y permiso de una hora por lactancia, se podria atender en essalud haciendo sus controles hasta la atencion del parto.
Estimada fiorella
Es un poco difícil que con un mes de aportación y estando gestando, tenga derechos ante el Seguro Social. Aún no tendría derechos ante el Seguro Social de Salud.
Saludos,
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Buenas tardes
por favor si me pueden ayudar con mi caso, llevo 8 meses de embarazo, tengo dos empleadores y en los dos estoy en planilla.
con mi empleador 1: llevo 2 años y medio trabajando y
con mi empleador 2 ingresé a trabajar en abril cuando ya estaba embarazada y mi contrato concluye el 27 de julio.
mi consulta es si me corresponde la licencia de 98 dias, lactancia y el subsidio por maternidad en las dos entidades.
gracias
Estimada bethsy
En el empleador 1 le reconocerán su derecho al subsidio por maternidad, más no en el empleador 2 porque en este último no estaba aportando a la fecha de la concepción.
Saludos,
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Señores Essalud:
Mi consulta es la siguiente: Trabajo actualmente en una empresa y tengo 6 meses y medio de gestacion, el caso es que la empresa va cambiar a sus trabajadores a otra planilla y quisiera saber si aun asi tengo derecho a atencion y reembolso de lactancia, en la planilla donde estoy tengo mas de tres años, la pregunta de igual forma es quien cobra el subsidio por maternidad la empresa en la que estoy o la nueva empresa en la que estaria en planilla.
Agradecere aclarar mis dudas.
Estimada JESSICA
No se entiende bien eso “cambiar de planilla”, pero aunque cambie de empleador, y de acuerdo a lo que indica, su derecho al subsidio por maternidad se puede solicitar. Igual sucede con el subsidio por lactancia que se paga a la madre del niño recién nacido, siempre que el titular o la titular, se encuentre laborando.
Saludos,
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Buenos días soy docente nombrada mi parto me están programando para el 15 de enero y yo trabajo en una zona rural puedo pedir la licencia por maternidad los 90 o 98 días antes del parto ? Osea pre natal, Porque después del parto no los necesitaré ya que estaré de vacaciones por favor necesito saber urgente. Gracias
Estimada Marleny
El descanso médico es por 98 días. La división entre pre y post parto depende de la opinión técnica del médico tratante. Él debe aprobar los períodos.
Saludos,
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buenas tardes, quisiera saber si me corresponde descanso por maternidad, hasta el 30 de junio del 2016 trabajé bajo la modalidad CAS y luego inicio nuevamente a trabajar como CAS en MARZO hasta la fecha., mi CONSULTA ES: estoy gestando desde el 16 de octubre del 2016 y ya tengo 8 meses de embarazo, y quisiera SABER si me corresponde descanso por maternidad? ya que entré a trabajar con 4 meses de embarazo.
gracias.
Estimada CONSUELO
Si Usted no estuvo aportando a la fecha en que se inició la gestación, no es posible acceder al derecho del subsidio por maternidad. Es requisito indispensable.
Saludos,
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Buenas tardes soy trabajadora nombrada del minsa. Solo despejar una duda; es cierto que durante el periodo de licencia por maternidad el empleador abona durante esta licencia (3 meses) 1/3 del sueldo basico. O solo es al seguro social quien le corresponde hacer el pago de la licencia por maternidad??
Muchas gracias de antemeno. Buenas tardes
Estimada Diana Flores
El subsidio por maternidad es el promedio diario de la remuneración del trabajador. Es decir, el empleador (del sector privado) le tiene que abonar, prácticamente, la remuneración que venía recibiendo. En el caso del sector público, el trabajador debe solicitar directamente el pago al Seguro Social de Salud.
Saludos,
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Buenos días tengo una consulta llevo trabajando 1 año en una empresa que presta servicios a una Mina yo trabajaba ahi sali de vacaciones y en ese tiempo comunique que me encontraba en estado de Gestación ahora tengo 12 semanas de embarazo tenia que haberme reincorporado pero segun lo que me i dicaron es que yo no puedo regresar a mi antiguo trabajo por mi estado ya que implica viajar cada 14 dias por tal motivo me reubicarian pero me dijeron que en la ciudad en donde vivo no hay un puesto adecuado para mi y quieren que vaya a trabajar a otros departamentos pero no puedo ir porque implica gastos y no puedo cambiar de domicilio e ir a vivir sola a otra ciudad y lo que mw indicaron es quw mi sueldo bajaría que puedo hacer? Lo que puedo persibir es que estan haciendo lo posible para obligarme a renunciar lo cual yo no quiero hacer y me dan una opción de indemnizarme pero no creo que sea la solución.
Estimada Whendy Peralta
Se trata de una situación eminentemente laboral que tiene que solucionarse entre la empresa y usted. Es conveniente que Usted tenga una posible solución al problema para planteárselo a al empresa.
Saludos,
Buenas noches, entre a laborar el 2 de enero de este año, estoy por contrato D. Leg. Nro276. El contrato es trimestral estoy iniciando el 3er trimestr d contrato(aunq todavia no he firmado)
Consulta: quede embarazada la 2da. Semana d febrero, todavia no informe a institución donde laboro.
Como presentar una carta donde informe sobre mi gestación? Y si me podrían despedir? Que es lo que tengo q adjuntar a la carta?.
Estoy llevando mis controles de gestación en essalud.
Gracias
Estimada Rosa Luz
Bueno, es deber del trabajador comunicar a su empleador esta información. La renovación del contrato depende del empleador, pero no se puede dejar de renovar si el puesto que ocupa continúa o si lo hace influenciado por el estado de salud.
Saludos,
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Buenos días, tengo una consulta, soy docente nombrada y estoy en mi sétimo mes de gestación, no llevo mis controles en essalud, me han dicho que no voy a poder cobrar la lactancia por el nacimiento de mi bebé. Por dar a luz con un médico particular. Mucho agradeceré su respuesta.
Estimada Karina
No es cierto lo que le han dicho. El subsidio por lactancia se paga a la madre del niño (hijo del asegurado) así se haya atendido particularmente.
Saludos,
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hola,tengo 4 mese de gestacion,empeze a laborar el año pasado en una entidad del estado en el mes de noviembre,estaba en una plaza presupuestada y me acaba de llegar un documento que pone fin a mi contrato de plaza presupuestada hasta este 30 de junio y me cambian a contrato CAS .entonces a la fecha ya llevo trabajando 8 meses,verdad,entonces mi pregunta es: si ellos no han cortado vinculo laboral y solo me han cambiado de regimen o de modalidad de contratacion ,cabe la probabilidad de que pueda tener permanencia laboral.le agradecere despeje mi duda,muchas gracias.
Estimada LILIAN
No, el cambio de régimen laboral, en cuanto a su contrato, no afecta su derecho a las prestaciones en materia de Seguridad Social. Usted sigue siendo una asegurada regular y aportando al Seguro Social de Salud.
Saludos,
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Buenas Tardes,
Tengo un contrato vigente hasta noviembre 2017 ,Yo ingrese a trabajar cuando tenia 3 meses de gestación, es salud indica que no hará ningun reembolso por maternidad, que no me corresponde, mi consulta es la empresa está en la obligación de pagarme así essalud no lo reembolse?? ya que ellos me contratarón sabiendo que yo estaba embarazada.
Favor su apoyo
Estimimada Selene
Efectivamente, en materia de subsidios es necesario que la asegurada haya estado con vínculo laboral al momento en que se inicia la gestación. Y si no tiene derecho al subsidio, la empresa no tiene la obligación de pagar ni solicitar el rembolso.
Saludos,
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Buenos días yo laboro en un colegio particular desde marzo tengo todos mis beneficios me halle con la sorpresa que estoy embarazada y probablemente tenga al bebé a fines de febrero del 2018 mi contrato finaliza en diciembre, mi duda es si tendré derecho a recibir la lactancia ya que enero y febrero ya no aportare mi seguro.
Estiamada Madeley
Su atención médica dependerá del número de aportaciones que tenga antes de cesar en el trabajo, para su posible derecho de latencia. Lo más probable es que tenga ese derecho a dar a luz. Pero, los subsidios, en este caso, el subsidio por lactancia, no tendrá derecho puesto que se exige que se encuentre con vínculo laboral al momento del nacimiento del niño.
Saludos,
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Hola buenas tardes
Mi consulta es: entre a trabajar en una servir manpower Perú con la empresa Samsung en marzo del 2016 salí embarazada en enero del 2017
Lo que deseo saber quien en el que me pagara el subsidio por maternidad y si este reemplaza a mi sueldo además del subsidio por lactancia y cuando puedo pedir ambos
Y si puedo pedir mis vacaciones después de los 98 días de licencia y con cuanto tiempo de antelación , ya que tengo 6 meses de gestación
Gracias
Estiama Andrea Garcia
El subsidio por maternidad y el subsidio por lactancia depende de si tiene 3 aportaciones consecutivas o 4 alternadas dentro de los 6 meses antes del nacimiento del niño. Además, si estuvo aportando al momento en que se inició la gestación. Y, finalmente, si se encuentra con vínculo laboral en el momento del nacimiento del niño.
El subsidio por maternidad lo pagará su empresa (reemplaza a la remuneración), y el de lactancia, lo paga el Seguro Social de Salud.
En cuanto a las vacaciones se trata de un aspecto laboral que lo tiene que resolver con su empresa.
Saludos,
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Buenos días Srta quisiera que por favor me responda, yo soy profesora nombrada la fecha de mi parto me están programando para el 15 de enero, puedo pedir los días de descanso los 90 o 98 días antes del parto? Puesto que después del parto estaré de vacaciones enero y febrero, o se tiene que cumplir los 45 días antes y 45 días después? Yo kiero pedirlo todos los 90 días antes de mi parto será posible?
Estimada Marleny
La norma establece períodos pre natal y post natal. Sin embargo, es decisión del médico tratante asumir la fusión de todo el período antes o después del parto.
Saludos cordiales,
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Buen dia
Queria consultar lo siguiente yo me encuentro laborando en una empresa contratista minera hace ya un año si doy a conocer sobre mi embarazo me corresponderia todos los beneficios sea la licencia pre-natal y post-natal porque hasta el momento no lo comente con nadie y ya llevo 6 meses de gestacion.
Quedo a la espera de su respuesta.
Estimada karen
No creo que existan razones para ocultar una situación así, porque de todas maneras tendrá derecho a las atenciones médicas y al subsidio por maternidad y por lactancia, si es que cumple con los requisitos para obtenerlos.
Saludos cordiales,
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Buenas noches soy docente de aula del nivel primaria y tengo mi permiso por lactancia acreditado con resolución pero mi director me da permiso 1 hora pedagógica (que equivale a 45 minutos) y solo 3 días por semana porque aduce que los estudiantes perderán clases. Y hasta hoy obedezco sus órdenes porque no se que hacer
Estimada Carmen
La hora de lactancia es por ley, salvo que haya razones de necesidad o de comprensión (de su parte) para modificarla.
Saludos cordiales,
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BUEN DIA ACABO DE ALIVIARME…ANTERIORMENTE NO TENIA TRABAJO Y ME ACABAN DE LLAMAR DE UNO HABRA ALGUN PROBLEMA PARA QUE ME DEN DE ALTA EN EL IMSS?
Estimada María José:
No nos queda muy clara su consulta: ¿nos habla de una alta? ¿Habla del IMSS (Instituto Mexicano de Seguridad Social?. Si nos aclara y nos explica un poco más vamos a poder resonderle su duda.
Saludos cordiales,
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hola buenas tardes quisiera saber quien paga el descanzo de pre natal y post natal o como es porq en trabajo me dicen q tengo q buscar mi remplazo asta regrese a trabajar estoy embarazada de 6 meses estoy en planilla
Estimada Lisset
El subsidio por maternidad lo paga la entidad privada (y después pide el reembolso al Seguro Social) o la propia asegurada (si trabaja en una entidad pública directamente del Estado). Pero, si Usted no cumple con el requisito de haber estado aportando a la fecha de inicio de la gestación, no le correspondería dicho subsidio. Ello no tiene ninguna relación con el reemplazo laboral que le solicitan.
Saludos cordiales,
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Doctora muy buenos dias.
Quisera hacerle una consulta, lo que pasa es que yo llevo ya un año y 10 meses en el lugar en donde trabajo y la campaña para la cual estoy trabajando va a cerrar y yo estoy con 10 meses de hora de lactancia, quisiera saber si en algo me corresponde alguna compensación o no…por que la otra consulta es que si renuncio antes afecta en algo también? Gracias por su respuesta.
Estimada Gabriela Suárez
Si Usted deja de trabajar (por finalización de contrato o por renuncia), sus derechos como trabajadora también terminan.
Saludos cordiales,
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Buenos días, soy una empleadora que necesito el servicio de una trabajadora el problema está en que ella está embarazada de 7 meses yo la quiero contratarla , pero ella no laboro más de un año y medio el mismo tiempo que dejo de aportar al seguro, dígame tendré algún impedimento en contratarla y otra ella gozara algún beneficio ya que solo le falta 2 meses para su parto . Pueden decir porque contratarla? es que ella trabajo para mi el 2015 y se de su desempeño laboral.
Estimada Lucia
El Seguro Social, en algunos casos, verifica las labores de los asegurados para evitar que no sean afiliaciones “de favor” y sólo para lograr la atención médica. La trabajadora tendrá derecho a las atenciones médicas después de 3 aportaciones consecutivas o 4 alternadas, dentro de los 6 meses anteriores a la fecha en que se desee atender.
Saludos cordiales,
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Hola, tengo 10 meses laborando en un hotel como azafata Y tengo un mes de embarazo. Mi contrato vence el 22 de octubre y hasta ahi tendré 3 meses de embarazo, no se que hacer. Si no me renuevan el contrato que hago? A donde voy? Porque si no me renuevan ya es muy obvio que lo hacen por mi embarazo entonces no se que hacer … Ayuda!
Estimada García
El empleador tiene la facultad de renovar, o no, el contrato. Lo que no puede hacer es no renovar porque está embarazada. Y para ello, Usted tendría que probar que esa es la causa.
Saludos cordiales,
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BUEOS DIAS, TENGO UNA CONSULTA, TRABAJO EN UNA ENTIDAD PUBLICA UGEL, EN LA MODALIDAD DE CAS, ESTE MES SALGO CON LICENCIA DE MATERNIDAD, MI DUDA ES SI MI SUELDO SEGUIRE COBRANDO O SOLO TENGO QUE RECLAMAR MI SUBSIDIO EN ESSA LUD
Estimada MAGDALENA
Los subsidios sólo los otorga el Seguro Social de Salud, Essalud y no es un beneficio aparte de la remuneración, el subsidio reemplaza a la remuneración.
Saludos cordiales,
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B. tardes
Mi consulta es: tengo laborando 9 meses para un empresa privada, estoy con 5 1/2 meses de gestacion. Mi contrato vencio el 31 de Julio pero aun sigo viniendo a laborar (7-agosto), comunique a la empresa el 2 de agosto de mi estado. Pero aun no me renuevan contrato, y segun personas cercanas al gerente, me comentaron que tomaran 2 vias: hacerme un contrato de 1 mes y luego liquidarme o trabajar 1 mes en planilla, luego laborar mediante recibo por honorario con el compromiso de que al terminar el tiempo de post, regresar con nuevo contrato en planilla.
Favor asesorarme porque yo no quiero perder mis beneficios.
Estimada Sandra Chavez:
Se trata de un asunto personal y laboral, que en gran parte depende del empleador. Mientras tenga vínculo laboral, podrá acceder a los derechos que otorga el Seguro Social de Salud.
Saludos cordiales,
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Buenos dias, he aportado al ESSALUD durante 4 años deje de trabajar el 16/05/2017 y me embarace en julio 2017, hice la consulta en acreditacion y estaba vigente hasta el 31/07/2017, que derechos me corresponde.
Saludos.
Estimada Rocio:
Sólo hubiera tenido derecho de latencia, es decir, a la atención médica. Los demás (los subsidios, por ejemplo), sólo se otorgan siempre que exista vínculo laboral.
Saludos cordiales,
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Buenas tardes tengo una consulta estuve trabajando durante 1 año y 1 mes en una empresa sali embarazada dos meses antes de cumplir 1 año por ciertos motivos mediante un mutuo acuerdo accedi a la renuncia voluntaria con indemnización de por medio ya paso un mes quw no estoy laborando me llamaron de la misma empresa para cubir vacaciones solo por 30 dias los cuales empezarian el 28/08/17 y finalizarian el 28/09/17 lo que quiero saber es si puedo hacer uso de mi seguro social y hasta cuando pueden atenderme wn el mismo.
Estimada Whendy Peralta:
Mucho depende del período de latencia que pueda tener. Los meses de latencia podría hacerlo valer como aportados para un derecho a la atención médica. Es conveniente que en el mismo Seguro Social, al visualizar su record laboral exacto, le indiquen con exactitud.
Saludos cordiales,
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Hola buenas tardes,quisisra saber si aun puedo recuperar mi puesto de trabajo via judicial, por el motivo que, benia trabajando desde marzo del 2015 al 31 de diciembre del 2016, plaza ganada mediante concurso y contrato CAS, pero como estube embarazada de 6 meses en dicimebre del 2016 me despidiron por el motivo que esta embarazada, no se si aun puedo realizar un proceso..
Estimada NELIDA
Se trata de un asunto laboral en el que es importante determinar si fue despido o terminación de contrato. Por más que hubiere sido por concurso, en algunas oportunidades, se trata de terminación de contrato, en cuyo caso, es muy difícil que lo renueven. Es decisión del empleador, en este caso el Estado.
Saludos cordiales,
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Hola soy una trabajadora que cuento con 3 meses de gestación, tengo mi propio seguro con el cual me vengo atendiendo pertenezco al régimen laboral de DL 728, pero mi esposo tambien labora en otra empresa donde tiene un seguro agrario, mi pregunta es que pasos seguir en el caso que yo requiera ser atendida mediante el seguro de él, ya que la empresa en la que actualmente vengo trabajando viene presentando algunos problemas con los pagos de sus obligaciones tributarias y quizá eso me pueda perjudicar en el momento que me toque realizar tramites para cobro de algunos beneficios por maternidad.
A la espera de su respuesta, me despido.
Saludos cordiales.
Betina
Estimada betina
Si su esposo es afiliado regular, Usted como esposa, tiene derecho a las atenciones médicas. El hecho que la empresa no esté al día en sus aportaciones no significa que los trabajadores se vean afectados.
Saludos cordiales,
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Buenas tardes, yo estaba trabajando en una clinica en planilla durante 8 meses hasta el 31 de mayo del 2017 que vencio mi contrato. Me embarace en Junio y a la fecha tengo 10 semanas de Gestacion. Estoy buscando otro trabajo en planilla y quisiera saber cuales son mis derechos como gestante, y si tengo que informar a mi nuevo trabajo que estoy gestando.
Estimada lilia arce camacho
Como trabajadora tuvo derecho a la atención médica mientras estuvo trabajando y por su Derecho de latencia hasta dos meses más, después de haber dejado de trabajar, según el número de meses que indica que ha laborado.
Saludos,
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Buenas noches ,mi pregunta es la siguiente ,soy docente contratada ,afiliada a EsSalud hace ya 4 cuatro años estoy gestando me corresponde una licencia de tres meses pero me han informado que solo me corresponde un pago de un aproximado de 800 al mes que lo paga es salud ,cuando mi remuneración a sido desde hace dos años 1638 ,por encontrarse en una zona Rural ,que la UGEL se hace cargo del.pago de mi reemplazo más no de mi pago que de cierto es esto ,muchas gracias
Estimada Ivonn:
El pago de su subsidio por maternidad será por el monto por el cual se paga el aporte a Essalud. Se calcula el promedio de lo percibido en los 12 últimos meses y ese es el pago del subsidio. Usted tiene que hacer el trámite ante el Seguro Social.
Saludos,
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A fin de mes cumplo 8 meses de gestación quiero saber que trámite realizar para obtener mi subsidio por maternidad. Necesito un certificado de un médico autorizado?? Y de ser el caso me lo brindará en una consulta o tendría que realizar otro trámite?
Estimada Juditholaya
Si Usted da a luz en el Seguro Social, no hay inconvenientes, se toman los datos del centro asistencial que la atendió. Si da a luz en una Clínica Particular, tendrá que presentar la documentación médica para que sea validada por el propio Seguro Social y tener derecho al subsidio por maternidad o al reembolso al empleador, si es que fue quien pagó el subsidio.
Saludos,
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Buenos días una consulta yo me encontraba en plantilla hace mas de 1 año aportando normalmente. Pero en abril renuncie a mi trabajo .. Desde el primero de agosto me encuentro laborando nuevamente en plantilla pero a fines de julio me di cuenta que estaba embarazada … Mi nuevo empleador no tiene ningún problema con eso lo saben… Mi consulta es voy a poder gozar de mi periodo pre. Y post.. Y recibir e el dinero de mi lactancia.? .. Gracias por su respuesta
Estimada Isabel
No, no va a tener derecho al subsidio por maternidad porque para ello, se requiere que haya estado aportando a la fecha en que se inició la gestación. El subsidio por lactancia sí va a recibirlo, en calidad de madre del hijo de un afiliado regular.
Saludos,
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Buenos días: Tengo una consulta, estoy embarazada y mi embarazo es considerado de alto riesgo debido a que tengo una hija de un año y fue cesárea además de un hematoma intrauterino que me causa constantes molestias por lo que tengo que estar constantemente yendo al seguro.
En resumen, ya me han hecho firmar dos memorandum por tardanzas y lo acepté, firmé; ese mismo día por consejería (trabajo en un colegio) y revisando luego el documento no procedía. Ahora me quieren hacer firmar otro memorandum porque falté y según ellos debo avisar con anticipación, a lo que yo tengo entendido, tengo 48 horas después de la falta para justificarla.
Me siento mal, incluso se me cerró el pecho porque sufro de asma emotiva, debido a lo que yo considero como un hostigamiento laboral. Me dijeron que igual tengo que firmarlo, le dije que me den tiempo a la salida para poder leer antes de firmar.
¿A quién recurro?. ¿Al área de Recursos Humanos de mi empresa?.
Gracias.
Estimada Jhoanna Zarahy Reyes Godinez:
Tendría que recurrir a la Oficina de Recursos Humanos de la empresa o al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empelo.
Saludos,
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BUENS TARDES, MI BEBE NACIO PREMATURO Y POR LO TANTO RECIBE CONSULTAS DE LAS DEMAS ESPECIALIDADES, EN EL TRABAJO ME DAN FACILIDADES DE HORARIO PERO LUEGO TENGO QUE COMPENSAR HORAS XQ SINO CORRE DESCUENTO.
HAY UN TOTAL DE HORAS QUE CUBRE EL SEGURO O EMPLEADOR CON RESPECTO A LAS CITAS EN ESSALUD. O SE TIENEN QUE COMPENSAR LAS HORAS EN QUE SE DAN LAS ATENCIONES HOSPITALARIAS? MUCHAS GRACIAS!
Estimada JENN
El Seguro Social de Salud no tiene ninguna participación en las facilidades que pudiera dar el empleador para asistir a una cita médica en sus dependencias asistenciales. +
Saludos cordiales,
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buen dia:
Comence a trabajar en una gerencia sub regional desde el mes de Julio como CAS, y tenia casi 6 meses, mi parto esta programado para el 7 de octubre de este año, tengo derecho al cobro por lactancia materna y dias de descanso? Gracias
Estimada Fernanda Angulo:
Si Usted ya no está trabajando, lamentablemente, no tiene derecho ni al subsidio por lactancia ni al de maternidad. Estos subsidios se pagan mientras el titular se encuentre con vínculo laboral.
Saludos cordiales,
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EN CASO DE SER TRABAJADORA PART TIME TAMBIEN TENGO LOS MISMOS BENEFICIOS, Y SI DURANTE EL EMBARAZO PASARA A TRABAJAR COMO FULL TIME ESTOS BENEFICIOS SE ME QUITARIAN?
ESTIMADA ALEXANDRA:
El requisito es estar incluida en la planilla de la empresa y tener vínculo laboral. Con ello, se generan los aportes y, por supuesto, sus derechos en materia de Seguridad Social.
Saludos cordiales,
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BUENOS DIAS MI CONSULTA ERA LO SIGUIENTE. SOY DOCENTE CONTRATADA Y MI FECHA DE PARTO ES EL 15 DE FEBRERO DEL 2018. PERO MI CONTRATO EMPEZO EL 1 DE MARZO Y TERMINA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2017 …. GOZARE DE MI LICENCIA DE MATERNIDAD… ESTOY MUY PREOCUPADA PORFAVOR QUISIERA UNA RESPUESTA O COMO PUEDO HACER PARA GOZAR DE MI LICENCIA DE MATERNIDAD.. AYUDENME
Estimada DIANA
Lamentablemente, para tener derecho al subsidio por maternidad debe estar con vínculo laboral, puesto que dicho subsidio es reemplazo de la remuneración. Si no existe vínculo laboral tampoco puede haber subsidio.
Saludos cordiales,
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Hola, tengo 4 meses de embarazo, trabajo y mi contrato acaba en febrero 2018 y tambien el 10 de febrero doy a luz, en este caso me van a pagar mi supsidio?
Estimada Geraldine
El subsidio por maternidad se paga mientras la beneficiaria se encuentre con vínculo laboral. O hasta que tenga vínculo laboral.
Saludos cordiales,
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Buenos días, mi consulta es la siguiente:
A fin de este mes 30 de setiembre culmina mi contrato. tengo 4 meses y medio de gestación y pues yo me embarace ya estando laborando y en planilla. sin embargo la gerente de RRHH y esposa del gerente general me ha dicho que le caigo muy bien pero que por mi estado al gerente general no le gusta la embarazadas y que por esa razon no me van a renovar. Estoy preocupada porque nadie más me va a contratar con panza ahora no se si eso sea legal. Una persona del ministerio de trabajo me dijo que si a fin de mes no me renueva me acerque sin embargo qusiiera saber que cosas puedo hacer para demostrar que efectivamente no me renuevan por mi estado ya que será su palabra contra la mía. Gracias.
Estimada Diana
Usted tendría que probar que la no renovación del contrato se realiza por causal de maternidad y no por otras causal. Si es así, podría evitar la no renovación o ir al Ministerio de Trabajo a plantear un reclamo.
Saludos cordiales,
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Buenas tardes yo tengo una consulta el dia 5 de octubre fui a hablar con la asistenta social para ver sobre el descanso por maternidad sin embargo me dijo que no me correspondia por que en el mes de febrero que fue en el cual quede embarazada no habia estado trabajando; yo recien supe de mi embarazo en el mes de julio queria ver si es que podia haber algun tipo de ayuda debido a que donde estoy trabajando me pueden dar licencia pero sin goce solo por 30 dias lo que equivaldria a dejar a mi bebe de 15 dias (soy madre soltera)
Gracias de antemano y espero su pronta respuesta
Estimada arantxa zu portilla de los santos
Efectivamente, para tener derecho al subsidio por maternidad debió estar aportando en el mes en que se inició la gestación.
Saludos,
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Buenos días, mi consulta es la siguiente
Trabajo desde hace un año en una empresa por medio de contrato que se renueva cada 6 meses, el trabajo se realiza parada todo el día, salí embarazada y mi contrato se vence en diciembre, la empresa podría no renovarlo? que debo hacer?
Estimada Claudia:
Asi es, la empresa no está obligada a renovar el contrato, salvo que aduzca que Usted está embarazada. Esta causal (despido por embarazo) no está permitida por ley.
Saludos,
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BUENAS TARDES,POR FAVOR QUIERO INFORMARME BIEN,LO QUE PASA QUE ENTRE A TRABAJAR EL 10 DE ESTE MES Y ME DOY CUENTA QUE ESTOY EMBARAZADA,SI INFORMO A MI JEFA YO TRABAJO EN PROMOTORA DE VENTAS DE CELULARES,QUISIERA SABER SI ME DESPEDIRAN CUANDO SE ENTEREN QUE ESTOY GESTANDO Y EN LAS FICHAS QUE LLENE PARA LO DEL CONTRATO ME PREGUNTARON SI ESTABA GESTANDO EN ESE MOMENTO NO TENIA NI IDEA NI SOSPECHA RESIEN HOY DIA ME EH SENTIDO MAL Y ME DOY CON LA SORPRESA….QUE PASARIA EN ESE CASO?
Estimada ROSA DE MARIA:
De acuerdo a lo que indica, es decir, que se dio cuenta que estaba embarazada el mismo mes que entró a trabajar, ello no es causal para un despido por emebarazo. Es decir, a ninguna persona se le puede despedir por esa causal. Podría ser por otra causal, la terminación del contrato, por ejemplo.
Saludos,
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BUENAS TARDES,ENTONCES QUIERE DECIR QUE SI YO APENAS ME RENUEVEN LOS PRIMEROS DIAS PUEDO INFORMAR QUE ESTOY GESTANDO NO ME PUEDEN DESPEDIR? Y TENDRIA QUE ESPERAR QUE TENGA 3 APORTACIONES PARA PODER ATENDERME EN EL ESSALUD?
Estimada ROSA MARIA:
Mientras se encuentre con relación laboral y con 3 meses de aportaciones consecutivas o 4 alternadas en los 6 meses antes de que quiere atenderse en el Seguro Social, tiene derecho a esa atención médica.
Saludos,
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Buenas tardes, mi consukta es la siguiente, ingrese a trabajar a una entidad publica con el régimen vas, en mayo del 2016 salí gestando , realizaba mis labores con total normalidad e incluso decidí laborar hasta cuando mi estado me lo permitiera, presente mi licencia por maternidad el 19 de diciembre del 2016 mediante un informe, la cual estaba dada hasta el 26 de marzo del 2017, cumpliendo incluso el 25 del pte año ya dos años de labor, sin embargo cuando me presente a laborar no me dejaron ingresar ya que indicaron que por culminación de contrato ya yo no laboraba. Cabe indicar que mi ultimo contrato estaba hasta el 31 de diciembre del 2016, sin embargo en ningún momento me cursaron algún documento o carta alguna que me indicara que ya no se me renovaría mi contrato, sin embargo tengo entendido que a mis compañeros que no se les renovó si les cursaron su carta correspondiente, tampoco se me dio respuesta alguna al informe que presente donde indicaba que procedía a tomar mi licencia por maternidad. Por ultimo tengo entendido que en enero del pte año se solicito un nuevo concurso cas para cubrir uno de los puestos en los que yo laboraba. Es correcto lo q ha sucedido con mi persona. Disculpe lo extenso pero debía explicarlo , muchas gracias de antemano.
Estimada Soledad
Su relación con los derechos ante el Seguro Social de Salud terminan cuando se termina el vínculo laboral. Es decir, su atención médica y los subsidios se obtendrán siempre que esté trabajando, salvo el derecho de latencia que procede la atención médica más allá de la terminación del vínculo laboral. Sólo la atención médica.
Saludos,
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Buenos días, mi consulta es si el 10 de setiembre empecé a laborar como promotora de ventas desde el primer día estoy en planilla y tengo contrato de prueba hasta el 31 de octubre posiblemente este embarazada si se diera así que estuviera gestando y me renuevan contrato en la primera semana de noviembre puedo confirmar mi embarazo y dar de conocimiento a mi empleador,me despedirian después de haberme renovado y tendría derecho a atención al seguro?
Estimada Rosa:
No existe la causal de despido por embarazo. A ninguna persona se le ´puede despedir por embarazo. Tal vez, podría ser otra causa, la finalización del contrato, si es que el puesto no es ocupado por otra persona.
Saludos,
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BUENAS TARDES. M CONSULTA ES… ENTRE A TRABAJAR CON 3 MESES DE EMBARAZO A PLANILLA, AHORA QUIERO SABER S M CORRESPONDE LOS BENIFIFCIOS ¿CUALES SON?…
Estimada OLGA:
Tiene Usted derecho a la atención médica más no a los subsidios por maternidad puesto que a la fecha en que inició su vínculo laboral, no estaba aportando.
Saludos,
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Hola,
Mi empleador me solicita que le de, mis programaciones de citas de mi control prenatal con un mes de anticipacion. Yo me atiendo en el Essalud, y no tengo mi control programado por aticipacion tengo que solicitar mi proxima cita via telefonica o presencial, y muchas veces no hay cupos o no han aperturado citas. Mi trabajo esta por Magdalena y mi seguro en Villa El salvador. cada vez que me dan mi citas por telefono son con de un dia para otro o cuando hay cupo. Por la distancia y los tipos de examenes adicional que lleva el control y la espera de la atencion en el seguro me toman el tiempo mas de lo debido.
Por lo general trato que en el dia que me toca mi control pueda realizarme los examenes o las interconsultas a ginecologia, Tomandome casi todo el dia.
Por favor alguien aconsejeme que debo de hacer con lo que me solicita mi empleador por que siento incomodidad de su parte y cierto mal tratato.
Tengo 24 semanas de gestacion
Estimada Rosita:
La atención en Essalud es de acuerdo al domicilio del trabajador. Si no es posible poner en conocimiento, con documentos, las citas, no es posible tampoco hacerlo conocer al empleador. Salvo que en el reglamento de trabajo haya alguna disposición, no encuentro falta por omitir ello.
Saludos,
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MUY BUENAS TARDES, TENGO 06 MESES DE GESTACION MI FECHA PROBABLE DE PARTO ES EL 25 DE ENERO DEL 2018, VENGO TRABAJANDO YA CASI TRES AÑOS EN UNA MUNICIPALIDAD BAJO EL REGIMEN DEL CAS, SIN EMBARGO MI CONTRATO CULMINA EL 31 DE DICIEMBRE 2017, ME CORRESPONDE EL SUBSIDIO POR MATERNIDAD O YA NO.
Estimada Liliana:
El subsidio por maternidad se paga hasta por 98 días, siempre que la trabajadora se encuentre laborando. En este caso, de acuerdo a lo que informa, ya no le correspondería.
Saludos,
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Pregunta cual es la norma legal donde se establece el porcentaje de pago por reemplazo de la licencia del titular por maternidad (porque el pago es menos de lo que gana el titular)
gracias enviar al correo [email protected]
Estimado Roberto:
Es una pregunta que es conveniente que la haga a la misma UGEL puesto que las disposiciones legales varían constantemente.
Saludos,
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Buenas Tardes, una consulta puedo juntar mis horas de lactancia para salir un dia a la semana mas temprano???
Estimada Selene Gutierez:
Lo tendría que consultar al Ministerio de Trabajo.
Saludos,
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Buenas tardes: soy docente y actualmente tengo 5 meses y medio de embarazo y no estoy trabajando. Ingresare a trabajar a partir del 1 de marzo del año 2018 y mi fecha probable de parto es el 14 de marzo del 2018. Quisiera saber si me corresponde mis días de descanso por pre y post parto. Agradezco su respuesta .
Estimada Paola:
El subsidio por maternidad se paga mientras la beneficiaria se encuentra laborando. Recuerde que se trata de un derecho que reemplaza la remuneración, mientras se percibe la remuneración, se paga el subsidio pero si se deja de laborar ya no se paga el subsidio.
Saludos,
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Buenas tardes, desde diciembre del 2016 trabajo para entidad del estado, empecé con recibos por honorarios, salí embarazada en junio, recién el julio nos pasaron a Cas, ahora tengo 6 meses y doy a luz a quincena de febrero de 2018, quisiera saber si voy a poder dar a luz ya sea cesarea en essalud y si me cubre el descanso pre y posnatal remunerado, ya que me directora nos comentó que nos renovarian todo el año fiscal 2018.
Por favor agradecería me orienten.
Gracias!!!
Estimada Carolina Saavedra
Si cumple con tener 3 aportaciones consecutivas o 4 no consecutivas en los 6 meses antes del parto, podrá dar a luz en el Seguro Social. Sin embargo, para tener derecho al subsidios por maternidad le van a exigir haber estado aportando a la fecha en que se inició la gestación.
Saludos,
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Buenas tardes quiero saber si yo estoy trabajando en una empresa privada y yendo 5 meses de embarazo y mi esposo tiene un EPS y yo quiero que mi alumbramiento sea en una clínica.
Sería válido mi.pre y pos puesto que la empresa solo quiere que me atienda en el seguro social.
Estimada Janeth
Usted puede dar a luz en el Seguro Social o en una Clínica Privada, si es asegurada o si su esposo es asegurado. Su derecho al subsidio por maternidad (por ser trabajadora asegurada) no está sujeta a si da a luz en uno o en otro lugar.
Saludos,
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disclpe yo vengo trabajando 10 años en el magisterio..peticione licencia por maternidad del 01 de agosto al 06 de noviembre del presente año, reincorporandome ahora a mi centro de trabajo apartir del 07 de noviembre…sin embargo al ir a averguar a mi ugel sobre la situacion de subsidio, me doy con la sorpresa que el encargado me dice: que no tendre derecho a percibirla debido al pago que tuve durante la licencia que fue un deposito del 35% en el mes de setiembre y octubre Y no debia haber ningun pago osea mi boleta debio estar en 00 todo el periodo de licencia Y QUE SI QUERIA PERCIBIR EL SUBSIO DEBERIA PAGAR EN EFECTIVO MEDIANTE EL LLENADO DE UN FORMULARIO.
Estimada Luz Elianaluna Olivera:
De acuerdo a lo que indica, tiene derecho al subsidio por maternidad. Dicho subsidio es el 100% del promedio de su remuneración de los últimos 12 meses. Salvo caso del Contrato de Administración de Servicios que tiene un tratamiento especial, con tope. Habría que aclarar de qué se trata del depósito del 35% que indica, En todo caso, podría considerarse un pago a cuenta. Como quiera que, en este caso, el subsidio es pagado por el Ministerio de Educación, sería conveniente que se informe en la Oficina de Subsidios del Seguro Social para luego plantear su reclamo ante la UGEL.
Saludos,
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Buenas noches tengo y trabajo desde enero del 2016 en planilla y tengo casi 8 meses de embarazo y ya me dieron mi licencia médica que empezó el 15de noviembre y culmina el 20 de febrero mi consulta es si mi contrato acaba el 31 de diciembre igual me pagan mi subsidio
Estimada Karina:
El subsidio se paga mientras la trabajadora se encuentre con vínculo laboral. Si deja de trabajar el 31 de diciembre, acaba el subsidio, en esa fecha.
Saludos,
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